Visa Schengen para viajar a España desde Cuba

Actualizado el: 19 enero, 2024 por Cubatramite

La visa Schengen (visa de turismo) para viajar a España desde Cuba se expide para estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo.

Este tipo de visado también permite el tránsito territorial y aeroportuario por el área Schengen.

El consulado de España en la Habana, comunicó en X que “a partir del 22 de enero de 2024, para todos los trámites consulares, las personas que lo deseen podrán conservar sus documentos originales. Deberán acudir a su cita con los documentos originales y fotocopias legibles de los mismos”.


Índice de contenidos:

Requisitos

Paso 1: Reunir la documentación necesaria para presentar la solicitud

1.- Formulario de solicitud de visado Schengen. Completar desde el siguiente enlace Solicitud de visado Schengen.

  • Cada solicitante debe presentar una solicitud utilizando el formulario oficial, que debe ser completado en todos sus apartados y firmado (al final del formulario) por el propio solicitante.
  • Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores.
  • En el caso de los descendientes menores de 18 años, bajo tutela o incapaces, se deberá adjuntar el consentimiento notarial de quienes ejerzan la tutela o patria potestad del menor. Este consentimiento podrá ser otorgado en escritura pública ante Notario en España, ante el Consulado de España en el país en el que se encuentre el progenitor ausente o, ante Notario cubano o extranjero y, deberá estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba o apostillado en caso de que el país de emisión pertenezca a la Convención de la Haya.
  • En caso de fallecimiento de uno de los progenitores o si alguno de ellos estuviera privado de la patria potestad del menor, esta circunstancia deberá acreditarse documentalmente a través de documento legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, o apostillado si el país de emisión pertenece a la Convención de la Haya.

2.- Fotografía. Reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.

  • En la fotografía de un menor de edad no deben verse partes del cuerpo del adulto que lo sostiene.

3.- Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte.

  • El pasaporte deberá ser válido, como mínimo, hasta 3 meses después de la fecha prevista para la salida del territorio Schengen.
  • Deberá tener, al menos, dos páginas en blanco.
  • No se admiten pasaportes expedidos hace más de 10 años.

4.- Abono de la tasa de visado. (Ver Costos).

5.- Seguro médico de viaje.

  • El seguro cubrirá los gastos de repatriación por motivos médicos o por defunción y la asistencia médica o la atención hospitalaria de urgencia durante todo el período de la estancia y en toda el área Schengen.
  • La cobertura mínima será de 30.000 euros o su equivalente en moneda local. Si se solicita un visado de múltiples entradas, el seguro médico será válido para el primer viaje previsto.
  • El solicitante se comprometerá a contratar un seguro para los viajes sucesivos.

6.- Documentos que acrediten el motivo del viaje y las condiciones de la estancia, la disponibilidad de medios económicos suficientes y que permitan establecer la intención del solicitante de abandonar el espacio Schengen antes de la caducidad del visado.

  • Motivo de viaje y condiciones de estancia:
    • Para todos los casos: Billete de ida y vuelta.
    • Para viajes turísticos: Boletos de circuitos (paseos) turísticos. (Opción recomendable de presentar, si el viaje es por motivos turísticos).
    • Para viajes turísticos: Carta de invitación, reserva de alojamiento o confirmación de la reserva de un viaje organizado. La carta de invitación solo prueba la disponibilidad de alojamiento en casa de un familiar o amigo.
    • Para viajes profesionales: Invitación de una empresa o autoridad para participar en reuniones o documentos que prueben la existencia de relaciones vinculadas a la actividad profesional o tarjetas de acceso a ferias y congresos.
    • Para viajes por estudios, formación, prácticas no laborales o voluntariado de hasta 3 meses de duración: Matrícula o prueba de admisión en un centro de enseñanza o convenio de prácticas o prueba de la admisión en un programa de voluntariado.
    • Para los viajes por otros motivos: Invitaciones, reservas o programas o certificados de participación en actividades relacionadas con el viaje, tarjetas de entrada o recibos.
  • Pruebas de medios económicos:
    • Por el solicitante (nacional cubano): Certificados de saldos y/o estados de cuentas bancarias de la que es titular.
    • Por el invitante (si corresponde): Certificados de estados de cuentas.
      • No se exigirá la acreditación de medios económicos a los solicitantes, familiares de ciudadanos comunitarios (ciudadanos de la Unión Europea).

7.- Prueba de residencia en la demarcación consular. El solicitante de visado deberá acreditar su residencia legal en Cuba presentando su documento de identidad vigente y fotocopia de este.

  • Si el solicitante no es cubano, pero reside en Cuba, original y fotocopia de su permiso de residencia vigente.

