Visa consular de Turismo con carta de invitación para viajar a El Salvador desde Cuba

Para la solicitud de una visa de turismo con carta de invitación para viajar a El Salvador desde Cuba se requiere, previamente, de la invitación de una persona natural (ciudadano salvadoreño o extranjero residente en el Salvador) familiar o amigo, o de una persona jurídica (entidad o institución).

La visa podrá solicitarse con la finalidad de viaje de placer, negocios, visita a un familiar, tratamientos médicos, realizar estudios, asistir a un evento; entre otros, sin el propósito de residir temporal o permanentemente, ni con fines laborales, académicos o comerciales, entre otros, para una estancia máxima de 90 días,

El procedimiento de solicitud del visado se inicia con la presentación de la carta de invitación que hace la persona natural o jurídica, que se encuentra actualmente en El Salvador.


Requisitos

Paso 1: Reunir la documentación a presentar para la solicitud de visa consular con carta de invitación

Por quien invita en El Salvador:

Los documentos que deben ser recopilados son:

  1. Carta de invitación (carta respaldo), dirigida al Director General del Servicio Exterior, en la cual se expone y justifica el motivo de la invitación. Ver modelo de carta.
    • La firma de la persona que invita debe estar autenticada por notario salvadoreño.
    • La carta de invitación debe ser escrita y completada digitalmente. No debe existir ninguna modificación en el contexto de la carta modelo. Tampoco debe existir ningún error gramático, ni numeral. Los nombres deben aparecer completos (nombre y apellidos) según aparecen en los documentos de identificación de quien invita y del invitado. En caso contrario, la carta de invitación deberá ser corregida.
  2. Fotocopia de la hoja de datos del pasaporte del extranjero (ciudadano cubano) que desea ingresar a El Salvador.
    • La fotocopia debe ser escaneada (NO SE ACEPTARÁ FOTOGRAFÍA).
    • La fotocopia debe estar legible, no puede estar oscura, ni borrosa. En caso contrario, no se aceptará. 
  3. Fotocopia del DUI, carnet de residencia, o carnet de Identidad IP, dependiendo el caso, de quien invita.
    • La fotocopia debe ser escaneada (NO SE ACEPTARÁ FOTOGRAFÍA).
    • Se debe presentar la fotocopia del frente y vuelta del documento que se va a presentar.
    • La fotocopia debe estar legible, no puede estar oscura ni borrosa. De no ser así no se aceptará. 
  4. Fotocopia de NIT de quien invita.
    • La fotocopia debe ser escaneada (NO SE ACEPTARÁ FOTOGRAFÍA).
    • La fotocopia, debe ser del frente y vuelta del documento.
    • No se aceptarán fotocopias oscuras, o borrosas. De no cumplir este requisito no se aceptará. 
  5. En caso de que quien respalda la invitación sea una persona jurídica, deberá anexar, la siguiente documentación:
    • Escritura de Constitución de Sociedad, debidamente inscrita en el Registro de Comercio.
    • Credencial vigente inscrita en el Registro de Comercio.
  6. Si la solicitud es para visa de negocio o representantes comerciales, deberán presentar, además:
    • Hoja de vida o documentos comprobantes de su profesión.
  7. Si la solicitud de visa es para inversionistas, se deberá presentar, además:
    • Resolución del Registro de Inversión, otorgada por el Ministerio de Economía de El Salvador.

Por el invitado en Cuba:

Se debe reunir la siguiente documentación (escaneada):

  1. Fotocopia del pasaporte. Enviar la página que contiene los datos de identificación con la foto.
    • El pasaporte debe encontrarse vigente. Debe tener más de seis (6) meses de validez. De tener solamente 6 meses para su vencimiento, el pasaporte no será aceptable.
  2. Fotografía reciente tamaño pasaporte (de 5 x 5 cms.)
    • La foto debe a color, con fondo blanco.
    • Tomada de frente y con el rostro despejado.
    • No se admite el uso de aretes o collares.
  3. Fotocopia del DUI, carnet de residencia, o carnet de Identidad IP de quien le invita.
    • El documento debe estar vigente.
  4. Fotocopia de NIT de quien le invita.
    • El documento debe estar vigente.
  5. Estados de cuenta bancaria, de los últimos seis (6) meses correspondientes a la persona que le invita desde El Salvador.
    • El documento debe estar firmado y sellado (acuñado) por las entidades bancarias que lo emitan.
  6. Carta de trabajo, de la persona que le invita.
    • En la carta debe indicarse el cargo  que desempeña, salario, y tiempo que lleva trabajando en el centro laboral.
    • Debe estar sellada (con cuño) y firmada por el Director del centro de trabajo.
  7. Carta o constancia de trabajo, de estudios o pensionado del invitado (de usted), según corresponda:
    • Carta de trabajo: Si es de  trabajo, la carta debe  contener:  Cargo  que desempeña, salario, tiempo trabajado en el centro de trabajo. La carta debe estar sellada (con cuño) y firmada por el Director del centro de trabajo.
    • Carta del centro de estudios: La carta debe contener: Grado que está cursando actualmente, reflejando que la dirección del centro escolar tiene conocimiento de la realización de su trámite y posible viaje. La carta deberá estar con cuño y firmada por la máxima autoridad de la institución en donde estudia.Carta de pensionado: Emitida por la entidad que lo pensionó, indicando el monto que recibe de pensión. La carta debe estar con cuño y firmada por la máxima autoridad de la entidad.
    • Carta emitida por la ONAT: En caso de que el solicitante posea una Mipyme o sea un trabajador por cuenta propia, debe presentar una carta emitida por la ONAT. Además, deberá incluir los documentos que respalden el trabajo que realiza. Y documentos que demuestren los ingresos que percibe de forma mensual. La carta debe estar con cuño y firmada por la entidad que la emite.
  8. Itinerario de vuelo, en la cual se debe detallar la aerolínea, número de vuelo, fecha de ingreso y salida del territorio salvadoreño.
    • El documento de itinerario de viaje se trata de la RESERVA del vuelo. No debe comprar el boleto definitivo, porque en caso de que su visa no sea aprobada podrá perder el dinero de la compra. Tener un boleto de viaje no le garantiza que su visado sea aprobado.

