Cobro de pensiones por jubilados y pensionistas en Cuba

Actualizado el: 11 septiembre, 2022 por Cubatramite

Los pagos de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social en Cuba, para jubilados y pensionistas, son emitidos por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), el Ministerio de las Fuerzas Armadas (MINFAR) o el Ministerio del Interior (MININT), en correspondencia con la entidad u organismo para la que laboró el trabajador.

El cobro de las pensiones por jubilados y pensionistas beneficiarios de la Seguridad Social, se realiza en las sucursales bancarias, en las oficinas comerciales de Correos de Cuba o en CADECA, a partir de la fecha que le corresponda en el calendario de pago, establecido por grupos, atendiendo al importe de la jubilación o pensión y a la fecha de nacimiento.


Índice de contenidos:

Requisitos

Para nuevos jubilados o pensionistas

Quienes se jubilen o pensionen, comenzarán a cobrar sus prestaciones en la institución pagadora de su elección, que más se le adecue por su lugar de residencia, inmediatamente a que se dicte la Resolución de otorgamiento de la pensión, por la Filial Municipal del Instituto Nacional de Seguridad Social.

El medio de pago es a elección del beneficiario: tarjeta magnética o nómina electrónica. De acuerdo al medio de pago se le asignará la institución pagadora.

Para cobro de prestaciones por tarjeta magnética

Los beneficiarios que deseen cobrar con tarjeta magnética pueden solicitar el servicio en las sucursales bancarias del país, presentando:

  1. Carné de identidad.
  2. Número del control bancario.

Para cobro de prestaciones por nómina electrónica

Deben presentar en instituciones de pago (sucursales bancarias, oficinas comerciales de Correos de Cuba o en CADECA):

  1. Carné de identidad.
  2. Número del control bancario.

Costos

No tiene costo.


Dónde presentar el trámite

  • Sucursales bancarias y cajas de ahorro de: Banco de Crédito y Comercio (BANDEC), Banco Popular de Ahorro (BPA) o Banco Metropolitano (BANMET).
  • Oficinas de Correos de Cuba.
  • CADECA

Horarios de atención

Horario de atención para el pago a jubilados en la institución pagadora en la que realicen sus cobros: Sucursal bancaria, Correos de Cuba o CADECA.


Tiempos de resolución

Inmediato.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuáles son los medios de pago para el cobro de pensiones?

  • Tarjetas magnéticas: Las tarjetas magnéticas han ido sustituyendo paulatinamente, desde el año 2015, a las chequeras de cobro, para el pago de las pensiones de la Seguridad Social. Se emiten en moneda nacional. Están dirigidas a beneficiarios de pensiones del INASS (Instituto Nacional de Asistencia y Seguridad Social) previamente coordinados con este organismo.
  • Nómina electrónica: La nómina electrónica sustituye la chequera de aquellos beneficiarios de prestaciones de la Seguridad Social que no se han acogido al cobro con tarjeta magnética. Este cambio de modalidad de pago ha venido realizándose desde agosto de 2020. En la nómina electrónica se relacionan los datos personales del beneficiario y el importe de su pensión.

2.- ¿Qué documentación deben presentar los beneficiarios de la Seguridad Social que cobran con chequera, para empezar a cobrar por nómina electrónica?

Los beneficiarios que cobran con chequera solo deben presentarse con su carné de identidad y la matriz de la chequera en la institución pagadora en la que realizan sus cobros: Sucursal bancaria, Correos de Cuba o CADECA.

3.- ¿Los jubilados y pensionistas que cobran con nómina electrónica pueden migrar al cobro con tarjeta magnética?

Sí. Se puede migrar de la nómina electrónica a las tarjetas magnéticas.

El cobro de la pensión a través de la nómina electrónica es una alternativa intermedia entre la chequera y la tarjeta magnética, pues esta última constituye un medio de pago más moderno y con mayores prestaciones.

Cualquier beneficiario de la Seguridad Social puede presentarse en la sucursal bancaria y solicitar el cambio a tarjeta magnética, la que, una vez obtenida, permitirá trasladar a su cuenta, de manera automática, los saldos pendientes de cobro respaldados en la nómina electrónica, siempre que las mensualidades no hayan prescrito.