IMPORTANTE:

  • La solicitud se presentará personalmente. Si el solicitante es menor de edad, la solicitud será presentada por sus representantes legales.
  • Se exigirá la traducción al español de aquellos documentos que no sea oficial en el país y que la Oficina Consular no conozca.
  • Cuando sea necesario valorar su solicitud, la Oficina Consular podrá solicitarle documentos o datos adicionales y también podrá convocarle a una entrevista personal.
  • El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1, 2, 3 y 4 son indispensables para la admisibilidad de una solicitud.

Paso 2: Solicitud de Cita para Visa Schengen de Visita en Consulado de España en La Habana

Una vez que haya reunido toda la documentación, el solicitante deberá tramitar una cita en el Consulado de España en La Habana.

Para reservar una cita previa

  1. Envíe un correo electrónico a la siguiente dirección: cog.lahabana.citavisados@maec.es. (Esta cuenta no responde consultas de ningún tipo, solo acepta solicitudes de registro en la aplicación de Cita Previa. Cualquier otro correo será ignorado y eliminado).
  2. En el asunto del correo debe escribir: CITA VISADO EST
  3. En el cuerpo del correo debe incluir los datos tal y como aparecen en su PASAPORTE, en el orden expuesto a continuación y utilizando como separador el punto y coma(;):
    • Nombre y apellidos del solicitante (en mayúsculas, sin acentos, apóstrofes u otros caracteres).
    • Número de pasaporte (sin espacios ni guiones).
    • Fecha prevista de inicio del viaje (sin espacios ni guiones, en formato DDMMAAAA).
    • EST.
      • EJEMPLO: ANGEL PEREZ LOPEZ;P123456;27122022;EST
  4. En el correo debe adjuntar los siguientes documentos:
    • Una foto suya, nítida, junto a su pasaporte cubano (o internacional), como se indica en la siguiente imagen. Los datos del pasaporte deben ser legibles. No debe utilizar gafas oscuras ni cubrir la cara o el cabello. El formato de la foto debe ser compatible con Microsoft Windows (se sugiere JPEG o PDF) y debe enviarse como anexo, o incrustada en el cuerpo del correo. Nunca vinculada a servicios en la nube. En caso contrario, el correo será eliminado.
    • Formulario de solicitud con foto.
    • Reserva del vuelo.
    • Seguro médico.

IMPORTANTE:

  • Si no tiene toda la documentación, no haga la cita. 
  • Cada solicitante de visado deberá enviar un correo por separado, aunque se trate de miembros de una misma familia.
  • Si la solicitud de visado es para un menor, incluya el nombre del padre y madre en el cuerpo del mensaje.
  • El límite del tamaño TOTAL para los documentos adjuntos es de 1 MB. (1 MB = 1000 KB).
  • Si NO se incluyen todos los datos y los documentos solicitados, su correo NO podrá ser tramitado. (La falta de cualquiera de los datos o documentos dará lugar a que no se realice la tramitación de su solicitud de registro por parte del consulado).
  • NO SE ADMITIRÁN REGISTROS A TRAVÉS DE TERCEROS. LOS INTERESADOS DEBEN TRAMITAR SU REGISTRO PERSONALMENTE.
  • Aunque no haya recibido respuesta del consulado a su correo. NO repita el envío del correo antes de que transcurran 14 días. De no cumplir con ello, podrá ocasionarle un retraso de hasta dos (2) meses más.

Para tramitar la cita previa

Una vez que ha enviado el correo electrónico con la solicitud de registro para tramitar la cita previa, el consulado comprobará su documentación y procederá a inscribirle en el sistema de cita previa para visados.

1.- Usted recibirá dos correos en respuesta:

  1. Un correo de respuesta automatizado con el asunto: “Respuesta automatizada correos – alta usuario para Citas Visados” en el que le indicarán que “se le ha dado de alta en el sistema de citas con usuario (xxxxxx) y contraseña (xxxxxx) y ya puede usted acceder al sistema de citas, pulsando en el vínculo que aparece en nuestra página web: https://www.exteriores.gob.es/Consulados/lahabana/es/ServiciosConsulares/Paginas/index.aspx“.
  2. Un segundo correo enviado por el consulado, con el asunto “Datos de Alta en el servicio de cita previa VISADOS”. En este correo, además de los datos de usuario y contraseña (que también aparecen en el primer correo), el consulado le indicará instrucciones que deberá tener en consideración.

2.- Dé clic al enlace que recibió en el correo o ingrese a la siguiente página del Consulado de España en la Habana y diríjase al vínculo que aparece en el cuerpo de la página donde se lee: RESERVAR CITA DE VISADO SCHENGEN. Dé clic.

