Registro de vehículos en Cuba: Cambio de combustible del vehículo

Actualizado el: 4 agosto, 2023 por Cubatramite

El poseedor legal de un vehículo de motor en Cuba puede realizar un cambio de combustible con cambio de motor, sustituyendo el motor de combustión interna del vehículo que utiliza gasolina como combustible por uno que utilice diésel, o viceversa.

Una vez que se realice un cambio de combustible al vehículo, el poseedor legal queda obligado a comunicar al Registro de Vehículos el cambio realizado.


Requisitos

  1. Carné de identidad o pasaporte.
  2. En caso de no ser el propietario, presentar Escritura Pública de Poder Especial.
  3. En caso de propietario fallecido, presentar contrato de servicios jurídicos o Trámite Notarial de Declaratoria de Herederos.
  4. En caso que el propietario del vehículo esté declarado incapacitado física o mentalmente o se encuentre judicialmente inhabilitado, se requiere la Sentencia Firme de Tutela del Tribunal Popular correspondiente.
  5. Comprobante del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre actualizado.
  6. Licencia de circulación del vehículo.
  7. Vehículo para ser inspeccionado.

Costos

Para las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional, entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, y organizaciones y asociaciones.

  • Por cambio de combustible del vehículo: $20.00 pesos cubanos en sellos del timbre como impuesto que grava los documentos.
  • Por cambio de la licencia de circulación: $40.00 pesos cubanos en sellos del timbre como impuesto que grava los documentos.

Para las personas naturales no residentes permanentes en el territorio nacional; sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional.

  • Por cambio de combustible del vehículo: $500.00 pesos cubanos en sellos del timbre como impuesto que grava los documentos.
  • Por cambio de la licencia de circulación: $1000.00 pesos cubanos en sellos del timbre como impuesto que grava los documentos.

Dónde presentar el trámite

Presencial enOficinas de Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito, pertenecientes al Ministerio del Interior, específicamente la que corresponda al domicilio del propietario del vehículo.


Horarios de atención

La Habana

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Teléfonos Oficina Registro de Vehículos: 7794 3838 / 7690 0750 / 7206 9142 / 7690 0751

Pinar del Río

  • Lunes y miércoles: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados alternos: 8:00 am a 12:00 m.

Matanzas y Guantánamo

  • Lunes y miércoles: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Artemisa y Mayabeque

  • Lunes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y jueves: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Camaguey, Cienfuegos, Ciego de Ávila, Santa Clara, Sancti Spíritus

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Las Tunas

  • Lunes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Holguín

  • Lunes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves: 8:00 am a 12:00 m.

Granma

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Jueves: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados alternos: 8:00 am a 12:00 m.

Santiago de Cuba

  • Lunes, miércoles, viernes y sábados laborables: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y jueves: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados no laborables: 8:00 am a 12:00 m.

Isla de la Juventud

  • Lunes, martes, miércoles, jueves y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Los vehículos a los que se les ha realizado un cambio en el combustible que utilizan requieren de un dictamen técnico para su registro?

Sí. El cambio del tipo de combustible, como resultado de un trabajo de modificación del vehículo, requiere de un proyecto técnico y la aprobación del dictamen técnico que emite el Ministerio de Transporte antes de registrar el cambio en el Registro de Vehículos.

Si el vehículo se encuentra apto, la planta de revisión técnica expide la correspondiente Certificación de Revisión Técnica Automotor.

2.- ¿Cuándo se debe notificar al Registro de Vehículos un cambio del tipo de combustible en el vehículo?

Cualquier cambio en el combustible del vehículo debe ser comunicado en el Registro de Vehículos dentro de los treinta (30) días siguientes a haberse realizado el cambio.

3.- ¿Cuándo no está permitido realizar un cambio del tipo de combustible que utiliza un vehículo?

No son autorizados ni aprobados, ni a personas naturales ni a personas jurídicas, cambios de motor de sus vehículos, cuando se pretenda:

  • Realizar adaptaciones que impliquen el uso de combustibles en estado gaseoso.
  • Sustituir un motor eléctrico por uno de combustión interna en cualquier tipo de vehículo.

También se encuentra restringida la realización de adaptaciones para que un motor de combustión interna pueda utilizar alternativamente gasolina o diésel.

4.- ¿Cuál es la diferencia entre gasolina y diésel?

La gasolina es una mezcla de hidrocarburos que se obtiene del petróleo y se emplea en motores de combustión interna.

El diésel (llamado en Cuba “petróleo”) es un hidrocarburo derivado del petróleo, compuesto fundamentalmente por parafinas, utilizado como combustible en motores diésel y equipos de calefacción.


Fundamento Legal


Referencia

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2 comentarios en «Registro de vehículos en Cuba: Cambio de combustible del vehículo»

  1. Hola mi nombre es Luis Pimentel, yo tengo una moto electrica y quisiera saber si le puedo poner una unidad de 125cc, al cuadro de la moto hay que hacerle las modificaciones minimas, es decir no tendría que tocar la dirección ni tampoco las soldaduras del cuadro, en caso de que se pudiera, ?Puedo adquirir la unidad de 125cc teniendo una moto electrica?.

    En espera de su atención

    Luis Pimentel

Los comentarios están cerrados.