4.- ¿El cobro mediante la nómina electrónica sustituye a las tarjetas magnéticas?

No. La nómina electrónica sustituye la chequera, no a las tarjetas magnéticas.

La nómina electrónica se implementará solo para los beneficiarios que cobran con chequera y no eliminará el pago para aquellos que lo hacen con la tarjeta magnética.

5.- Los jubilados y pensionistas que cobran sus pensiones en bodegas, al implementarse la nómina electrónica, ¿seguirán haciéndolo en estos comercios?

No. El pago de la pensión cobrado por sus beneficiaros en las bodegas, ha sido trasladado para su cobro en las sucursales bancarias, Oficinas de Correos o CADECA.

6.- Los jubilados y pensionistas que reciben el pago de sus pensiones en el domicilio, una vez implementada la nómina electrónica, ¿podrán seguir cobrando en estos?

Sí. Quienes reciben el pago en su domicilio continuarán con el servicio de la misma forma.

El gestor-pagador, para efectuar el pago, llevará la nómina impresa con los datos del beneficiario que tiene contratado el servicio.

7.- ¿Dónde se puede solicitar el pago a domicilio de las pensiones de jubilados y pensionistas?

Los interesados deben dirigirse a una sucursal bancaria u oficina de correo cercana al lugar de residencia, para solicitar el servicio de pago a domicilio, realizando un contrato con la entidad.

8.- ¿Quiénes pueden solicitar el pago de la pensión a domicilio?

Pueden solicitar el servicio de pago de pensión a domicilio los jubilados y pensionistas:

  • Que viven distantes de los centros de pago.
  • Con impedimentos para acercarse a la institución pagadora.

9.- ¿Puede un jubilado o pensionista cambiar de institución pagadora?

Sí. Los beneficiarios que estén distantes del centro de pago podrán solicitar el servicio de pago a domicilio o su reafiliación hacia otro centro de pago más cercano a su residencia.

10.- ¿Los jubilados o pensionistas que cobran con tarjeta magnética requieren cambiarla?

No. Las tarjetas magnéticas no requieren ser cambiadas ni actualizadas.

Solo en caso de extravío, deterioro o desmagnetización, las personas deben acudir a las sucursales bancarias o solicitar por vía electrónica la confección de una nueva tarjeta.

11.- ¿Los jubilados o pensionistas que cobran sus prestaciones de la Seguridad Social en las sucursales bancarias podrán cobrar en cualquier banco?

No. Los jubilados o pensionistas solo podrán cobrar en las sucursales bancarias que sean del banco donde están afiliados: Banco de Crédito y Comercio (BANDEC), Banco Popular de Ahorro (BPA), o Banco Metropolitano (BANMET).

Los beneficiarios que asiduamente cobran en sucursales del Banco de Crédito y Comercio (BANDEC) podrán efectuar el cobro en cualquier municipio del país.

Los beneficiarios que cobran en sucursales del Banco Popular de Ahorro (BPA) serán afiliados a la sucursal donde asiduamente realicen el cobro, por tanto, no podrán cobrar en otra sucursal.

Los beneficiarios que realizan sus cobros en el Banco Metropolitano (BANMET), en la capital, efectuarán el cobro en cualquier sucursal del banco, pero no podrán cobrar en sucursales de otros municipios del país, sin ser reafiliados.

12.- ¿Quiénes realizan el cobro de las pensiones a un familiar o amigo podrán continuar haciéndolo con la implementación de la nómina electrónica?

Quien realice el cobro de la pensión a un familiar o amigo mediante el uso de la chequera, una vez implementada la nómina electrónica deberá presentarse en la filial municipal del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS) de su municipio de residencia, para solicitar una Providencia, que es la autorización que le permitirá realizar el cobro de la pensión del beneficiario.

13.- Con el pago de las prestaciones de la Seguridad Social mediante la nómina electrónica, ¿es posible acumular varias mensualidades?, ¿cuántas?

Tal como establecen los procedimientos, es posible acumular hasta 4 mensualidades, o sea, tres meses anteriores al mes que se esté pagando y el propio mes de pago.