2.- Se abrirá una página de reservas de cita de Bookitit en la que deberá seleccionar la fecha y hora de su cita a su conveniencia, entre las que se encuentran disponibles. Seleccionada la fecha y hora, para completar la reserva de la cita, dé clic en el botón “Continuar”, y le solicitarán que ingrese su información de usuario y contraseña.

3.- Confirmada sus credenciales de usuario y contraseña, se abrirá una nueva pestaña donde aparecerá su reserva (ticket) de la cita seleccionada por usted. Dé clic al icono imprimir que aparece a la derecha y guárdelo como archivo PDF. No obstante, usted recibirá un correo en el que le confirmarán que su operación se realizó correctamente y en el que se adjunta el ticket de su cita (deberá imprimirlo para presentar el día de su entrevista junto al resto de la documentación).

IMPORTANTE:

  • No intente acceder al sistema de citas por otros vínculos (enlaces) o la página no le permitirá acceder.
  • Conserve sus credenciales de acceso para darse de alta en el servicio de cita previa Usuario (número de pasaporte) y el Password (contraseña única para su solicitud). 
  • Podrá cancelar su cita hasta 3 días antes de la cita.
  • Debido a la limitación de recursos y tiempo en el Consulado de España en Cuba y con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades a todos los solicitantes, cada solicitante puede efectuar una solicitud cada dos (2) meses y no podrán realizar más de 5 cancelaciones en un año.
  • Una vez realizada la primera petición de cita dispone de cuatro (4) meses para haber finalizado su petición. Pasado ese tiempo el usuario será desactivado.
  • Si ya ha concertado una cita para una fecha determinada, y desea cambiarla, debe acceder al sistema de citas con el usuario y contraseña que se le envió y cancelar (eliminar) su cita en “Historial y cancelaciones”. Una vez cancelada podrá elegir una nueva fecha disponible.
  • El personal del consulado no puede ni cancelar, ni crear, ni modificar las fechas de las citas. Por ese motivo no se atenderán correos con esa finalidad.
  • Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la oficina consular podrá solicitar documentos o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.

Paso 3: Entrevista

1.- Presentarse a la cita el día y hora confirmada en el comprobante (ticket), con toda la documentación requerida (Ver Paso 1), además del comprobante de la cita, impreso.

2.- Durante el procedimiento, le tomarán sus datos biométricos: foto y huellas dactilares.

  • Están exentos de la toma de huellas los solicitantes menores de 12 años y los solicitantes cuyas huellas hayan sido grabadas en los últimos 59 meses, pero si estas fueran de mala calidad, la Oficina Consular pedirá al solicitante que comparezca nuevamente para tomar sus huellas.

3.- Al finalizar la entrevista, la Oficina Consular de España en La Habana le entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que le permitirá verificar el estado de tramitación de su expediente a través del enlace: https://sutramiteconsular.maec.es/

IMPORTANTE: La Oficina Consular podrá pedirle al solicitante que presente documentos que falten, o que aporte documentos o datos adicionales que sean necesarios para resolver la solicitud. También podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.


Paso 4: Recoger pasaporte visado y documentación

La Oficina Consular informará al solicitante sobre el procedimiento para la devolución del pasaporte visado y la documentación original.

NO se requiere cita previa.

Presentar ante el personal del consulado (Ver Dónde):

  • Resguardo donde pone RESUELTO (impreso o a través de su teléfono móvil) que se obtiene tras consultar el estado de tramitación de su expediente en la página: https://sutramiteconsular.maec.es. Si no presenta el RESGUARDO, NO podrá recoger el pasaporte y los documentos y deberá presentarse otro día con el resguardo.

IMPORTANTE:

  • En caso de que el visado sea denegado se notificará por escrito, expresando los motivos en los que se basa la decisión adoptada.
  • Los documentos pueden ser retirados por la misma persona o por un tercero debidamente autorizado (presentando un poder de representación o un documento/autorizo firmado por el autorizante con copia de su documento de identidad y una mención clara de la persona autorizada y del documento de identidad de esta) con la siguiente documentación según el trámite.

Costos

  • Para toda persona mayor de 12 años, la tasa consular establecida es de: 80 Euros.
  • Para los menores en las edades comprendidas entre 6 y 12 años: 40 Euros.
  • Los menores de 6 años: quedan exentos del pago de la tasa consular.

IMPORTANTE: Las tasas establecidas por el Consulado de España en La Habana, han sido actualizadas y están vigentes desde el viernes 1 de julio de 2022. El pago se realizará exclusivamente en Euros y en efectivo, con el importe exacto.

