Visa de Visitante para viajar a Colombia desde Cuba

Actualizado el: 27 julio, 2022 por Cubatramite

Los ciudadanos cubanos interesados en solicitar una Visa de Visitante para viajar a Colombia deberán solicitar cita previa y posteriormente completar el Formulario de Solicitud de Visa a través de la plataforma digital concebida para este fin, para presentarse ante el Consulado de Colombia en La Habana.

Las categorías de Visa de Visitante (Visa V) que se expiden para ingresar a Colombia son:

  • Visa V Tránsito aeroportuario: se expide a extranjeros que aspiren a realizar tránsito directo en alguno de los aeropuertos de Colombia con destino a un tercer país. La permanencia autorizada en el aeropuerto será máximo por veinticuatro (24) horas, restringida estrictamente a zonas estériles o de tránsito directo en un solo aeropuerto con operación internacional.
  • Visa V Turismo: se expide exclusivamente para actividades de ocio, turismo o interés cultural, sin ánimo de establecer domicilio en el territorio nacional, por una estancia de 90 días prorrogables.
  • Visa V Negocios: se expide a extranjeros que pretendan realizar gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y constitución de sociedad comercial, negociación, celebración de contratos o representación comercial.
  • Visa V Estudiante: para realizar estudios presenciales, virtuales o a distancia, de educación en arte u oficio, preescolar, primaria, secundaria, media, educación para el trabajo y desarrollo humano, y educación superior; o para efectuar prácticas estudiantiles e intercambio académico por convenio entre entidades de educación superior.
  • Visa V Tratamiento médico: se expide para asistir en calidad de paciente o de acompañante a consulta, intervención o tratamiento médico y odontológico. Esta visa será otorgada para tratamientos específicos, priorizando aquellos de duración concreta que hagan parte de la oferta exportable de servicios médicos para extranjeros.
  • Visa V Trámites Administrativos y/o judiciales: para realizar trámites de carácter administrativo o judicial ante entidades o autoridades de Colombia o que se encuentran en Colombia.
  • Visa V Tripulante: se expide para trabajar en aguas jurisdiccionales colombianas como tripulante de embarcación, draga o en plataforma costa afuera.
  • Visa V Trabajador agrícola de temporada: se expide para desarrollar labores agrícolas de temporada bajo programas establecidos por el Ministerio de Agricultura o las Gobernaciones en concertación con el sector agrícola, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud y Protección Social, en los que se señalarán los cupos estimados disponibles y las labores en las que se requiere apoyo de mano de obra.
  • Visa V Eventos: se expide para asistir a convenciones y actividades empresariales, culturales o académicas como conferencista, expositor, participante, artista, deportista, jurado, concursante, organizador o personal logístico. No permite trabajar en el territorio colombiano.
  • Visa V Religiosa: para trabajar en el ejercicio del ministerio religioso o para ejercer como misionero de una entidad religiosa debidamente reconocida por el Estado colombiano.
  • Visa V Estudiante/Voluntario religioso: para ingresar y permanecer en el país como voluntario o estudiante en formación religiosa o para llevar a cabo estudios teológicos en instituto u organización de una iglesia o confesión religiosa debidamente reconocida por el Estado colombiano.
  • Visa V Voluntarios o cooperantes: para realizar voluntariado de carácter social o de cooperación para el desarrollo.
  • Visa V Producción cinematográfica o audiovisual: para participar en producciones cinematográficas o documentales de gran formato.
  • Visa V Nómada Digital: para prestar servicios de trabajo remoto o teletrabajo, desde Colombia, a través de medios digitales e internet, exclusivamente para empresas extranjeras, como independiente o vinculado laboralmente, o para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías de la información de interés para el país.
  • Visa V Cubrimiento Periodístico: para efectuar cubrimiento periodístico de corta duración en el país.
  • Visa V Corresponsal permanente: para desempeñarse en Colombia como corresponsal de prensa permanente de un medio extranjero.
  • Visa V Asistencia Técnica: para prestar asistencia técnica a persona jurídica en Colombia.
  • Visa V Empresarios TLC: para facilitar la movilidad de empresarios o personas de negocios, en aplicación de compromisos adquiridos por Colombia en el marco de Tratados de Libre Comercio suscritos y en vigor con otros Estados.
  • Visa V Oficiales no acreditados: para desempeñarse como oficial representante comercial de gobierno de Estado o territorio extranjero, o de agencia gubernamental especializada, en misión que no implique acreditación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Visa V Vacaciones y Trabajo: para visitar el territorio nacional bajo Acuerdos de Vacaciones y Trabajo suscritos por Colombia que se encuentren vigentes.
  • Visa V Práctica laboral: para realizar actividades de práctica laboral en empresas establecidas en Colombia.
  • Visa V Prestador de Servicios-obra o labor: para desempeñar labores temporalmente en Colombia bajo contrato de Prestación de servicios, obra o labor.
  • Visa V Fomento a la internacionalización: se expide para realizar actividades productivas, de innovación o investigación orientadas a la adopción o adaptación de tecnologías que complementen o desarrollen productos, procesos o servicios que contribuyan a fortalecer la competitividad del país; para actividades que contribuyan a incorporar el conocimiento a las prioridades de los planes de desarrollo nacional, regional y territorial; o para actividades o profesiones preestablecidas por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Atención al Ciudadano, que contribuyan a la internacionalización del país.
  • Visa V Rentista: para extranjeros que reciben una renta periódica y variable de fuente lícita acreditable.
  • Visa Tipo V de cortesía: diplomáticos, programa ICETEX, convenios internacionales, Ley de Cine, medida complementaria, u otros casos no previstos. En aplicación del principio de reciprocidad diplomática, para el titular de pasaporte diplomático u oficial de un Estado reconocido por Colombia, que ingresa al país de manera temporal a desarrollar actividades diferentes a las diplomáticas y que no impliquen remuneración económica en el país; o para cónyuge o compañero (a) permanente de funcionario activo de Carrera Diplomática y Consular de Colombia.

