Pago de impuestos a la ONAT a través de Transfermóvil

Actualizado el: 28 enero, 2024 por Cubatramite

Desde el lunes 8 de enero de 2024 comenzó la Campaña de declaración y pago de tributos 2024 correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Además de los beneficios fiscales por pronto pago según los tributos y fechas definidas por la ONAT, usted recibe un beneficio adicional del 3% del importe a pagar, si es persona natural y realiza el pago de sus obligaciones tributarias a través de Transfermóvil u otros canales de pago electrónico.

El pago de las obligaciones tributarias en Cuba, tales como impuestos, tasas, contribuciones, podrán ser pagadas:  

  • A través de canales de pago electrónico.
  • Directamente en la ventanilla del banco, utilizando los modelos que establece la ONAT para cada tributo.

Uno de los canales de pago electrónico que los contribuyentes podrán utilizar para realizar el pago de sus obligaciones tributarias es: Transfermóvil.


Índice de contenidos:

Requisitos

  1. Contar con teléfono móvil con línea Cubacel, con sistema operativo Android a partir de la versión 4.4.
  2. Descargar en su móvil la aplicación Transfermóvil.
  3. Tener asociada a la aplicación Transfermóvil, alguna de las tarjetas de telebanca emitidas por el Banco Central de Cuba (tarjetas RED): de Banco Metropolitano, Banco de Crédito y Comercio (Bandec), Banco Popular de Ahorro (BPA).

Dónde

Podrá descargar la aplicación Transfermóvil desde el portal de aplicaciones cubanas para Android CubApk desde el siguiente enlace: Cubapk-Transfermóvil.

También, está disponible desde el sitio de aplicaciones cubanas: apklis.cu.


Horarios de atención

Las 24 horas del día, los 365 días del año.


Tiempos de resolución

Inmediato.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuáles son los pasos para pagar las obligaciones tributarias de la ONAT a través de Transfermóvil?

Pago de las obligaciones tributarias a través de Transfermóvil para los contribuyentes con NIT asignado que poseen su vector fiscal

Paso 1: Descargue la versión actualizada de Transfermóvil en su móvil.

Paso 2: Seleccione el Banco correspondiente a su tarjeta y autentíquese.

Paso 3: Una vez autenticado, seleccione en su menú ONAT y se abrirá una ventana en la que deberá seleccionar, entre las dos opciones que aparecen, la correspondiente a: “Pago mediante vector fiscal (RC-04)“.

Paso 4: Se abrirá una nueva ventana en la que deberá completar los datos que se requieren en cada campo correspondiente:

  • RC05: Número que se encuentra en la parte superior de su vector fiscal, encima de la tabla. (Contiene 16 dígitos, sin guiones).
  • RC04A: Número asociado al mes y párrafo que va a pagar. Aparece en la segunda columna a la izquierda de la tabla de su vector fiscal (5 dígitos, sin guion).
  • Monto en CUP: El importe a pagar.
  • Tipo de cuenta a operar: Seleccione la cuenta desde la cual realizará el pago.

Paso 5 (Final): Al completar los datos, dé clic al botón “Aceptar“, para concluir con el proceso de pago.

Pago de las obligaciones tributarias a través de Transfermóvil para los NO contribuyentes que desean realizar un pago eventual

Paso 1: Descargue la versión actualizada de Transfermóvil en su móvil.

Paso 2: Seleccione el Banco correspondiente a su tarjeta y autentíquese.

Paso 3: Una vez autenticado, seleccione ONAT y se abrirá una ventana en la que deberá seleccionar, entre las dos opciones que aparecen, la correspondiente a: “Pago mediante NIT o carné de identidad“.

Paso 5: Se abrirá una nueva ventana en la que deberá completar los datos que le solicitan:

  • NIT: Ingrese su número de carné de identidad.
  • Provincia: Seleccione en la lista desplegable su provincia.
  • Municipio: Seleccione en la lista desplegable su municipio.
  • Tributo: Seleccione en la lista desplegable el tributo que desea pagar. Aparece el código del tributo y el tipo de impuesto.
  • Período de obligación (mes/año): Seleccione la fecha de la obligación a pagar.
  • Monto: Ingrese el monto a pagar.
  • Habilitar el uso de las cuentas de origen: Seleccione el tipo de cuenta.

Paso 5 (Final): Dé clic al botón “Aceptar“, para realizar el pago.

2.- ¿Qué otros canales de pago electrónicos existen para realizar el pago de tributos a la ONAT?

Además de Transfermóvil, el contribuyente también podrá realizar los pagos de sus tributos a través los siguientes canales de pago electrónicos:

  • Telebanca
  • Banca Remota
  • Cajeros automáticos

3.- El pago de los tirbutos en Cuba, ¿es obligatorio realizarlo a traves de canales de pagos electrónicos?

No. El pago de los tributos por canales de pago electrónico (canales digitales) no es obligatorio, es opcional.

Sin embargo, al realizar el pago a través de los canales de pago electronico se obtienen muchos beneficios.

4.- ¿Cuáles son los beneficios de utilizar los canales de pago electrónicos para pagar las obligaciones tributarias?

Se establece una bonificación del tres por ciento (3%) del monto a pagar para los contribuyentes que realicen los pagos de las obligaciones tributarias por los canales de pago electrónicos.

Este descuento lo realiza automáticamente la aplicación de pasarela de pago.

