Seguro automotor: Seguro de responsabilidad civil para poseedores de vehículos

Actualizado el: 11 septiembre, 2022 por Cubatramite

El seguro de Responsabilidad Civil es un seguro de carácter obligatorio para los conductores profesionales de vehículos (desde junio de 2020). 

En este tipo de seguro la Aseguradora cubre la responsabilidad civil del asegurado ante los daños ocasionados a una tercera persona derivados de un accidente acaecido con el vehículo asegurado. Los daños pueden ocasionarse a las personas produciendo en ellas lesiones corporales o muerte y a la propiedad ajena (incluyendo a los animales).

Tipos de seguros de Responsabilidad Civil:

  • Responsabilidad Civil para los poseedores de licencia de conducción: Dirigido a todas las personas naturales cubanas o extranjeras que tengan vigente la licencia de conducción.
  • Responsabilidad Civil para el Servicio de automotor de carga por carretera: Se aplica a las personas que brinden el servicio de transporte de carga por carretera, con medios automotores.
  • Responsabilidad Civil para el Servicio de transporte de pasajeros por carretera: Dirigido a las personas que brinden servicio de transporte de pasajeros con vehículos automotores de servicio privado.
  • Responsabilidad Civil para el Servicio de transporte en medios autopropulsados o de tracción animal: Dirigido a personas que brinden el servicio de transporte de carga o pasajeros con medios autopropulsados o de tracción animal.
  • Responsabilidad Civil Obligatorio para Conductores Profesionales (legislado por el Decreto Ley 11/2020 con carácter obligatorio para todos los choferes profesionales).

Se exceptúan de la contratación del seguro de responsabilidad civil los conductores que desempeñan sus funciones en los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.


Requisitos

Paso 1: Conozca los beneficios

Daños a la propiedad ajenaLesiones corporales o muerteTotal
20.00 – 15,000.00*80.00 – 25,000.00*100.00 – 40,000.00*
30.00 – 20,000.0090.00 – 40,000.00120.00 – 60,000.00
40.00 – 25,000.00110.00 – 55,000.00150.00 – 80,000.00
50.00 – 30,000.00150.00 – 70,000.00200.00 – 100,000.00
*Cobertura mínima obligatoria.

Paso 2: Pago de la Prima de Seguro

Aceptada la Solicitud de Seguro, un Agente debidamente identificado o el Especialista de la UEB procederá a cobrar la prima de seguro, quedando a partir de ese momento vigente la póliza contratada por el período de un año. La principal obligación del cliente es el pago de la prima del seguro, antes de que expire su vigencia.

El contrato será efectivo mientras se cumpla esta condición, eximiendo a la aseguradora de cualquier responsabilidad si se incumple con esta cláusula.

Paso 3: Firma del Contrato de Seguro (póliza)

El contrato de seguro se compone de la Solicitud de Seguro, las Condiciones Particulares, Generales y Especiales, recogidas en la Póliza de Seguros y los endosos.

Este se formaliza con la firma de las Condiciones Particulares, descritas en el Voucher de la Póliza de Seguros, por parte del asegurado y el representante de la ESEN.

El asegurado deberá aportar en este acto un sello del timbre por valor de 5.00 pesos cubanos (CUP).


Costos

Para el pago de los impuestos que gravan los documentos: sello del timbre por valor de 5.00 pesos cubanos (CUP).

Para conocer cuánto debe pagar por la prima del seguro podrá hacerlo desde el siguiente enlace: www.esen.cu y dirigirse al menú: “Calcular seguro“.

La prima resultante de este cálculo es solo un aproximado para que usted tenga una referencia. Si desea conocer con exactitud este valor, debe entrevistarse personalmente con los especialistas de la Empresa de Seguros Nacionales ESEN.


Dónde presentar el trámite

En la Empresa de Seguros Nacionales ESEN.


Horarios de atención

Horario laboral.


Tiempos de resolución

La entidad de seguros analizará la solicitud de seguro y, de aceptarla, podrá actuar de una de las dos formas que a continuación se establecen:

  • Remitirá su propuesta de contrato al solicitante y este deberá dar su respuesta, aceptándola o rechazándola, dentro del término establecido en la propia propuesta. Si, transcurrido el término otorgado para aceptarla o rechazarla, la entidad de seguros no recibe respuesta alguna, la considerará rechazada.
  • Dará su conformidad a la solicitud, dentro del término de treinta (30) días, consignando en ella la prima a pagar y estampando la firma de su representante legal, así como el cuño de dicha entidad.

Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Qué se entiende por “daños a un tercero”, al contratar un seguro de responsabilidad civil?