IMPORTANTE: El procedimiento de solicitud de visa para viajar a Colombia desde Cuba se realiza previamente en línea a través de la página web de la Cancillería. (Ver a continuación los pasos).


Índice de contenidos:

Requisitos

Paso 1: Reunir la documentación requerida para la solicitud de la Visa de Visitante en calidad de Turismo

Los documentos que se detallan a continuación deberán ser adjuntados al completar el Formulario de Solicitud de Visa online (Paso 2) y posteriormente deben ser presentados (originales y fotocopias impresas) en el Consulado de Colombia en Cuba el día y hora de la cita que le sea asignada:

Documentos generales para solicitud a título personal o con respaldo de persona natural:

  1. Una (1) foto de 3 x 4 cm, digital, a color, con fondo blanco, reciente, de frente, sin accesorios, rostro despejado, con expresión neutra, la cabeza completa y centrada; ambos ojos deben estar abiertos; ni el cabello ni accesorios deben cubrir la cabeza o el rostro; la imagen de la foto debe estar nítida y tener buena resolución.
  2. Pasaporte y fotocopia. El pasaporte debe tener una vigencia mínima de seis (6) meses al momento de la solicitud de la visa, debe encontrarse en buen estado y con hojas libres para estampar la etiqueta de visa, en los casos en que se requiera.
    • Fotocopia de la página principal del pasaporte (página que contiene los datos biográficos).
    • Fotocopia de la prórroga de visa estampada en el pasaporte, si corresponde.
    • Si ha viajado con anterioridad a Colombia, fotocopia de la visa anterior y fotocopia de la página del pasaporte donde haya sido estampado el último sello de ingreso y salida de Colombia.
  3. Pre reserva del boleto aéreo de entrada y salida de Colombia. No se debe pagar el boleto aéreo sin antes tener la visa.
  4. Carta del solicitante en la que informe, además de sus datos personales, la actividad que se propone realizar en el territorio nacional (detalles, participantes, duración, cronograma, ubicación, entre otros aspectos).
  5. Reserva de hotel, en caso de no hospedarse en el domicilio de algún anfitrión que respalde la solicitud.
  6. En caso de ser invitado, deberá aportar declaración del anfitrión colombiano o de un ciudadano extranjero, solo si es titular principal de visa de Residente Permanente (R), formalizada ante notario o cónsul colombiano, en la que señale el tipo de relación o vínculo con el extranjero y la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y la estancia del extranjero en el territorio nacional, detallando:  
    • Datos de identificación del solicitante de la visa y de la persona natural que respalda la solicitud (el anfitrión), así como sus datos de contacto: teléfono y dirección de correo electrónico.
    • Explicación concisa de la relación o vínculo existente entre ambos.
    • Explicación de la actividad o actividades que el solicitante se propone realizar en el territorio colombiano: detalles, participantes, duración y ubicación.
    • También deberá anotar los datos de otros ciudadanos extranjeros a quienes haya apadrinado; comprometerse ante el Gobierno Nacional a garantizar el regreso del extranjero a su país de origen o a informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional; e informar claramente su teléfono de contacto, dirección física y dirección electrónica.
    • Además:
      •  Si la relación o vínculo existente entre la persona que respalda la solicitud y el solicitante es de parentesco, deberán presentarse las certificaciones de registro civil que lo demuestren.
      • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía de la persona que respalda la solicitud, o de Extranjería si se trata de un extranjero Residente Permanente.
  7. Acreditar liquidez (solvencia económica) del solicitante y/o de la persona natural que formula la invitación mediante:
    • Extractos bancarios correspondientes a los seis (6) meses previos a la solicitud, que demuestren ingresos mensuales no inferiores a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
  8. Póliza de seguro particular con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto de permanencia en el territorio nacional.