Ver todas las tasas en: Tasas consulares por trámites.


Dónde presentar el trámite

Para reservar cita

En línea:

A través de la aplicación de citas (Ver Paso 2).

Para entrevista 

Presencial en:

En la Oficina Consular de La Habana (Edificio Palacio de Velasco).

  • Dirección: Calle Zulueta, 2, esquina a Cárcel. La Habana. CP 10100. Cuba.
  • Teléfono: +53 7868 6868
  • Fax: +53 7866 8015

IMPORTANTE: No se permitirá la entrada al Consulado de España en La Habana a ninguna persona que no esté en la lista de turnos y no haya sido previamente autorizada a ingresar (incluyendo solicitantes, ciudadanos españoles y acompañantes). Excepcionalmente, los menores de edad y las personas mayores de 75 años que necesiten asistencia podrán ingresar acompañados.

Para recoger pasaporte y documentación

​Presencial en:

En la Oficina Consular de La Habana (Edificio Palacio de Velasco). (Presentarse en Ventanilla No. 3).

  • Dirección: Calle Zulueta, 2, esquina a Cárcel. Ciudad de La Habana. CP 10100. Cuba.

Horarios de atención

Para reservar cita

La página de reservas de cita Bookitit está abierta las 24 horas del día los 7 días de la semana, los 365 días del año. 

Importante: Las citas para visado Schengen de corta estancia o tránsito aeroportuario se abren cada día. Si no encuentra cita tenga en cuenta que el Consulado General de España en La Habana tiene una alta demanda de sus servicios y que la capacidad de citas está limitada.

Para entrevista 

  • De lunes a jueves: 8:30 am a 4:30 pm.
  • Viernes: 8:30 am a 2:00 pm.

Para recoger pasaporte y documentación

Los visados (o la notificación de su denegación) se entregan:

  • De lunes a jueves: 2:00 pm a 4:00 pm.
  • Viernes: 12.00 a 1:30 pm.

Tiempos de resolución

El plazo legal para tomar una decisión y ofrecer respuesta a la solicitud de visa Schengen para viajar a España es de 15 días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud.

Este plazo podrá extenderse a 45 días naturales cuando se requieran documentos o datos adicionales, que sean necesarios para resolver la solicitud, o la celebración de una entrevista.

Una vez admitido el trámite de la solicitud, la decisión no podrá exceder un plazo mayor de 45 días.

IMPORTANTE: Las solicitudes de visado presentadas por los nacionales de algunos Estados requieren un trámite de consulta a las autoridades centrales que puede afectar la duración del procedimiento de visado.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cómo completar el Formulario de solicitud de visa Schengen?

El formulario de solicitud de visa Schengen consta de varios apartados que deberán ser completados en su totalidad:

