Búsqueda de interferencia de denominación de marcas o signos distintivos

Actualizado el: 19 febrero, 2023 por Cubatramite

La búsqueda de interferencia de denominación de marcas o signos distintivos consiste en la indagación de entidades anteriores con el nombre o marca corporativa que se pretenda registrar, para que este no haga interferencia con otras marcas en las mismas clases.

Una vez aprobada la denominación es que se pasará a registrar el nombre o marca corporativa.


Requisitos

  1. Ser persona natural y/o jurídica, nacional y/o extranjera, en pleno ejercicio de su capacidad jurídica.
  2. Llenar el formulario de solicitud de búsqueda de interferencia. (Descargar y llenar).
  3. Se debe aportar el nombre o marca que se pretende buscar.
  4. Acompañar la solicitud con una explicación sobre su significado y uso.

Costos

Directamente en la Oficina Cubana de Propiedad Intelectual

  • $1200 pesos cubanos en efectivo, por cada búsqueda de marcas, otros signos distintivos e indicaciones geográficas.
  • $2400 pesos cubanos en efectivo, por cada búsqueda especial de marcas, otros signos distintivos e indicaciones geográficas por país, titular, denominación y clase.

Las tarifas de los servicios ofrecidos por la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial están amparadas por la Resolución 112 de 2021.


Dónde presentar el trámite

Presencial en: Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI), subordinado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA).

A través de un Agente Oficial de Propiedad Industrial:

CLAIM S. A.

Consultoría Jurídica Internacional

LEX, S.A. Servicios Jurídicos de Marcas y Patentes

Bufete de Servicios Especializados (BES)

Bufete Internacional. Consultores de Marcas y Patentes

  • 5ta Avenida No. 4002 esq. a 40. Playa. La Habana.
  • Teléfonos: +53 7204 5126 / 72045736 / 72045737
  • Fax: +53 7204 5125
  • Email: marcas@bufeteinternacional.cu

Los solicitantes extranjeros que no cuenten con domicilio o establecimiento en el país deben hacerse representar directamente por un Agente Oficial de Propiedad Industrial del Bufete LEX, S.A. o Claim S.A


Horarios de atención

De lunes a viernes: Horario laboral.


Tiempos de resolución

Desde que se inicia el trámite con la búsqueda de anterioridades o interferencias de marca, hasta que se hace efectivo el registro de la marca aprobada, puede tardar hasta 12 meses, según establece el Decreto-Ley 203.

Para dar inicio al trámite de formación de la cooperativa no se requiere esperar este tiempo. Solo es necesario conocer que no existe interferencia en denominación y marca.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Dónde se puede obtener más información?

La OCPI es la entidad encargada de conferir el registro de los derechos de Propiedad Industrial en Cuba y ofrece asesoramiento gratuito y especializado a personas naturales y jurídicas cubanas de lunes a jueves de 8:00 am. a 3:00 pm.

Usted también puede realizar consultas o preguntar sus dudas a través del correo consultas@ocpi.cu o visitando el sitio web ocpi.cu.


Fundamento Legal

  • Decreto-Ley 203/1999 de Marcas y Otros Signos Distintivos. Tiene por objeto la protección de las marcas, los nombres comerciales, los emblemas empresariales, los rótulos de establecimiento y los lemas comerciales en la República de Cuba, a través de la concesión de derechos de propiedad industrial.
  • Reglamento la Resolución 63/2000 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente CITMA.
  • Decreto-Ley 290/2011 de las Invenciones y Dibujos y Modelos Industriales. (Gaceta Oficial No. 24 de 16 de abril de 2012).
  • Decreto-Ley 337/2018 Establece las normas para la protección contra las prácticas desleales en la industria y el comercio en materia de Propiedad Industrial, así como para proteger la información no divulgada legítimamente bajo el control de personas naturales y jurídicas.
  • Decreto-Ley 341/2018. Ratifica a la OCPI como órgano rector del Sistema de Propiedad Industrial de Cuba y sus funciones como entidad adscripta al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
  • Decreto-Ley 342/2018Pone en vigor el Reglamento del Decreto-Ley  No. 290. Regula el procedimiento de concesión de las patentes y los certificados de registro de los modelos de utilidad, los dibujos y modelos industriales.
  • Decreto-Ley 343/2018Establece los principios, objetivos, bases e indicaciones para el diseño e implantación del Sistema de Propiedad Industrial de Cuba.
  • Resolución 344 de 2020 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Establece las tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, en moneda nacional, a las personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios. (Gaceta Oficial No. 78 Extraordinaria de 2020).
  • Resolución 112 de 2021 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Establece las Tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial a las personas jurídicas, nacionales y extranjeras, por la prestación de determinados servicios. Deroga la Resolución 344 de 2020. (Gaceta Oficial No. 55 Ordinaria de 2021).

Referencia

Oficina Cubana de la Propiedad Industrial

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