Créditos bancarios para productores agropecuarios

Actualizado el: 9 marzo, 2023 por Cubatramite

Para el otorgamiento de créditos bancarios a los productores agropecuarios en Cuba, se realizará un análisis de riesgo, o los estudios de factibilidad en el caso de las inversiones, que consideren las características del objeto de crédito, el monto, las fuentes de pago y las garantías exigibles, para financiar ramas y programas de la agricultura priorizadas por interés gubernamental.

Los créditos bancarios a productores agropecuarios que acrediten legalmente la tenencia de la tierra, se establecen para la compra y reparación de equipos y medios de trabajo; el fomento, renovación o rehabilitación de plantaciones, producción de cultivos varios, ganado ovino-caprino y porcino y para cualquier otro fin que contribuya a incrementar la producción agropecuaria.

Los productores agropecuarios individuales, propietarios o usufructuarios pueden solicitar el crédito bancario, accediendo de forma directa a la sucursal bancaria o a través de la forma productiva que le proporciona la comercialización de los insumos y los productos, a la que se encuentren vinculados o asociados, cumplimentando los requisitos que se exigen.


Requisitos

Los productores agropecuarios deben presentar los documentos siguientes:

  1. Modelo de solicitud (el cual cuenta con asesoría para su llenado).
  2. Póliza de seguro: de vital importancia, pues protege al productor ante posibles siniestros.
  3. Ficha de costos o, en caso de no contar con ella, los gastos necesarios que se requieren a partir de los insumos y fuerza de trabajo que se prevé utilizar.
  4. Contrato de comercialización (necesario para calcular las ganancias).
  5. Poseer una cuenta bancaria.
  6. Cualquier otro documento que se considere necesario por el Banco para el otorgamiento del crédito.

Costos

No tiene costos.


Dónde presentar el trámite

La solicitud se realiza en las sucursales del Banco de Crédito y Comercio (Bandec).


Horarios de atención

Horario laboral.


Tiempos de resolución

No está definido. Se otorgará una vez que se realice el estudio de factibilidad.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Es posible que no resulte aprobado algún crédito bancario solicitado por un productor agropecuario?

Sí. El Banco tiene en cuenta las necesidades del productor, pero solo financia hasta donde sea posible recuperar.

Los créditos bancarios a productores agropecuarios son otorgados a partir de los análisis de riesgo, por lo que no serán aprobados para aquellas producciones cuyos gastos puedan ser mayores que los beneficios a obtener.

2.- ¿Cuáles ramas y programas de la agricultura se consideran priorizados por interés del Estado?

Las ramas y programas de la agricultura que se consideran priorizadas por interés del Estado, son las producciones de boniato, malanga, yuca, plátanos, papa, arroz, maíz, frijoles y sorgo, así como los programas para el desarrollo de la ganadería vacuna, bufalina y avícola.

En mayo de 2021 se incorporaron al fondo de desarrollo financiado por el presupuesto del Estado las producciones de tomate, soja, cerdo y ganado menor.

3.- ¿Los productores agropecuarios están obligados a poseer una cuenta bancaria?

Los productores agropecuarios deben poseer una cuenta bancaria, ya que mediante la misma el banco posee un mayor control para el otorgamiento de créditos, además de que le permite al productor realizar pagos de servicios por banca móvil.

4.- Los usufructuarios de tierras que se inician en las labores agropecuarias, ¿recibirán financiamientos para su labor?

Sí. Los usufructuarios que comiencen en las labores agropecuarias continuarán recibiendo beneficios en los financiamientos durante los dos (2) primeros años.

5.- ¿A cuáles productores agropecuarios no se les solicitarán garantías para el otorgamiento de un crédito bancario?

En cuanto a las garantías, se ha decidido que a los productores agropecuarios que lleven produciendo durante dos años consecutivos con buenos resultados, acumulando un buen historial crediticio, no se les solicitará garantía.

A los usufructuarios que se han desmovilizado del Servicio Militar tampoco se les exige presentar garantías.

En el caso de las cooperativas agropecuarias, podrán crear fondos para los créditos a sus asociados y, en la medida en que los productores individuales creen fondos, ese flujo se puede utilizar para respaldar los financiamientos.

Igualmente, se mantiene que, si el productor no tiene atrasos con el banco, se le puede mantener el estatus de “no solicitarle garantías”.

6.- ¿Cuáles son las formas productivas agrícolas?

Las formas productivas agrícolas incluyen las empresas y granjas estatales, unidades básicas de producción cooperativa (UBPC), cooperativas de producción agropecuaria (CPA), cooperativas de crédito y servicios (CCS) y productores individuales.