  • Apartado 1, 2 y 3: Nombre y los apellidos del solicitante, con los datos que figuren en el pasaporte o documento de viaje. Los residentes de países donde se utilicen los dos apellidos en el documento de identidad deberán incluir en el apartado 1 el del padre y el apartado 2 el de la madre. El nombre completo se indicará en el apartado 3.
  • Apartados 4, 5 y 6: Indicar la fecha, lugar y país de nacimiento.
  • Apartado 7: Indicar la nacionalidad actual, la cual podrá coincidir con la de nacimiento. En caso de que la nacionalidad actual no coincida con su nacionalidad de nacimiento, deberá indicar la misma También debe indicar si tiene otras nacionalidades.
  • Apartados 8 y 9: Indicar el sexo, tal y como aparece indicado en el pasaporte. Indicar el estado civil (Soltero/a, Casado/a, Separado/a, Divorciado/a o Viudo/a) En Otros, podrá indicar su estado civil si no coincide con ninguno de los descritos.
  • Apartado 10: Completar si la solicitud del visado se está presentando en nombre de un menor de edad. Se deberá completar por la madre, padre o tutor legal. Incluir en el siguiente orden (apellidos, nombre y dirección (la dirección deberá incluirse si no corresponde con la de la madre, padre o tutor legal), y la nacionalidad.
  • Apartado 11: Número de documento de identidad.
  • Apartados 12: Marcar la casilla que corresponda según el tipo de pasaporte que posea (ordinario, diplomático, de servicio, oficial, especial o de otro tipo).
  • Apartado 13, 14, 15 y 16: Indicar el número de pasaporte (que esté vigente), la fecha de expedición, la de vencimiento y el país que lo emitió.
  • Apartado 17: Completar si es invitado por un miembro de su familia (nacional de la UE, del EEE o de la CH). En caso de que proceda, indicar en el siguiente orden: apellidos, nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad y número de documento de identidad (DNI).
  • Apartado 18: Si rellenó el apartado 17 deberá completar este apartado, indicando la relación de parentesco con un nacional de la UE, del EEE o de la CH. Marcar la casilla correspondiente (Cónyuge, Hijo/a, Nieto/a, Ascendiente dependiente, Pareja de hecho registrada. En Otras podrá indicar la relación que posee con el nacional, en caso de que no coincida con alguna de las descritas.
  • Apartado 19: Indicar la dirección del domicilio del solicitante, y su dirección de correo electrónico. En la casilla que aparece a la derecha, indique un número de teléfono donde se le pueda localizar (móvil o fijo, o ambos).
  • Apartado 20: Completar en caso de que el solicitante sea residente en un país distinto del país al de la nacionalidad actual. En caso de que corresponda se deberá incluir el tipo de permiso de residencia o documento equivalente, el número del documento y la fecha de vencimiento.
  • Apartado 21 y 22: El solicitante deberá indicar la profesión actual. Si es jubilado o no trabaja actualmente, deberá indicarlo. En caso de que se encuentre trabajando, deberá indicar el nombre del centro laboral (empresa, Mipyme, cooperativa, o si es trabajador por cuenta propia) incluyendo la dirección y número de teléfono cuando corresponda. Si el solicitante es estudiante, deberán incluir el nombre del centro de estudios e incluir la dirección.
  • Apartado 23: Marcar la casilla que indique el motivo del viaje (Turismo, Negocios, Visita a familiares o amigos, Cultural, Deporte, Visita oficial, Motivos médicos, Estudios, Tránsito, Tránsito aeroportuario u Otros). Dependiendo de la selección corresponderá la documentación que deberá presentar para la solicitud de visa.
  • Apartado 24: Podrá especificar alguna otra información sobre el motivo de su viaje.
  • Apartado 25: Indicar el país de destino principal que se va a visitar. En caso de tener previsto visitar otros países del espacio Schengen, también deberá indicarlos.
  • Apartado 26: Si indicó en el apartado 25 que visitará otros países, deberá especificar el país por el que ingresará al espacio Schengen.
  • Apartado 27: Indicar el número de entradas que solicita (Una, Dos o Múltiples). También deberá especificar la fecha de ingreso al espacio Schengen, así como la fecha prevista de su salida. (Se recomienda no indicar la totalidad de días permitidos)
  • Apartado 28: Indicar si sus datos biométricos han sido tomados con anterioridad. Marque la casilla “Si” si con anterioridad le fueron tomadas las impresiones dactilares en un proceso de solicitud de visado Schengen:. No marque esta casilla si su solicitud correspondió a otro tipo de visado. De marcar la casilla “Sí” deberá especificar, en caso de recordarlo, la fecha en que fueron tomados sus datos biométricos, así como el número de la visa.
  • Apartado 29: Si requiere un visado de tránsito con destino a otro país fuera del espacio Schengen deberá indicar si se cuenta con un permiso de entrada al país de destino. Especifique el país que le ha expedido la visa o permiso de entrada, y sus fechas de validez (desde y hasta).
  • Apartado 30: En este apartado se deberán indicar en el siguiente orden los apellido(s) y nombre (s) de las persona o personas que han emitido la invitación (carta de invitación) en el Estado o Estados miembros. Si no procede, deberá indicar el nombre del hotel u hoteles (u otro tipo de alojamiento), dirección del lugar y lugares de alojamiento temporal en el Estado o Estados miembros. En las dos casillas inferiores de este apartado hay que especificar la dirección postal y dirección de correo electrónico de la persona o personas que han emitido la invitación, del hotel u hoteles o del lugar o lugares de alojamiento temporal. Además, se deberá indicar el número de teléfono de la persona u hotel.
  • Apartado 31: Completar si el solicitante está viajando invitado por motivos de trabajo o negocios. Se deberá indicar el nombre y dirección de la empresa u organización que ha emitido la invitación. En las dos casillas inferiores se debe especificar los apellido(s), nombre (s), dirección, y correo electrónico de la persona de contacto en la empresa u organización, y el número de teléfono de la empresa u organización.
  • Apartado 32: Este apartado está reservado para indicar quien cubre los gastos de su viaje y medios de subsistencia durante su estancia (por el propio solicitante, o por un patrocinador (anfitrión, empresa u organización). Marque las casillas correspondientes a los medios de subsistencia que estarán garantizados, según quien haya indicado que cubrirá sus gastos.
  • Últimos apartados: Reservados para indicar la fecha y el lugar donde se ha cumplimentado el formulario. La casilla a la derecha es para la firma. En caso de que la solicitud se presente en nombre de un menor de edad, la firma deberá ser rubricada por la madre o padre o el tutor legal.