Documentos para solicitudes de menores de edad o personas con discapacidad para obrar por sí mismas

  1. Acta de nacimiento que acredite el nombre de los padres o documento que acredite el nombre de las personas que ostenten la patria potestad o tutoría del menor. 
  2. Carta de solicitud de visa, firmada por uno de los padres o por el tutor legal donde además se identifique plenamente quién tendrá a cargo el cuidado personal del menor.
  3. Carta de aceptación de responsabilidad firmada por la persona autorizada para el cuidado del menor, cuando esta no sea el padre o la madre o no tenga la patria potestad o la tutoría.

Además, de acuerdo al tipo de Visa Visitante (V) que se esté solicitando se deberá incluir otros documentos, según proceda. Por ejemplo:

Para Visa V Estudiante:

  1. Certificado de admisión o matrícula en la institución educativa donde se indique el grado o programa para el que está admitido o matriculado y su duración.
  2. Cuando se trate de prácticas estudiantiles, remuneradas o no, comunicación de la institución educativa que la avale y señalando la duración de la actividad.

Para Visa V Tratamiento médico:

  1. Carta de la entidad de salud prestadora del servicio de salud en la que se informe el tipo de tratamiento y duración estimada de la fase de recuperación.
  2. Carta del extranjero señalando que los costos de su tratamiento y permanencia en Colombia serán sufragados por sí mismo o por la entidad extranjera que le respalda y en ningún caso generará servicios a cargo Sistema de Salud colombiano.
  3. Tanto el paciente como su acompañante deben contar con un seguro de viaje con cubrimiento en salud para Colombia por el tiempo previsto para su permanencia en el territorio nacional.

Para Visa V Trámites Administrativos y/o judiciales:

  1. Documento oficial que sustente el trámite que se encuentra realizando ante autoridad colombiana.

Paso 2: Solicitud de cita consular

Para trámites consulares, los interesados en solicitar una Visa de Visitante (VISA V) para viajar a Colombia deben solicitar cita previa a través del correo electrónico: clahabana@cancilleria.gov.co

Al solicitante se le comunicará el día y la hora en que deberá presentarse en el Consulado de Colombia en La Habana, en respuesta al correo enviado.


Paso 3: Completar el Formulario de Solicitud de Visa (Paso a Paso)

Antes de comenzar el llenado del Formulario de Solicitud de Visa, debe conocer que:

  • El Formulario de Solicitud de Visa (online) debe ser completado en los 3 o 4 días anteriores a la cita consular.
  • Debe disponer de una foto de 3 x 4 cm, a color, con fondo blanco, reciente, de frente, sin accesorios, rostro despejado, en formato JPG de máximo 300 KB.
  • Debe disponer de todos los documentos que deberá aportar en la solicitud (Ver Paso 1). Cada documento debe estar digitalizado de manera individual haciendo uso de escáner, en formato PDF, legible. Se sugiere que estén digitalizados en blanco y negro. El peso máximo permitido para el total de documentos a adjuntar no podrá exceder de 5MB. 
  • Al cargar los documentos, debe tener en cuenta el formato, tamaño y orden de cada uno para adjuntarlo. La omisión de algún documento o un error al adjuntar los mismos puede traer consigo la inadmisión de la solicitud, no siendo responsabilidad del Consulado General si debe modificar la fecha del vuelo.
  • Los documentos que se presenten como soporte para la solicitud de visa debe ser válidos y vigentes, y, excepto el pasaporte o documentos de viaje, deberán tener fecha de expedición no mayor a tres (3) meses antes del registro de la solicitud.
  • Cualquier imprecisión o equivocación en la información que suministre en el Formulario de Solicitud de Visa provocará la inadmisión de la solicitud y no le será reembolsado el pago que haya realizado por esta.  
  • El Formulario de Solicitud de Visa (online) funciona mejor en Internet Explorer 8 (o superior), Mozilla Firefox o Google Chrome.
  • Usted dispone de 30 minutos para realizar su solicitud en línea. Si no ha completado el formulario, la sesión caducará.

Iniciar el llenado del Formulario de solicitud de Visa para viajar a Colombia (online)

1.- Acceder al Formulario de Solicitud de visa para viajar a Colombia. En la parte superior del formulario podrá cambiar el idioma por el de su preferencia.

2.- Verá una pantalla en la que podrá revisar los requisitos para el trámite. Para continuar con la solicitud debe marcar la casilla “He leído”, que indica que ha leído los requisitos; de lo contrario no podrá continuar para completar el formulario de solicitud de visa.

3.- Ingrese su información personal en las secciones que aparecen en la pantalla:

  • Datos de Documento:
    • Número de Pasaporte.
    • País o Territorio Emisor (del pasaporte).
    • Fecha de Emisión (Día/Mes /Año).
    • Fecha de Expiración (Día/Mes /Año).
    • Autoridad (emisora del pasaporte).
  • Datos Personales:
    • Nombre(s).
    • Apellidos
    • Fecha de nacimiento (Día/Mes /Año).
    • País/Territorio de nacimiento.

