Actualizado el: 19 febrero, 2023
La búsqueda de interferencia de denominación de marcas o signos distintivos consiste en la indagación de entidades anteriores con el nombre o marca corporativa que se pretenda registrar, para que este no haga interferencia con otras marcas en las mismas clases.
Una vez aprobada la denominación es que se pasará a registrar el nombre o marca corporativa.
A continuación:
Requisitos
- Ser persona natural y/o jurídica, nacional y/o extranjera, en pleno ejercicio de su capacidad jurídica.
- Llenar el formulario de solicitud de búsqueda de interferencia. (Descargar y llenar).
- Se debe aportar el nombre o marca que se pretende buscar.
- Acompañar la solicitud con una explicación sobre su significado y uso.
Costos
Directamente en la Oficina Cubana de Propiedad Intelectual
- $1200 pesos cubanos en efectivo, por cada búsqueda de marcas, otros signos distintivos e indicaciones geográficas.
- $2400 pesos cubanos en efectivo, por cada búsqueda especial de marcas, otros signos distintivos e indicaciones geográficas por país, titular, denominación y clase.
Las tarifas de los servicios ofrecidos por la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial están amparadas por la Resolución 112 de 2021.
Dónde presentar el trámite
Presencial en: Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI), subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA).
A través de un Agente Oficial de Propiedad Industrial:
CLAIM S. A.
- Lamparilla No. 2, Lonja del Comercio, Planta Baja G. La Habana Vieja. CP. 10 000. La Habana.
- Teléfonos: +53 7866 0743 / 7866 0755 / 7833 0743 / 7833 0755
- Email: presidencia@claim.com.cu / marcas@claim.com.cu
Consultoría Jurídica Internacional
- Calle 16 No. 314 e/ 3ra y 5ta. Miramar. Playa. CP. 10300. La Habana.
- Teléfonos: +53 7204 2490
- Email: alfredo@cji.co.cu / cji@cji.co.cu
LEX, S.A. Servicios Jurídicos de Marcas y Patentes
- Ave. 1ra. No. 1001 esq. 10. Miramar. Playa. La Habana.
- Teléfonos: +53 7204 9093
- Fax: +53 7204 9533
- Email: lexsa@lex-sa.cu
- Web: www.lex-sa.com
Bufete de Servicios Especializados (BES)
- Calle 23 No.501 esq. a J. Vedado. Plaza de la Revolución. La Habana.
- Teléfonos: (537) 832 6813 / 8326024 ext. 103 y 117
- Fax: (537) 833 2159
- Email: yanet@bes.onbc.cu / yoanny@bes.onbc.cu / besnet@enet.cu
Bufete Internacional. Consultores de Marcas y Patentes
- 5ta Avenida No. 4002 esq. a 40. Playa. La Habana.
- Teléfonos: +53 7204 5126 / 72045736 / 72045737
- Fax: +53 7204 5125
- Email: marcas@bufeteinternacional.cu
Los solicitantes extranjeros que no cuenten con domicilio o establecimiento en el país deben hacerse representar directamente por un Agente Oficial de Propiedad Industrial del Bufete LEX, S.A. o Claim S.A
Horarios de atención
De lunes a viernes: Horario laboral.
Tiempos de resolución
Desde que se inicia el trámite con la búsqueda de anterioridades o interferencias de marca, hasta que se hace efectivo el registro de la marca aprobada, puede tardar hasta 12 meses, según establece el Decreto-Ley 203.
Para dar inicio al trámite de formación de la cooperativa no se requiere esperar este tiempo. Solo es necesario conocer que no existe interferencia en denominación y marca.
Más información
Preguntas frecuentes
1.- ¿Dónde se puede obtener más información?
La OCPI es la entidad encargada de conferir el registro de los derechos de Propiedad Industrial en Cuba y ofrece asesoramiento gratuito y especializado a personas naturales y jurídicas cubanas de lunes a jueves de 8:00 am. a 3:00 pm.
Usted también puede realizar consultas o preguntar sus dudas a través del correo consultas@ocpi.cu o visitando el sitio web ocpi.cu.
Fundamento Legal
- Decreto-Ley 203/1999 de Marcas y Otros Signos Distintivos. Tiene por objeto la protección de las marcas, los nombres comerciales, los emblemas empresariales, los rótulos de establecimiento y los lemas comerciales en la República de Cuba, a través de la concesión de derechos de propiedad industrial.
- Reglamento la Resolución 63/2000 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente CITMA.
- Decreto-Ley 290/2011 de las Invenciones y Dibujos y Modelos Industriales. (Gaceta Oficial No. 24 de 16 de abril de 2012).
- Decreto-Ley 337/2018 Establece las normas para la protección contra las prácticas desleales en la industria y el comercio en materia de Propiedad Industrial, así como para proteger la información no divulgada legítimamente bajo el control de personas naturales y jurídicas.
- Decreto-Ley 341/2018. Ratifica a la OCPI como órgano rector del Sistema de Propiedad Industrial de Cuba y sus funciones como entidad adscripta al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- Decreto-Ley 342/2018. Pone en vigor el Reglamento del Decreto-Ley No. 290. Regula el procedimiento de concesión de las patentes y los certificados de registro de los modelos de utilidad, los dibujos y modelos industriales.
- Decreto-Ley 343/2018. Establece los principios, objetivos, bases e indicaciones para el diseño e implantación del Sistema de Propiedad Industrial de Cuba.
- Resolución 344 de 2020 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Establece las tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, en moneda nacional, a las personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios. (Gaceta Oficial No. 78 Extraordinaria de 2020).
- Resolución 112 de 2021 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Establece las Tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial a las personas jurídicas, nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios. Deroga la Resolución 344 de 2020. (Gaceta Oficial No. 55 Ordinaria de 2021).
Referencia
Oficina Cubana de la Propiedad Industrial
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