IMPORTANTE:

  • Antes de enviar al Consulado de España en Cuba el formulario de solicitud de visa Schengen, pegue una fotografía actual del solicitante en la casilla superior derecha donde se lee “FOTO”. La foto debe ser tamaño pasaporte (30 x 40 mm), tomada en los últimos seis meses.
  • Los miembros de la familia de un nacional, de la UE, del EEE o de la Confederación Suiza no deberán rellenar las casillas No. 21, 22, 30, 31 y 32 (que se encuentran marcadas con un asterisco (*).

2.- ¿Cómo se podrá demostrar medios económicos de subsistencia para solicitar una visa Schengen para viajar a España?

El solicitante de la visa Schengen deberá demostrar que posee los medios económicos suficientes para su estancia en España. “Actualmente, la cantidad mínima a acreditar es de 108 euros por persona y día, con un mínimo de 972 euros o su equivalente legal en moneda extranjera (con efectos desde el 1 de enero de 2023)“.

Al completar el apartado 32 del formulario de solicitud de Visa Schengen, se deberá indicar quien cubre los gastos de viaje y subsistencia: si es por propio solicitante, por un anfitrión (familiar o amigo), empresa o una organización.

En este mismo apartado aparece un listado para indicar cuáles son estos medios de subsistencia, según quien cubra los mismos:

  • Efectivo.
  • Cheques de viaje.
  • Tarjeta de crédito.
  • Alojamiento ya pagado.
  • Transporte ya pagado.
  • Se facilita alojamiento al solicitante.
  • Todos los gastos de estancia están cubiertos.
  • Otros (especificar).

Sin embargo, en el caso de los ciudadanos cubanos solicitantes de una visa Schengen, algunos de estos medios disponibles, aunque si apliquen para el ingreso a España por los puntos de entrada internacionales, NO aplican para presentar la solicitud del visado en el Consulado de España en Cuba, como son: la presentación de efectivo, cheques de viaje o tarjeta de crédito.

Los medios de subsistencia para la estancia en España, recomendables a presentar por los ciudadanos cubanos para la solicitud de visa Schengen, son:

IMPORTANTE:

  • A los solicitantes de familiares de ciudadanos comunitarios (de la Unión Europea), no se les exigirá la acreditación de medios económicos para la subsistencia. En el apartado 32 del formulario de solicitud deberán indicar que los gastos de estancia son cubiertos por un patrocinador, y marque la casilla “Todos los gastos de estancia están cubiertos”. Sin embargo, se sugiere contar con el certificado de estados de cuenta de su invitante para presentarse a la entrevista.
  • No se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet (descargados directamente desde Internet).

3.- Al intentar acceder al sistema de citas para la solicitud de visa no me abre la página, ¿por qué ocurre esto?

Usted debe ingresar al sistema de citas desde el enlace que recibió por correo en respuesta a su solicitud (Paso 2) o desde el enlace que aparece en la siguiente página oficial del Consulado de España en la Habana. Una vez que se encuentre en la página correspondiente a Visado de estancia (visado Schengen) deberá dirigirse al vínculo que aparece en el cuerpo de la página donde se lee: RESERVAR CITA DE VISADO SCHENGEN (podrá identificarlo porque aparece en color naranja), y dé clic a este enlace.

NO acceda al sistema de citas por ningún otro enlace que esté disponible en sitios de terceros. Tampoco copie el enlace para intentar abrirlo en otra ventana o dispositivo.

IMPORTANTE: Cada vez que requiera volver a acceder, para imprimir la cita, o cancelarla, deberá hacerlo desde el enlace indicado.

4.- Cuando intento acceder al sistema de citas, se produce un error, ¿cuáles son las causas que provocan estos errores?

Si usted está intentando obtener una cita para trámite en el Consulado de España en La Habana y aparece una página de: “Error en acceso al sistema de citas“, puede deberse a las siguientes causas: ​

  • Inactividad: Si accedió a la página del sistema de citas, pero no realizó ​actividad durante varios minutos, su conexión será rechazada.
  • Bloqueo temporal: Se producen por realizar múltiples accesos en un espacio de tiempo muy reducido o si accede al sistema usando diferentes dispositivos o navegadores con la misma conexión a internet. Realizar peticiones muy continuadas y poco espaciadas provocará sobrecarga y, por tanto, el bloqueo de su dispositivo.
  • No hay oferta de ci​tas en estos momentos: En ​algunas ocasiones, la oferta de citas que han sido ocupadas por otros ciudadanos.