Observaciones: si está creando una nueva solicitud de visa, no requiere completar información en el campo “Datos Solicitud”. Esta sección se utiliza exclusivamente para cambiar la información de una solicitud que ya ha sido creada con anterioridad y que requiere correcciones.

4.- Al terminar de ingresar los datos, debe leer el aviso de privacidad para el tratamiento de datos personales. Dé su consentimiento, marcando la casilla: “Consiento que mis datos personales sean transferidos en los términos que señala el presente aviso de privacidad”.

A continuación, realice la validación de seguridad marcando la casilla “No soy un robot”. Cuando se active el indicador de validación exitosa, dé clic en el botón “Continuar”.

5.- Se abrirá una nueva pantalla para Solicitud de Visa. Aparecerán datos que ya incluyó en la sección anterior. Continúe completando los datos que le solicitan en los siguientes campos.

  • Visa:
    • Solicitud de: seleccione “Visa”.
    • Tipo de visa: seleccione “Visitante (V)”.
    • Actividad de la visa: seleccione el tipo de Visa de Visitante (V) que desea solicitar.
    • Tipo de solicitud: seleccione “Individual” si va a aplicar a la visa de forma individual, o “Grupo Familiar”, si se presenta como titular de la visa e incluirá beneficiarios en su solicitud. En la solicitud de visa para grupo familiar se recomienda registrar primero la solicitud para el titular y luego las de los beneficiarios.
    • Tipo de solicitante: seleccione “Titular Principal” si los datos de la solicitud corresponden al titular de la visa.
    • Tramitado por: seleccione “Directamente por extranjero” o “Apoderado”, en dependencia de quien esté tramitándole la solicitud de visa. En caso de que quien esté realizando la solicitud sea un apoderado, a continuación se desplegarán otros campos en los que se deberán completar información personal de apoderado: tipo de documento de identificación, número del documento, nacionalidad, nombre, apellidos, empresa, dirección, teléfono y correo electrónico.

Al terminar de introducir los datos que deberá completar en la sección, dé clic al botón “Continuar”.

6.- Se abrirá una nueva pestaña en la que comprobará que aparecen algunos datos introducidos con anterioridad y deberá completar los siguientes campos correspondientes a:

  • Datos personales:
    • Sexo: seleccione femenino o masculino.
    • Estado Civil: seleccione entre casado(a), divorciado(a), soltero(a), unión libre o viudo(a). En caso de indicar casado(a) o en unión libre, deberá añadir otros datos de la esposa(o)/compañera(o) permanente.
    • ¿Tiene otra nacionalidad?: indique SÍ o NO. Si indica que SÍ, deberá añadir nacionalidad y número de pasaporte.
    • ¿Tiene hijos?: indique SÍ o NO. Si usted indica que SÍ, deberá completar información sobre tipo de documento con el que se va a identificar, número de documento, nacionalidad, nombre y apellidos (de cada hijo, si es más de uno).
  • Formación académica:
    • Nivel Académico.
    • Área de Conocimiento.
    • Subárea de Conocimiento.
  • Datos de Domicilio en el país de origen o de residencia:
    • País.
    • Ciudad/Municipio: En el espacio asignado incluya al menos 3 caracteres de la ciudad para que se active el campo y muestre las ciudades y municipios correspondientes. Dé clic al icono de buscar.
    • Dirección.
    • Teléfono.
    • Tipo de Régimen de Vivienda: seleccione entre los siguientes “Arrendada, Propia u Otra”, según corresponda.
  • Datos de domicilio en Colombia:
    • País.
    • Ciudad/Municipio: En el espacio asignado incluya al menos 3 caracteres de la ciudad para que se active el campo y muestre las ciudades y municipios correspondientes. Y dé clic al icono de buscar.
    • Dirección prevista en Colombia: indique la dirección del domicilio u hotel donde se hospedará durante su estancia en Colombia.
    • Teléfono Previsto en Colombia.
    • Tipo de Régimen de Vivienda: seleccione entre los siguientes “Arrendada, Propia u Otra”, según corresponda.
  • Gastos: deberá indicar quién cubre los gastos de viaje y subsistencia durante su viaje y permanencia en Colombia: seleccione entre los siguientes: “Por el propio solicitante” o “Por un patrocinador (familiar, anfitrión, empresa u organización)”, u “Otro”, según corresponda. Si selecciona “Otro”, se abrirá un nuevo campo en el que deberá especificar quién.
  • Redes Sociales: conteste SÍ o NO a la siguiente pregunta “¿Tiene Redes Sociales?”. Si indica que SÍ, deberá añadir el o los usuarios de las redes sociales que posea a su nombre: Facebook, Instagram, Twitter, u Otra.

A continuación indique el correo electrónico en el cual desea recibir notificaciones sobre el estado de su trámite. Evite introducir un correo institucional o de terceras personas.

