Solicitud de Tarjeta de Menor

Actualizado el: 28 octubre, 2022 por Cubatramite

La tarjeta de identidad del menor es el documento de identidad de los ciudadanos cubanos menores de 16 años.


Requisitos

Por nacimiento

Trámite que se realiza dentro del término de un año de nacido. La solicitud puede realizarse al inscribir al menor recién nacido en el hospital materno o en la oficina de trámites.

  1. Presencia física del padre, madre o tutor legal, con sus respectivos carné de identidad.
  2. Sello del timbre por valor de $5.00 pesos cubanos.

Por duplicado de tarjeta de menor (por deterioro o pérdida)

  1. Presencia física del padre, madre o tutor legal, del menor de edad, con sus respectivos carné de identidad.
  2. Documento de identidad (tarjeta de menor) objeto del cambio, excepto para los trámites por pérdida, cuando al titular se le extravíe o le hurten el documento de identidad y no pueda presentarlo para el trámite que solicita.
  3. Una (1) foto tamaño 4 cm x5 cm. La actualización de foto es opcional a partir de los cinco años de edad y con carácter obligatorio a partir de los 12 años de edad.
  4. Sello del timbre por valor de $5.00 pesos cubanos.

Por subsanación de error

  1. Presencia física del padre, madre o tutor legal, del menor de edad, con sus respectivos carné de identidad.
  2. Tarjeta de Menor objeto del cambio.
  3. Certificación de nacimiento.
  4. Una (1) foto tamaño 4×5 cm. La actualización de foto es opcional a partir de los cinco años de edad y con carácter obligatorio a partir de los 12 años de edad.
  5. Sello del timbre por valor de $5.00 pesos cubanos.

Actualización de la tarjeta de menor

La actualización de la tarjeta de menor es opcional cuando el menor arribe a los cinco (5) años de edad y obligatoria cuando el menor arribe a los doce (12) años de edad.

  1. Presencia física del padre, madre o tutor legal, del menor de edad, con sus respectivos carné de identidad.
  2. Documento de identidad (tarjeta de menor) objeto del cambio.
  3. Una (1) foto tamaño 4 cm x5 cm. La actualización de foto es opcional a partir de los cinco (5) años de edad y con carácter obligatorio a partir de los doce (12) años de edad.
  4. Sello del timbre por valor de $5.00 pesos cubanos.

Costos

Sello del timbre por valor de $5.00 pesos cubanos, para todos los tipos de trámites relacionados con la tarjeta de menor.


Dónde presentar el trámite

Presencial en: Oficinas de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba, DIIE

Para más información puede contactar:


Horarios de atención

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: de 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: de 8:00 am a 12.00 m.

Tiempos de resolución

En el mismo día o hasta 10 días hábiles, contados a partir del día en que se realiza la solicitud.


Más información

Una vez realizada la solicitud se emitirá un documento provisional que se deberá portar hasta el momento de la entrega del nuevo carné de identidad.

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuándo es necesario cambiar la tarjeta de menor al carné de identidad para mayores de edad?

Una vez que el menor arribe a la mayoría de edad (a los 16 años), no debe continuar utilizando la tarjeta de menor, deberá cambiarla por el carné de identidad que lo identificará como adulto.

Para el trámite por arribo a los 16 años de edad, si la tarjeta de menor no ha sido actualizada (cuando el menor cumplió los 12 años), deben presentarse la madre, padre o tutor legal, en el acto de la solicitud del documento de identidad.

2.- ¿El trámite para inscripción de los recién nacidos puede realizarse en los hospitales?

Sí. Desde el mes de septiembre de 2019, los hospitales maternos de Cuba habilitaron una oficina para la inscripción casi inmediata de los recién nacidos.

Este trámite posibilitará a los padres, de oficio, contar con una primera certificación de nacimiento del recién nacido, antes de su egreso del hospital.

Cuando no exista matrimonio oficializado de los progenitores, ambos padres deben estar presentes para poder inscribir al recién nacido.

3.- ¿En qué consiste el trámite de subsanación de error en la tarjeta de menor?

Este trámite es necesario cuando haya ocurrido cualquier modificación, supresión o adición de datos en las generales del ciudadano menor de edad, siempre que no constituyan cambios sustanciales en la identidad de la persona como sería el caso de nombres, apellidos y año de nacimiento.

También, se consideran subsanación de error los cambios o modificaciones en los nombres de los padres del titular, en el tomo y folio, en el lugar de nacimiento, asociados al Registro del Estado Civil.

Cuando se trate de modificaciones, supresiones o adiciones en las generales del ciudadano y en el año de nacimiento, que generan un cambio sustancial en la identidad de la persona, estas deben ser aprobadas por el tribunal y en la certificación de nacimiento emitida por el Registro Civil debe consignarse en las observaciones el número de resolución por la cual se realizaron las modificaciones.

4.- ¿En qué consiste el nuevo formato de la tarjeta de menor?

El nuevo formato de la tarjeta de menor tendrá un diseño similar al documento de identidad de los mayores de edad, en un formato de tarjeta de policarbonato y con igual información, con la diferencia de que tendrá reflejada la palabra MENOR en el espacio destinado para la firma del titular.

En la nueva tarjeta de menor la actualización de la fotografía será opcional cuando el menor arribe a los cinco (5) años de edad y obligatoria cuando el menor arribe a los doce (12) años de edad.


Fundamento Legal

  • Decreto–Ley 248/2007 del Sistema de Identificación y del Registro de Electores, del 22 de junio de 2007.
  • Resolución No. 6. Reglamento del Decreto-Ley 248 del Sistema de Identificación y del Registro de Electores.
  • Decreto 141/1988, en su artículo 5, define el Régimen contravencional del Sistema de Carné de Identidad, de 24 marzo de 1988
  • Instrucción No. 4/2019 Del Ministerio de Justicia. Gaceta Oficial No. 19 Extraordinaria del 15 de agosto de 2019
  • Decreto-Ley No.32 del Consejo de Estado
  • Decreto No.305 del Consejo de Ministros
  • Resolución No.343 del Ministerio de Finanzas y Precios
  • Resolución No.43 Ministerio del Interior
  • Decreto No.26 del Consejo de Ministros

Referencia

Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba

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1 comentario en «Solicitud de Tarjeta de Menor»

  1. Para obtener el cambio de carnet de una menor que vive en San Miguel del Padrón con su madre abuela tías etc qué hace 7 años fue declarada no deseada y ceseconvivencia en su contra. Que dio a luz una niña y sin mi conocimiento y mi desconocimiento que estaba embarazada la inscribió sin mi conocimiento en el hospital se valió del carnet de identidad con mi dirección en la Habana Vieja para cometer está infamia . Yo pregunto para hacer este trámite ella debe presentarse con el propietario de la vivienda de Habana 305 apto 12 que soy yo y de paso hacer valer el decreto 217 y cumplir el refrán que por encima de la ley nada. El nombre de ella es Sandra Bauta Diaz y el oficial que atendió el caso es el oficial.Tachel

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