Paso 2: Presentación de los documentos

Por quien invita en El Salvador:

Quien invita deber presentar la carta de invitación y el resto de la documentación que se exige para la solicitud de visa (Ver Paso 1) en la oficina de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador (Ver Dónde).

IMPORTANTE: Una vez que la documentación sea aceptada en la oficina de Visas, quien invita no tiene que hacer ningún otro trámite.

Por el invitado en Cuba:

Simultáneamente, a que la carta de invitación con la documentación complementaria es presentada por quien invita en El Salvador, el solicitante de la visa (el invitado), debe enviar, según corresponda la documentación (ESCANEADA), al consulado de El Salvador en Cuba al correo electrónico: consuladoencuba@rree.gob.sv.

Cuando el consulado reciba toda la documentación, le contactarán por teléfono o por correo electrónico para agendar la cita de su entrevista.

En caso de que el funcionario consular requiera otros documentos, le realizará el señalamiento para que los aporte en su entrevista.

La cita para la entrevista en el consulado de El Salvador en La Habana, Cuba, se agendará con base a la fecha del itinerario del vuelo.

Paso 3: Entrevista en el consulado de El Salvador en La Habana

El invitado se deberá presentar el día y hora de la cita programada para la entrevista.

Preséntese con todos los documentos enviados para la solicitud de cita para entrevista deberán ser presentados en original el día de la cita.

Si la visa es aprobada, se la estamparán en su pasaporte con los timbres respectivos y deberá realizar el pago.

IMPORTANTE:

  • Se recomienda no olvidar ningún documento.
  • En la visa se indicará la categoría migratoria, subcategoría, autoridad emisora y el plazo de vigencia de la misma.
  • Toda visa de ingreso será expedida en el pasaporte, el que deberá tener como más de seis (6) meses de vigencia, previo a su expiración.

Costos

  • Visa consular de turismo para una sola entrada: $40.00 USD.
  • Visa consular de negocios: $200 USD.

IMPORTANTE: El pago de los aranceles consulares se realizará en efectivo y con billetes en excelente estado. En caso contrario no se le aceptará el pago y no se podrá completar el trámite.


Dónde presentar el trámite

Por quien invita en El Salvador:

En la oficina de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores:

  • Dirección: Centro Comercial Las Cascadas, 2do. Nivel, Local 216- L, Av. Jerusalén, Antiguo Cuscatlán, La Libertad. 

Por el invitado en Cuba:

En la Representación Diplomática y Consular de El Salvador en Cuba, con sede en La Habana:

  • Dirección: Calle 24, 307, entre 3ª. y 5ª. Miramar, Playa, La Habana, Cuba.

Horarios de atención

Por quien invita en El Salvador:

Horario laboral.

Por el invitado en Cuba:

El día y hora otorgado en la cita solicitada al correo electrónico: consuladoencuba@rree.gob.sv


Tiempos de resolución

La respuesta a la solicitud queda resuelta el día de su entrevista.


Preguntas frecuentes

1.- ¿Puedo enviar la documentación para solicitar cita en el consulado de El Salvador en La Habana, si quien me invita aún no ha presentado la carta de invitación en el Ministerio de Relaciones Exteriores?

No. Usted debe esperar a que quien le invita presente la carta de invitación en la Oficina de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El envío de la documentación escaneada al consulado de El Salvador en Cuba, se deberá realizar conforme al momento en que se realice la presentación de la carta de invitación y documentos en El Salvador, por quien le invita.

Una vez presentada la carta de invitación, no se requiere esperar respuesta de la oficina de visas, ya que esta presentación se envía al consulado de El Salvador en la Habana.

2.- ¿Qué es el DUI en El Salvador?

Es el Documento Único de Identidad (DUI), que se utiliza como identificación de las personas naturales de El Salvador, que posee un número único de identidad.

El DUI es obligatorio para todas las personas naturales salvadoreñas mayores de edad.

3.- ¿Es posible solicitar una prórroga de la visa de turista, para extender la estancia en El Salvador?

Sí. Podrán concederle una prórroga hasta por un período de noventa (90) días calendario.

La solicitud de la prórroga debe tramitarse con cinco (5) días de anticipación a la expiración del período inicialmente otorgado.

Para la solicitud usted deberá demostrar el propósito de prorrogar su estancia en el país.

4.- ¿Dónde obtener más información y resolver dudas sobre el visado de turismo para viajar a El Salvador?


Consejos prácticos

  • Los requisitos de visa pueden cambiar con el tiempo. Se recomienda consultar con las autoridades del país destino o con una agencia de viajes especializada para obtener información actualizada.
  • La información proporcionada no sustituye la consulta con las fuentes oficiales.

Fundamento Legal

Ley especial de Migración y Extranjería (documento en pdf). La presente Ley tiene por objeto garantizar un eficaz ordenamiento migratorio regulando la entrada y salida de nacionales y extranjeros del territorio nacional, así como el tránsito y la permanencia de estos últimos dentro del mismo; la nacionalización, la naturalización, y la expedición de documentos de viaje en un marco de respeto de los derechos humanos, conforme a la Constitución. Creación: 11/08/2020. Actualización: 18/01/2024


Referencia

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