Al terminar de introducir los datos que deberá completar en la sección, dé clic al botón “Continuar”.

7.- Se abrirá una nueva pestaña en la que deberá completar los siguientes campos correspondientes a:

  • Información Laboral:
    • Anfitrión: indique “Personal”, “Familiar”, “Amigo” o “Empresa”, según corresponda.
    • Actividad en Colombia: seleccione el tipo de actividad que desea realizar.
  • Solicitudes Anteriores:
    • ¿Ha tenido visa colombiana?: indique SÍ o NO. Si usted indica que SÍ, deberá completar información sobre el tipo de visa que ha obtenido con anterioridad, número, fecha de expedición, fecha de expiración y lugar de expedición.
    • ¿Le ha sido negada alguna solicitud de visa anteriormente?: indique SÍ o NO. Si usted indica que SÍ, deberá completar información sobre el tipo de visa que le ha sido negada y la fecha de negación de la misma.
    • ¿Le ha sido cancelada/inadmitida alguna visa?: indique SÍ o NO. Si usted indica que SÍ, deberá completar información sobre la clase de visa cancelada o inadmitida, y la fecha de cancelación o inadmisión, según corresponda.

Al concluir de introducir los datos que deberá completar en la sección, dé clic al botón “Continuar”.

8.- Se abrirá una nueva pestaña en la que deberá completar los siguientes campos correspondientes a:

  • Información Adicional:
    • ¿Ha sido expulsado de Colombia alguna vez?
    • ¿Ha sido deportado de Colombia alguna vez?
    • ¿Ha tenido o tiene procesos penales en su contra?
    • ¿Alguna vez ha permanecido en Colombia sin visa que lo autorice?
    • ¿Usted tiene o ha tenido cédula de extranjería en Colombia?

A todas las preguntas anteriores, debe responder SÍ o No. Si responde SÍ, se le abrirá automáticamente un campo para que especifique o amplíe la información que corresponda.

  • Familiares en Colombia:
    • ¿Algún familiar suyo reside en Colombia? indique SÍ o NO. Si usted indica que SÍ, deberá completar más información, se abrirán automáticamente varios campos para que añada información de su familiar: parentesco, y tipo de Visa (seleccione ente las opciones que le indican: migrante, ciudadano, residente, negocios, preferencia, temporal, visitante), nombre completo y nacionalidad (indique la nacionalidad de origen).
  • Información de Salubridad COVID-19:
    • ¿Al momento de realizar esta solicitud se encuentra fuera de Colombia?: indique SÍ o NO. Si responde SÍ, se abrirán automáticamente varios campos para que responda si ha estado en algunos países (que se indican) en los últimos 14 días. Si indica SÍ a esta pregunta, se abrirán otros campos que deberá ir respondiendo . Por ejemplo: ¿Ha tenido fiebre, tos, secreciones nasales o malestar general en los últimos 14 días? ¿Tuvo contacto con personas que tuvieran síntomas de enfermedad respiratoria o fiebre? 

Al terminar de introducir los datos que deberá completar en la sección, dé clic al botón “Continuar”.

9.- Se abrirá una nueva pantalla en la que deberá cargar una foto digital. La foto debe ser reciente a color con fondo blanco de 4 x 3 cms. Debe estar mirando de frente a la cámara y la cabeza debe salir centrada y completa. Ambos ojos deben salir abiertos y las orejas deben ser visibles. No deben salir destellos en la foto, no permitir que el cabello u otros accesorios cubran el rostro. El formato de la imagen a subir debe ser en JPG y tener un tamaño máximo de 300 KB. Si ha tenido una visa con anterioridad, no puede usar la foto de la visa anterior.

10.- A continuación deberá adjuntar los documentos relacionados en una lista que dependerá del tipo de visa que está solicitando. Los documentos deberán estar digitalizados en formato PDF y deben ser añadidos en el orden en que aparecen en el listado. Tenga en cuenta que modificar el orden de los documentos puede afectar el resultado de su solicitud.

Escoja la ubicación donde tiene guardados los documentos en su computadora. Cargue los documentos uno por uno. Cada vez que cargue un documento de forma satisfactoria aparecerá un mensaje donde se indicará: El documento (nombre del documento) ha sido cargado.

Si desea adjuntar más documentos, nuevamente ingrese a la opción “Seleccionar” y adjunte un nuevo documento, uno a uno se verán listados en la pantalla.

IMPORTANTE: Para terminar el proceso de solicitud de visa en línea es necesario cargar la foto y adjuntar todos los documentos de soporte requeridos para su Visa, de lo contrario no podrá admitirse su solicitud.

Al terminar de introducir los documentos correctamente, dé clic al botón “Continuar”.

11.- El sistema le llevará a una pantalla de confirmación. Revise la información que aparece. Si la información no es correcta, dé clic en el botón “Atrás” y rectifíquela.