A los efectos de la cobertura por responsabilidad civil en la contratación de este tipo de seguro se entiende por “daños a un tercero”:

  • Los daños a la propiedad ajena: los causados accidentalmente por el vehículo asegurado a la propiedad de terceros, hasta el límite especificado en las Condiciones Particulares.
  • Lesiones corporales o muerte: las causadas accidentalmente por el vehículo asegurado a terceras personas, hasta el límite especificado en las Condiciones Particulares.

2.- ¿Qué cubre el seguro de Responsabilidad Civil para los poseedores de licencia de conducción?

Cubre la responsabilidad civil de la que legalmente sea responsable el asegurado, originada por la muerte o las lesiones corporales ocasionadas a otras personas y/o por los daños a la propiedad ajena, causados en ocasión de conducir un vehículo de motor.

Los riesgos contratados cubrirán el vehículo conducido por el asegurado independientemente de su tipo, marca y modelo; siempre que este no sea propiedad del asegurado, se cubrirá además la carga de forma complementaria como daño a la propiedad.

3.- ¿Qué cubre el seguro de Responsabilidad Civil para el servicio de automotor de carga por carretera?

Cubre al asegurado por la responsabilidad civil a que está expuesto debido a las afectaciones directas a terceros ocasionadas con los vehículos que se describan en las Condiciones Particulares, a saber:

  • Lesiones o muerte a terceros, transportados o no transportados.
  • Daños a la propiedad ajena.
  • Daños a la carga transportada, desde que la recibe, hasta el momento de su entrega a los receptores.
  • Daños por carga y descarga de mercancía.

La prima depende del tonelaje del vehículo, con un recargo por la transportación de mercancías peligrosas y su capacidad. Cuando realice operaciones de carga y descarga, el Asegurado deberá abonar un recargo de la prima para tener cobertura en esa actividad.

4.- ¿Qué cubre el seguro de Responsabilidad Civil para el servicio de transporte de pasajeros por carretera?

Cubre al asegurado por la responsabilidad civil a que está expuesto debido a las afectaciones directas a terceros ocasionadas con los vehículos descritos en las Condiciones Particulares. Los riesgos cubiertos son:

  • Lesiones o muerte a terceros, transportados o no transportados.
  • Daños a la propiedad ajena.
  • Daños al equipaje despachado de los pasajeros transportados, siempre que reúna los requerimientos establecidos y de acuerdo a la responsabilidad limitada del transportista, hasta el monto doscientos pesos ($200.00).

5.- ¿Qué cubre el seguro de Responsabilidad Civil para el servicio de transporte en medios autopropulsados o de tracción animal?

Cubre al asegurado por la responsabilidad civil a que está expuesto debido a las afectaciones directas a terceros ocasionadas con los vehículos descritos en las Condiciones Particulares, siempre que concurran las circunstancias establecidas en el reglamento de transporte y a consecuencia de:

  • Lesiones o muerte a terceros, transportados o no transportados.
  • Daños a la propiedad ajena.
  • Daños a la carga transportada, excluye el equipaje.
  • Daños por carga y descarga de mercancías, en los casos que corresponda.

6.- ¿Cuáles son las exclusiones que se tienen en consideración en la contratación de un seguro para cobertura de Responsabilidad Civil?

Se excluye para la cobertura de Responsabilidad Civil en las siguientes situaciones:

  • Conducir el vehículo asegurado en estado de embriaguez, o estando afectado para conducir por haber ingerido bebidas alcohólicas, o encontrarse bajo las influencias de drogas, tóxicos, estupefacientes o sustancias alucinógenas, hipnóticas, u otros de efectos similares.
  • La carencia de licencia de conducción del conductor del vehículo asegurado, o si, teniéndola, no se corresponde con la categoría del vehículo asegurado; así como el quebrantamiento de la sanción de privación o suspensión de la licencia de conducción.
  • La violación de las disposiciones legales vigentes en cuanto a requisitos y número de personas transportadas conforme a la capacidad del vehículo asegurado, el peso, medida o pasajeros en lugares no aptos para tal fin, o en vehículos no autorizados oficialmente para prestar ese servicio.
  • Los daños ocasionados a la persona del conductor del vehículo asegurado y a los bienes de los que resulten titulares el Tomador, Asegurado o conductor; así como los del cónyuge o familiares del Asegurado, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
  • Los daños sufridos por el vehículo asegurado, así como por los objetos transportados en él.
  • Los daños de los que sea responsable un tercero por el que no esté obligado a responder el Asegurado.
  • Las obligaciones del Asegurado, derivadas de una relación laboral.

7.- ¿Se considera válido el seguro del vehículo en caso de daños a terceros, cuando la persona que conduce el vehículo no es el asegurado?