Además, otras de las ventajas de utilizar los canales de pago electrónico son:

  • Evitan las largas y agotadoras colas del banco.
  • Se pueden aportar los tributos desde la comodidad del móvil o teléfono fijo, sin necesidad de salir de casa, ni moverse del lugar de trabajo.
  • Están disponibles 24 X 7: las 24 horas del día, los siete días de la semana, se puede elegir el momento más propicio para pagar.
  • Cada porcentaje que descuente es dinero que se ahorra y puede emplear en su negocio o en usted mismo.

5.- ¿Qué es y para qué me sirve la aplicación DJ-08 entuMovil?

DJ-08 entuMovil es una aplicación desarrollada por el Grupo entuMovil, perteneciente a la empresa Desoft, en coordinación con la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).

La aplicación DJ-8 entuMóvil le permite calcular y llenar la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales, que deben presentar todas las personas naturales autorizadas a realizar actividades que generen ingresos gravados por este tributo, obtenidos dentro de un mismo año fiscal.

Además, desde la aplicación se puede acceder a las Normas TCP, que contienen todas las normas que regulan el tratamiento tributario para los trabajadores por cuenta propia.

9.- ¿Dónde se puede descargar la aplicación DJ-08?

La aplicación DJ-08 entuMovil podrá ser descargada desde:

  • El sitio web oficial de la ONAT: DJ-08
  • El sitio de aplicaciones cubanas entumovil, desarrollado por la División Desoft, desde el siguiente enlace: DJ-08
  • La Pasarela de aplicaciones móviles cubanas cubapk, desde el siguiente enlace: DJ-08

10.- ¿Qué sucede cuando no se paga un tributo o este se aporta fuera del término establecido?

Los contribuyentes que no paguen un tributo o lo aporten fuera del término establecido, incurrirán en mora y, por tanto, se les exigirá el recargo y se les impondrá la sanción prevista en la legislación tributaria.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria exige al deudor el pago correspondiente y lo apercibe de la posibilidad de perder el derecho a ejercer la actividad, si no cumple con su obligación.

La pérdida de este derecho no libera al contribuyente de las obligaciones en las cuales incurrió.

11.- ¿Cuáles bonificaciones disfrutan quienes realizan el pago de los impuestos a la ONAT al inicio del año?

Los contribuyentes que liquidan el Impuesto sobre los Ingresos Personales a inicio del año disfrutan de bonificación por pronto pago.

12.- ¿Como puede proceder un contribuyente que no cuenta con los recursos financieros para pagar lo que corresponde luego de realizada la Declaración Jurada?

Es un deber del contribuyente el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el tiempo establecido, conforme a los ingresos que perciba por el ejercicio de una actividad económica o prestación de servicios.

Pero en caso de que el contribuyente no cuente con el dinero suficiente para realizar el pago de su obligación tributaria, tiene derecho a solicitar un aplazamiento del pago, en la ONAT de su municipio, acompañando la solicitud con los documentos que lo justifiquen.

IMPORTANTE: El aplazamiento de pago de la obligación o de la deuda tributaria total o parcialmente, es facultad de la Administración Tributaria.

13.- ¿Qué sanciones fiscales se aplican a los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones tributarias?

Los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones tributarias, al dejar de pagar dentro de los plazos y condiciones establecidos, la totalidad o parte de la deuda tributaria, la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, establece las sanciones a aplicar, pecuniarias (multas), y no pecuniarias, tales como:

  • Pérdida del derecho a obtener beneficios e incentivos fiscales.
  • Cierre temporal o definitivo de establecimientos comerciales.
  • Retirada temporal o definitiva de la licencia.
  • Embargo de la o las cuentas bancarias.
  • Regulación o prohibición de salida del país.

14.- ¿En cuál Ley, Decreto o Resolución se dispone que un contribuyente que incumpla con sus obligaciones tributarias esté sujeto a regulación migratoria o prohibición de salida del país?

En el Artículo 94 del Decreto 308 “Reglamento de la Ley 113 del Sistema Tributario”, se establece que “La Administración Tributaria puede solicitar a los órganos y organismos competentes que se impida la salida del país de toda persona sobre la que se verifiquen obligaciones tributarias no cumplidas dentro del término establecido a tales efectos”.

En propio Decreto 308, “Reglamento de la Ley 113 del Sistema Tributario” en su Artículo 11, se establece que “La ONAT establece relaciones de auxilio administrativo, colaboración y coordinaciones entre las oficinas de la propia ONAT y con los órganos y organismos de la Administración Central del Estado y sus administraciones locales, instituciones y las dependencias que estos designen para la recaudación, gestión y fiscalización de los ingresos en el territorio a fin de cumplir las funciones de su competencia”.

Asimismo, en el Artículo 389 de la Ley 113 “Del Sistema Tributario” se dicta lo siguiente: “La Administración Tributaria establece relaciones de auxilio administrativo, colaboración y coordinación con los órganos y organismos del Estado, sus entidades subordinadas o adscritas y con otras instituciones, en cumplimiento de las funciones tributarias que le correspondan”.

Por lo que con el propósito de que los contribuyentes respondan a sus obligaciones tributarias existe un Convenio de trabajo entre la ONAT y la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior.

Los contribuyentes que deseen viajar para evitar esta prohibición deberán pagar en tiempo sus obligaciones tributarias: impuestos, tasas, contribuciones y otros aportes que por ley le exijan.

10.- ¿Dónde puedo obtener más información relacionada con el Registro de Contribuyentes en Cuba?


Fundamento Legal


Referencia

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2 comentarios en «Pago de impuestos a la ONAT a través de Transfermóvil»

  1. Si me equivoco en el pago de un tributo por ejemplo:si pago el Dj-05 y me correspondía pagar Cr-09,hay algún problema para recuperar el dinero y hacer el pago de la manera correcta?

Los comentarios están cerrados.