Si la información es correcta, dé clic sobre el botón “Guardar”.

Observaciones: Al terminar de llenar el Formulario, el sistema le asignará de manera automática un número de registro de la solicitud, que recibirá en el correo electrónico idicado por usted.

12.- Se abrirá una nueva pantalla en la que deberá continuar con el registro de liquidación de pago para concluir su solicitud.

En la pantalla le aparecerá un mensaje en que le informarán “Su solicitud de visa se ha registrado exitosamente, el número de su solicitud es (se indica el número). Conserve este número para actualizar o consultar su solicitud”. “Se envió un correo electrónico a la dirección (se indica dirección de correo electrónico) con la información de la solicitud de visa”.

A continuación aparecerán varios campos donde podrá ver el tipo de trámite que está solicitando, y el número de solicitud asignado.

Debe completar los siguientes campos:

  • Solicitud Ante: en el que deberá seleccionar la oficina ante la cual solicitará el estudio de su visa (Bogotá o Consulado). Debe escoger Consulado La Habana.
  • Pago en: elija el medio de pago.

Haga clic en el botón “Continuar” y recibirá en su correo electrónico todas las instrucciones y notificaciones concernientes al trámite de solicitud de su visa.


Paso 4: Entrevista en el Consulado de Colombia en La Habana, Cuba

Presentarse en el Consulado de Colombia en Cuba el día y hora indicados en la respuesta recibida en su correo electrónico al solicitar cita previa (Ver Paso 2), con la documentación que se le ha indicado según el tipo de Visa de Visitante (V) que está solicitando.


Costos

El trámite de visa incluirá dos etapas de pago, una correspondiente al estudio de la solicitud y la otra, correspondiente a la de expedición de la visa en caso de ser autorizada.

Por el pago de la tasa de estudio: Una vez completado el formulario electrónico de solicitud de visa para viajar a Colombia, y adjuntados todos los documentos, la plataforma generará un número de referencia con el cual el solicitante procederá a pagar dentro de los quince (15) días calendario siguientes: 40 euros para todos los estudios de solicitud de Visas V, menos para el estudio de la solicitud de la Visa V de Intercambio académico, estudios en artes u oficios y posgrados, que tendrán un costo de 12 euros.

Por el pago de la tasa de expedición de la visa: Una vez que se ha autorizado la visa, el titular tendrá hasta quince (15) días calendario para efectuar el pago que corresponda:

  • Visa de tránsito aeroportuario: 52 euros.
  • Visa de Turismo: 63 euros.
  • Visa Negocios: 188 euros.
  • Intercambio académico, estudios en artes u oficios y posgrados: 40 euros.
  • Tratamiento médico y acompañante: 131 euros.
  • Trámites administrativos o judiciales: 131 euros.
  • Tripulantes de embarcación: 131 euros.
  • Participante de eventos: 131 euros.
  • Pasante / practicante: 131 euros.
  • Voluntario Cooperante: 131 euros.
  • Producción audiovisual: 131 euros.
  • Cubrimiento periodístico: 131 euros.
  • Prestación de servicios temporales: 131 euros.
  • Transferencia intracorporativa: 188 euros.
  • Oficial o representante comercial de gobierno extranjero: 188 euros.
  • Casos No previstos: 131 euros.

Más información en: Costos y medios de pago.


Dónde presentar el trámite

Para el pago por el estudio de la solicitud y por la expedición de visa

En Línea:

Desde el sitio web para pagos online de la Cancillería de Colombia:

  • Pago electrónico PSE (Pagos Seguros en Línea): para hacer uso del Proveedor de Servicios Electrónicos PSE debe contar con una cuenta bancaria en Colombia habilitada para realizar transacciones electrónicas. Deberá cumplimentar una serie de pasos para ser redirigido a la sucursal virtual de su entidad financiera donde debe confirmar el monto y el correspondiente pago. (Ver guía para el pago).
  • Pago con Tarjeta de Crédito Visa o Mastercard: el pago podrá realizarse con cualquier tarjeta de crédito internacional. (Ver guía para el pago).

Presencial en:

  • El Banco Metropolitano: El importe se podrá abonar en efectivo o mediante pago con tarjeta bancaria en pesos cubanos según la tasa de cambio del día.

Para la entrevista de expedición de la Visa de Visitante V

Presencial en:

  • El Consulado de Colombia en Cuba:
    • Dirección: Calle 14 No. 515 e/ 5ª y 7ª, Miramar, La Habana, Cuba.

Horarios de atención

Del Consulado de Colombia en Cuba:

  • De lunes a viernes: de 8:00 am a 1:00 pm se reciben los trámites consulares y de 2:00 pm a 3:00 pm se hace entrega de los documentos tramitados.