Sí. La Empresa Aseguradora ESEN considerará, como si fuera el asegurado, a cualquier otra persona que conduciendo el vehículo asegurado con conocimiento y consentimiento de aquel, provoque daños a terceros, siempre que dicho conductor observe, cumpla y se sujete a los términos y condiciones del contrato.

Igualmente se extenderá la cobertura de Responsabilidad Civil en que incurra el asegurado en la conducción de cualquier otro vehículo que no sea de su propiedad.

8.- ¿Qué hacer en caso de siniestro, ante los daños ocasionados a una tercera persona?

Ante la ocurrencia de un siniestro, para aprovechar todas las ventajas y los beneficios que ofrece la póliza de seguros contratada, siga los siguientes pasos:

Paso 1: Comunique la ocurrencia del siniestro

Comuníquese inmediatamente con su Agente de Seguros o con las Oficinas Comerciales de la ESEN, antes de las setenta y dos (72) horas posteriores a la ocurrencia del siniestro, para recibir orientación al respecto; salvo caso fortuito o de fuerza mayor, cuyo término se amplía a treinta (30) días naturales con el consentimiento de la aseguradora.

Paso 2: Recopilación de información en el lugar y momento del siniestro

Si está en condiciones, reúna toda la información posible sobre el siniestro. Puede dejar constancia del suceso con su celular (móvil).

Espere por la presencia de SEPSA o la autoridad competente, la asistencia especializada en este caso es uno de los servicios contratados en su póliza.

Tome, además, las precauciones necesarias para disminuir los daños.

Es importante realizar la denuncia a la PNR por la ocurrencia del incidente y solicitar constancia de ello.

Es obligación comunicar al tercero perjudicado toda la información sobre su aseguradora y la póliza que tiene contratada.

Información útil a recopilar:

  • Detalles sobre la ocurrencia del hecho dañoso: apuntar fecha, hora, lugar, causas del siniestro.
  • Fotos, videos, croquis y otros relacionados con el lugar del incidente o las consecuencias de este.
  • Declaraciones, nombres y apellidos de al menos dos testigos del incidente y posibilidades de contactarlos, si los hubiere.
  • Si intervinieron las autoridades, solicitar copia de las declaraciones o denuncia a la Policía o esclarecer el modo de acceder a estas.
  • Asistir a la entidad de salud más cercana, en caso de accidente de tránsito, para solicitar Certificado de Alcoholemia debidamente legalizado.

Importante: Se le recomienda no intervenir en ninguna negociación con las partes implicadas en el evento, sin el consentimiento de la aseguradora.

Paso 3: Completamiento del Modelo de Reclamo

El Modelo del Reclamo del Seguro debe ser completado por el perito de ESEN. Antes de firmar este Modelo verifique si la información es correcta.

Paso 4: Cargar pruebas

Para hacer efectivos sus derechos debe presentar toda la información que le sea posible para demostrarle a la aseguradora que el hecho ocurrido dio lugar a la materialización del riesgo que cubre su Póliza de Seguro. Ver información de Pruebas a cargar según tipo de siniestro: CARGAS DE PRUEBAS PARA SEGURO – RESPONSABILIDAD CIVIL.

Paso 5: Inspección y tasación

La entidad auxiliar del seguro contratada para efectuar la tasación realizará esta operación en un término de diez (10) días naturales, posteriores a recibir el Modelo de Reclamación del Siniestro. Como resultado de la tasación de los daños se procederá a realizar la indemnización según las coberturas contratadas y en los términos de tiempo y condiciones que se pactaron en el contrato del seguro.

Paso 6: Pago de la indemnización

La ESEN, dentro de los límites y condiciones de la póliza, abonará la indemnización al tercero perjudicado a través de la Caja de Resarcimiento o donde disponga la autoridad competente, a partir de la fecha en que el importe de la indemnización haya sido fijado por sentencia firme del tribunal o decisión de autoridad policial o fiscal actuante que conozca el caso.

Será valido cualquier otro documento que permita a la aseguradora cumplir con su obligación de pago.

El tercero perjudicado deberá firmar el Modelo de Relevo de Responsabilidad, como constancia de su conformidad con el pago de las sumas aseguradas.


Fundamento Legal

  • Decreto Ley 263 de 2008 de Consejo de Estado. Establece las normas básicas del Contrato de Seguro. (Gaceta Oficial No. 005 Extraordinaria de 2009).
  • Resolución 8 de 2009 de Ministerio de Finanzas y Precios. Reglamento del Decreto-Ley del contrato de seguro. (Gaceta Oficial No. 005 Extraordinaria de 2009).

Referencia

Empresa de Seguros Nacionales ESEN

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