Las soluciones para acceder al sistema de citas del Consulado de España en La Habana, son:

  • ​​Cada usuario deberá acceder con un único dispositivo y navegador. No intenté acceder a la vez en varios dispositivos.  
  • Si el sistema ya le ha bloqueado y no consigue acceder, deberá esperar hasta 72 horas, borrar los archivos temporales de navegación o caché y cookies.
  • Si después de esperar 72 horas y borrar los archivos de navegación sigue sin poder acceder, le recomendamos acceder con una conexión a internet distinta, por ejemplo, cambiar de WiFi a datos móviles o al revés.

​​5.- Requiero cancelar una cita obtenida en el Consulado de España en La Habana, ¿cómo cancelarla y obtener una nueva cita?

Si usted requiere cancelar una cita obtenida para servicios consulares en el Consulado de España en La Habana, porque no podrá asistir en la fecha y hora seleccionada, usted deberá cancelarla su cita con un mínimo de hasta tres (3) días de antelación.

​​Puede consultar su cita y cancelarla cuando exista la posibilidad. Para ello debe acceder al sistema de citas con el usuario y contraseña que se le envió para registrarse, y cancele su cita en “Historial y cancelaciones”. Una vez cancelada (dando clic en el icono eliminar) podrá elegir una nueva fecha disponible.

6.- ¿Cuántas solicitudes de cita se pueden realizar luego de efectuar una cancelación de cita?

Con la finalidad de garantizar y mantener el servicio a todos los ciudadanos que quieren ser atendidos, cada solicitante puede efectuar una solicitud cada dos (2) meses y no podrán realizar más de 5 cancelaciones en un año. Una vez efectuada la primera petición de cita dispone de 4 meses para haber finalizado su petición. Pasado ese tiempo el usuario será desactivado.

7.- ¿Cómo descargar e imprimir el comprobante de la cita para solicitud de Visa Schengen en el Consulado de España en La Habana?

Usted podrá imprimir el comprobante que le ha sido enviado a la dirección de correo electrónico, que indicó para el registro de la solicitud de cita.

O podrá imprimirlo ingresando nuevamente a la página de solicitud de cita con su usuario y contraseña donde se le abrirá un recuadro, al final aparece “Historial y Cancelaciones”. Dé clic y se abrirá otro recuadro donde deberá ingresar su número de carné de identidad y contraseña indicada en su registro al solicitar la cita.

Se abrirá su historial y al lado de su cita aparecerá un icono para dar clic en descargar e imprimir.

8.- ¿Qué países conforman el área Schengen, a los que se podrá ingresar con el visado Schengen otorgado por la Embajada de España en La Habana?

El área Schengen abarca 26 países europeos sin controles fronterizos, entre ellos: Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Eslovenia, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.

9.- Una vez que me haya sido otorgado el visado Schengen por la Embajada de España, ¿tendré garantizado el ingreso a España u otro país del área Schengen?

No. Aunque el visado Schengen le permite viajar a cualquiera de los Estados Schengen y transitar por su territorio, no implica un derecho automático de ingreso en el área Schengen.

Las autoridades de frontera pueden denegarle la entrada si no aporta pruebas del motivo y las condiciones del viaje o si no cumple con el resto de las condiciones de entrada, incluidas las sanitarias.

10.- ¿En qué plazo se debe presentar la solicitud de Visa Schengen para viajar a España?

La solicitud de visado se deberá presentar entre seis (6) meses y quince (15) días antes de la fecha prevista de viaje.

Los marinos pueden solicitar el visado hasta 9 meses antes del viaje.

​​11.- ¿Cuáles son las recomendaciones para poder acceder al sistema de citas sin ser bloqueado?

Se recomienda:

  • Acceder al enlace enviado por el Consulado de España para el acceso al sistema de citas.
  • Acceder con un único dispositivo y navegador. 
  • Si el sistema ya le ha bloqueado y no consigue acceder, deberá esperar hasta 72 horas.
  • Borrar los archivos temporales de navegación o caché y cookies.

​​Importante: Si después de esperar 72 horas y borrar los archivos temporales de navegación, continua sin poder ingresar, se recomienda que acceda con una conexión a internet distinta, como puede ser cambiar de WIFI a datos móviles o al revés.

12.- El día de la cita en el consulado, ¿puedo asistir con un acompañante?

No. No se permitirá la entrada al consulado a ninguna persona que no esté en la lista de turnos y no haya sido previamente autorizada a entrar (incluyendo solicitantes, ciudadanos españoles y acompañantes.

Excepcionalmente, podrá ir acompañados los menores de edad y las personas mayores de 75 años que necesiten asistencia.