7.- ¿En qué consiste el Banco de Fomento Agrícola?

El Banco de Fomento Agrícola es una de las herramientas que permite contar con recursos estatales para financiamientos a largo plazo, para el apoyo a los productores, con el fin de aumentar la disponibilidad de alimentos en Cuba.

En un primer momento, será un fondo de fomento nutrido del presupuesto del Estado para producciones que este estime prioritarias, fundamentalmente a los productores líderes en los cultivos y ganaderías priorizadas por el país.

8.- ¿De cuánto es la tasa de interés de los créditos bancarios para los productores agropecuarios?

En la Resolución 7 de 2016 del Banco Central de Cuba, la última de la que se tiene referencia en relación a los créditos bancarios para los agricultores agropecuarios, se acordó que los bancos, para aplicar las tasas de interés en los créditos que otorgarían, tendrían en cuenta que para los créditos para capital de trabajo se aplicaría una tasa de interés de un cinco por ciento (5 %), y para los créditos para inversiones de las producciones priorizadas se aplicaría una tasa de interés desde un siete por ciento (7 %) hasta un nueve por ciento (9 %), en función de los plazos de amortización del crédito.

Los créditos que fuesen otorgados a los usufructuarios de tierra destinados a las producciones y programas priorizados por interés gubernamental, se aplicará una tasa de interés del tres por ciento (3 %) durante los dos primeros años del contrato de usufructo.

En ambos casos, el Presupuesto del Estado, a partir de los recursos del Fondo de Desarrollo, asumiría el pago del cincuenta por ciento (50 %) de los intereses.

Sin embargo, en el mes de mayo de 2021, el Banco Central de Cuba, con el objetivo de potenciar la producción de alimentos, tomó nuevas medidas para los productores agropecuarios, que contarán con facilidades de créditos con tasas de interés de 1.5 % y 2 %, que será diferente a la de los créditos actuales.

El plazo de amortización de los créditos bancarios otorgados a los productores agropecuarios es mayor porque el dinero proviene del presupuesto del Estado.

9.- ¿Es obligatorio ir a una sucursal bancaria del Banco de Crédito y Comercio para solicitar un crédito bancario para los productores agropecuarios?

No. Con el objetivo de incentivar la solicitud de créditos por los productores agropecuarios, se han creado espacios fuera de las sucursales bancarias, para que los especialistas atiendan a los productores en sus áreas.

Hasta el momento existen 89 de estos espacios.

10.- ¿Los productores agropecuarios requieren un fiador para solicitar un crédito bancario?

Los productores agropecuarios pueden presentar fiadores si así ellos lo consideran. Ya no constituye una exigencia como hasta antes de mayo de 2021.

11.- ¿Cuál es la base de cálculo para el financiamiento de operaciones corrientes de producción, para los productores agropecuarios?

La base de cálculo para financiamiento para operaciones corrientes de su producción, es la siguiente:

Área*rendimiento*precio promedio = ingresos (valor de la producción) (valor de la producción – descuentos) *80% = máximo disponibles beneficios a productores agropecuarios.

12.- ¿Dónde podré encontrar un listado de precios de los insumos, implementos y equipos que se venden para las producciones agropecuarias en Cuba?

La Resolución No. 344 de Ministerio de Finanzas y Precios, que podrá encontrar en la Gaceta Oficial de Cuba, aprueba los precios minoristas de los insumos, equipos e implementos agrícolas, para todas las producciones agropecuarias del país, que se venden por las empresas comercializadoras del sistema de la Agricultura.


Fundamento Legal

  • Resolución 7 de 2016 de Banco Central de Cuba. Establece términos y condiciones para el otorgamiento de financiamiento por parte de los bancos a las formas productivas dedicadas a la agricultura, ganadería vacuna, bufalina y avícola. (Gaceta Oficial No. 10 Ordinaria de 2016).
  • Resolución 183 de 2020 de Banco Central de Cuba. Aprueba los instrumentos de pago y títulos de crédito que se utilizan en las operaciones de cobros y pagos, según las características de la transacción y la seguridad que ofrecen. (Gaceta Oficial No. 73 Extraordinaria de 2020).
  • Resolución No. 344 de Ministerio de Finanzas y Precios. Aprueba los precios minoristas de los insumos, equipos e implementos agrícolas para todas las producciones agropecuarias del país que se venden por las empresas comercializadoras del sistema de la Agricultura, en lo adelante empresas comercializadoras. (Gaceta Oficial Extraordinaria No. 71 de 2020)

Referencia

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