14.- ¿Las nóminas electrónicas soportan transferencias de saldo?

Las nóminas electrónicas no soportan transferencias de saldo porque no operan contra una cuenta de ahorro, como es el caso de las tarjetas magnéticas.

Es un servicio que muestra las mensualidades pendientes de cobrar, el importe de la pensión y los datos del beneficiario.

15.- ¿Cuáles son las ventajas de usar las tarjetas magnéticas?

Las ventajas para el uso de las tarjetas magnéticas son:

  1. Eliminan el cobro con las obsoletas chequeras.
  2. El beneficiario no requiere hacer extracción de la totalidad de su pensión al momento que se registre el depósito de la misma.
  3. El beneficiario puede realizar otros depósitos en la tarjeta, convirtiéndola en una cuenta bancaria que acumula intereses.
  4. Permite realizar todo tipo de transacciones en cajeros automáticos.
  5. Admite extracciones de efectivo en cajeros automáticos y en sucursales bancarias (TPV).
  6. Facilita el cobro de las pensiones. Se puede cobrar directamente en cajeros automáticos las 24 horas del día, los 365 días del año.
  7. Permiten realizar todo tipo de transacciones en cajeros automáticos.
  8. Permiten realizar pagos de créditos por la adquisición de electrodomésticos y otras prestaciones.
  9. Es una opción a la que el jubilado puede acceder voluntariamente.
  10. Pueden utilizarse para la compra de bienes y servicios en la red comercial.
  11. De cobrar mediante Transfermóvil o la Banca Telefónica, tienen la facilidad de comprobar si el dinero ya le fue depositado.

16.- ¿Cuáles son las ventajas de cobrar la pensión por nómina electrónica?

Las ventajas de cobrar la prestación de la Seguridad Social a través de la nómina electrónica son:

  1. Elimina el cobro con las obsoletas chequeras.
  2. Facilita los trámites a los beneficiarios, al evitar que anualmente tengan que preocuparse por hacer trámites adicionales, o para renovar la chequera o solicitar un duplicado en caso de extravío, deterioro u otros incidente.

17.- ¿Cómo será el pago para los beneficiarios de la seguridad social que se encuentren en el exterior y en su momento dejaron a un autorizado?

Los beneficiarios que se encuentran en el exterior y previamente dejaron a otra persona autorizada a efectuar el cobro de la pensión, no deben tener preocupación, pues el autorizado continuará cobrando con el modelo de Autorizo para Actuar por Cuenta Ajena y el carné de identidad.

La implementación de la nómina electrónica no implica cambios en los procedimientos de pago, pues solamente se elimina la chequera, por tanto, se mantienen vigentes los mismos documentos de autorización establecidos en los procedimientos administrativos, tanto para los centros de pago, como para las filiales del Instituto Nacional de Seguridad Social.


Fundamento Legal

  • Ley No. 105 de Seguridad Social de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Establece lo relativo a la Seguridad Social. (Gaceta Oficial No. 004 Extraordinaria del 22 de enero de 2009).
  • Decreto No. 283 del Consejo de Ministros. Reglamento de la Ley de Seguridad Social. (Gaceta Oficial No. 013 Extraordinaria de 2009).
  • Resolución No. 16 de la Ministra de Trabajo y Seguridad Social. Establece incrementar la pensión de los jubilados del Régimen General de Seguridad Social.

Referencia

Ministerio del Trabajo y la Seguridad Social MTSS

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2 comentarios en «Cobro de pensiones por jubilados y pensionistas en Cuba»

  1. Me jubilo en el mes de Enero del 2022,ya tengo un año trabajado con él incremento salarial. ¿quiero saber cómo calcular mi pensión y que decretos o leyes me amparan?

    • Hola Osmar,

      La pensión mínima por edad e invalidez total será de 1,528 pesos cubanos Y existe una escala salarial en correspondencia con la cuantía de la pensión por el Régimen General de Seguridad Social que se venía aplicando con anterioridad.

      Te recomendamos leer: Solicitud de pensión por edad.

      La Resolución que buscas es la No. 28 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, publicada en la Gaceta Oficial No. 69.

      Saludos

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