​​13.- ¿Cómo puedo consultar los trámites que he realizado ante el Consulado de España en La Habana? 

La Oficina Consular le entregará un resguardo de solicitud, con un código que le permitirá verificar el estado de la tramitación del expediente a través del siguiente enlace: https://sutramiteconsular.maec.es.

14.- Si me han denegado el visado, ¿me reembolsan la tasa pagada por el visado?

No. La denegación del visado no da lugar al reembolso de la tasa de visado.

15.- Si me han denegado el visado, ¿podré interponer un recurso de reposición?

Sí. En caso de denegación del visado, usted puede presentar un recurso de reposición ante la Oficina Consular de España en La Habana en el plazo de un (1) mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación.

También, puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos (2) meses a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación del visado o de la desestimación del recurso de reposición presentado en la Oficina Consular.

16.- ¿Cómo se procede para interponer un recurso de reposición en la Oficina Consular de España en La Habana?

Las resoluciones de los recursos de reposición presentadas ante la Oficina Consular de España en La Habana se efectuarán exclusivamente a través del correo electrónico, por lo que usted deberá realizar lo siguiente:

  1. La persona que interpone el recurso de reposición deberá hacer clic en el siguiente enlace: Enviar Recurso de reposición. Previamente, debe leer todas las instrucciones contenidas en él.
  2. El enlace les abrirá un correo electrónico al que tendrán que dirigir su recurso cumplimentando lo siguiente:
    • En el “Asunto” de su correo electrónico debe figurar en el estricto orden que se señala a continuación, con los mismos puntos y separaciones:
    • Recurso Reposición. Nombre(s) y dos apellidos. Número de pasaporte. Por ejemplo: Recurso Reposición. Lisete Gómez Ruiz. H456278
    • En el “cuerpo” del correo electrónico usted deberá realizar las alegaciones oportunas que permitan al Consulado de España en La Habana valorar su recurso, en un máximo de 250 palabras.
  3. En el plazo máximo de un (1) mes desde la remisión de su mensaje, usted recibirá un correo electrónico a la misma dirección de donde ha enviado el recurso, informándole si su recurso de reposición ha sido estimado o desestimado y con instrucciones para actuar en cada caso.

Importante: Se deberá cursar un recurso de reposición por cada visado denegado.

17.- ¿Se admite Carta de invitación para la solicitud de Visa Schengen para viajar a España?

Sí. Se aceptan trámites con Carta de invitación vigente, aunque no es un requisito obligatorio si el solicitante cuenta con alojamiento en un hotel u otro tipo de hospedaje.

18.- ¿Cuáles son los requisitos sanitarios para el ingreso a España?

En los puntos de ingreso a España ya no se realizan controles sanitarios por COVID-19. No obstante, se recomienda no viajar, si presenta síntomas compatibles con la COVID-19.

Para información adicional, consulte los siguientes sitios oficiales:

19.- ¿Cómo conocer cuándo ha sido resuelta la petición de visado?

Las personas que hayan solicitado una Visa Schengen en el Consulado de España de La Habana recibirán un “RESGUARDO DE SOLICITUD”, que les permitirá conocer el estado de tramitación de su expediente en tiempo real entrando en la siguiente dirección y rellenando los datos que se le soliciten: https://sutramiteconsular.maec.es.

Cuando en la aplicación aparezca el mensaje “RESUELTO”, solo el titular de pasaporte en el caso de visados de residencia y el titular o persona debidamente apoderada en los demás casos, podrá presentarse a recoger su pasaporte en las ventanillas exteriores del Consulado General en la calle Zulueta de 15:30 a 17:00 horas de lunes a viernes.

Mientras su visado no haya sido decidido, al realizar la consulta el resultado será “EN TRAMITACIÓN”. Por favor no acuda al Consulado General preguntando por su caso.

20.- ¿Qué ocurre si el beneficiario de una Visa Schengen se queda más de 90 días en España?

En el caso de que el beneficiario de una visa Schengen sobrepase el plazo del visado o permanezca más de 90 días por semestre, sus próximas solicitudes quedarán invalidadas para volver a entrar al área Schengen.

La infracción quedará registrada en la base de datos de todos los aeropuertos del Espacio Schengen, así como en sus fronteras terrestres.

21.- ¿A dónde puedo dirigirme para realizar una queja o sugerencia sobre la atención recibida en la Oficina Consular de España en La Habana?

Las quejas o sugerencias sobre la atención recibida o sobre el procedimiento de solicitud de visado se pueden presentar por vía electrónica a través de la página web: https://sede.maec.gob.es.

También se puede presentar por escrito en la Oficina Consular.


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