Tiempos de resolución

Una vez que se ha completado el Formulario de Solicitud de Visa para viajar a Colombia, con el aporte de todos los documentos exigidos, y cumplimentado con el pago correspondiente por el estudio de la solicitud, la Autoridad de Visas e Inmigración tendrá hasta treinta (30) días calendario para emitir el pronunciamiento.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuál es la vigencia de la Visa de Visitante (Visa V) para viajar a Colombia?

La Visa de Visitante (V) permite múltiples entradas y tránsitos, durante su vigencia, pero difiere según el tipo de visa solicitada:

  • Visa V Tránsito aeroportuario: hasta treinta (30) días para múltiples tránsitos.
  • Visa V Turismo: hasta un (1) año, con una estancia autorizada en Colombia hasta por 90 días, prorrogables por otros 90 días calendario, continuos o discontinuos. La estancia en Colombia no podrá ser nuevamente prorrogada al completar los 180 días calendario, continuos o discontinuos, dentro de los trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, contados a partir de la expedición de la visa.
  • Visa V Negocios: hasta dos (2) años. La permanencia en el territorio nacional será de máximo 180 días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en los trescientos sesenta y cinco (365) días calendario a partir de la expedición de la visa.
  • Visa V Estudiante: hasta dos (2) años. La permanencia en el territorio nacional autorizada será igual al tiempo de vigencia de la visa. Excepto para la formación virtual o a distancia, la ausencia del país por más noventa (90) días calendario dará lugar a la terminación automática de la visa.
  • Visa V Tratamiento médico: hasta un (1) año y no será prorrogable en el territorio nacional. La visa V otorgada en esta categoría se considera de turismo y la permanencia en el territorio colombiano no podrá superar los ciento ochenta (180) días calendarios continuos o discontinuos.
  • Visa V Trámites Administrativos y/o judiciales: hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Tripulante: hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Trabajador agrícola de temporada: hasta 180 días. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Eventos: hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será de máximo ciento ochenta (180) días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en los trescientos sesenta y cinco (365) días calendario desde la expedición de la visa.
  • Visa V Religioso: hasta dos (2) años.
  • Visa V Estudiante/Voluntario religioso: hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Voluntarios o cooperantes: hasta dos (2) años. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa. La ausencia del país por noventa (90) días calendario o más conllevará a la terminación anticipada de la visa.
  • Visa V Producción cinematográfica o audiovisual: hasta un (1) año. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Nómada Digital: hasta por dos (2) años.
  • Visa V Cubrimiento Periodístico: hasta un (1) año. La permanencia otorgada para cubrimiento periodístico de corta duración o para permanecer temporalmente como corresponsal de prensa de medio extranjero no podrá superar los ciento ochenta (180) días calendarios continuos o discontinuos.
  • Visa V Corresponsal permanente: hasta dos (2) años. La permanencia en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Asistencia Técnica: hasta dos (2) años. La permanencia en el territorio nacional será de máximo ciento ochenta (180) días calendario, continuos o discontinuos, improrrogables en cada trescientos sesenta y cinco (365) días calendario desde la expedición de la visa.
  • Visa V Empresarios TLC: hasta dos (2) años. La permanencia autorizada en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Oficiales no acreditados: hasta dos (2) años. La permanencia autorizada en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Vacaciones y Trabajo: hasta un (1) año, pudiendo permanecer su titular en el territorio colombiano durante todo el tiempo de vigencia de la visa. La visa V otorgada en esta categoría concede permiso de trabajo abierto.
  • Visa V Práctica laboral: hasta un (1) año.
  • Visa V Prestador de Servicios-obra o labor: hasta dos (2) años.
  • Visa V Fomento a la internacionalización: hasta dos (2) años. La permanencia autorizada en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa V Rentista: hasta dos (2) años. La permanencia autorizada en el territorio nacional será igual al tiempo de vigencia de la visa.
  • Visa Tipo V de cortesía: hasta dos (2) años.

El salario mínimo legal mensual vigente para el año 2022 (SMLMV) en Colombia es de un millón ($1,000,000.00) de pesos colombianos, lo que aproximadamente serían $257.28 USD.

3.- Si me han otorgado una Visa de Visitante, ¿puedo tramitar un visado a un familiar como beneficiario?

Las Visas de Visitante (V) que NO permiten a su titular principal solicitar visa para beneficiarios son: Visas V de Tránsito aeroportuario, Turismo, Negocios, Estudiante, Tratamiento médico, Trámites Administrativos y/o judiciales, Tripulante, Trabajador agrícola de temporada, Eventos, Estudiante/Voluntario religioso, Producción cinematográfica o audiovisual, Cubrimiento Periodístico, Asistencia Técnica, Vacaciones y Trabajo, Práctica laboral, y las de cortesía:

Sin embargo, existen determinadas Visas V con las que SÍ se le permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios, como son: Visas V para Religioso, Nómada Digital, Corresponsal permanente, Empresarios TLC, Oficiales no acreditados, Prestador de Servicios-obra o labor, Fomento a la internacionalización y Rentista; siempre y cuando los familiares sean dependientes económicos del titular principal de una visa.

En el caso de la Visa V Voluntarios o cooperantes, podrá ser otorgada a beneficiarios de su titular principal únicamente cuando se considere plenamente justificada.

4.- ¿Cuál es la vigencia de la visa otorgada a un beneficiario del titular de una visa?

La vigencia de la visa otorgada en calidad de beneficiario no podrá exceder la de la visa otorgada al titular y expirará al mismo tiempo que esta, sin necesidad de pronunciamiento expreso de autoridad competente.

5.- ¿Quiénes son considerados familiares que podrán ser beneficiarios de una visa aprobada a su titular? ¿Cuál es la documentación que deberán presentar para hacer la solicitud?

Los familiares que podrán ser beneficiarios del titular principal de una visa son aquellos que dependan económicamente de este, como son: el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad; o hijo(a) que presente alguna discapacidad física o mental.

Y además de los requisitos generales dispuestos para todo tipo de visa, el beneficiario deberá presentar:

  • Copia de la visa del titular principal de la cual desea ser beneficiario.
  • Copia Auténtica del Acta o Registro Civil que demuestre el parentesco, vínculo familiar o marital con el titular principal.
  • Carta de solicitud de visa para el beneficiario firmada por el titular principal en la que declare: dependencia y responsabilidad económica por los gastos de viaje y de estadía del beneficiario en el territorio nacional.

6.- Si viajo a Colombia con una Visa de Visitante en calidad de Turismo, ¿puedo trabajar?

No. La Visa de Visitante (V) en calidad de Turismo no permite trabajar en el territorio colombiano.

Las Visas de Visitante de tipo V que sí conceden un permiso de trabajo lo limitan exclusivamente para el evento, proyecto, embarcación, práctica, misión, oficio o cargo y entidad con la cual se otorgue la visa de visitante.

7.- Estoy siendo invitado por una empresa en Colombia, ¿el trámite debo realizarlo en Cuba o mi anfitrión debe tramitarlo en Colombia?

Cuando la solicitud de Visa de Visitante de tipo V ser realiza con respaldo de una persona jurídica (empresa, organización, entidad, institución, etc), deberá ser solicitada directamente en Colombia por la persona jurídica responsable del solicitante, en la ciudad de Bogotá D.C. en la Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100, piso 3, de lunes a viernes de 7:30 am a 12:00 m y en el último día hábil del mes de 7:30 am a 10:30 am; previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Presentar comunicación motivada suscrita directamente por el representante legal de la persona jurídica actuando en nombre de esta, que contenga claramente la siguiente información:

  • Identificación plena de la persona jurídica señalando el NIT en caso de estar constituida en Colombia y datos de contacto.
  • Identificación completa del extranjero.
  • Carta del representante legal de la persona jurídica que respalda la solicitud en la que se señale la actividad que el extranjero se propone realizar en Colombia, su duración, el tipo de relación o vínculo de la persona jurídica con el extranjero y señalando quién asume la responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en el territorio nacional. En dicha comunicación también se deberán anotar los datos de otros ciudadanos extranjeros a quienes la empresa o persona jurídica haya respaldado. La persona jurídica deberá comprometerse, además, ante el Gobierno Nacional a garantizar el regreso del extranjero a su país de origen o a informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional.
  • Explicación de la relación o tipo de vínculo con el extranjero para quien se solicita la visa y de la especial cualificación o experticia de este, en caso de haberla.
  • Declaración de responsabilidad económica por los gastos inherentes al desplazamiento y estadía del extranjero en Colombia, en la cual además la persona jurídica asuma el compromiso de informar a la Autoridad de Visas inmediatamente que ocurra cualquier cambio en las condiciones por las cuales se otorgó la visa, de garantizar el regreso del extranjero a su país de origen y de informar si el extranjero permanece irregular en el territorio nacional. Esta declaración deberá ser formalizada ante notario o cónsul colombiano o ante autoridad competente extranjera en cuyo caso deberá ser apostillada o legalizada, según corresponda.

2. Cuando la persona jurídica que respalda la solicitud sea privada y constituida en el extranjero, se deberá aportar certificado de existencia, incorporación o constitución y representación legal o documento que haga sus veces, con las formalidades previstas para la presentación de los documentos extranjeros.

3. Acreditar liquidez de la persona jurídica mediante extractos bancarios correspondientes a los tres (3) meses previos a la solicitud. Cuando se trate de entidad pública no será necesario cumplir con este requisito.

4. En el caso de los solicitantes de Visa V para Nómadas Digitales, Emprendedores y Trabajadores remotos, se aceptarán como respaldo las comunicaciones en español o en inglés, expedidas por la empresa extranjera para la cual preste sus servicios, en la que se indique el tipo de vínculo y el tipo de remuneración que recibe el solicitante. En todo caso, el solicitante deberá demostrar mediante extractos bancarios que cuenta con ingresos mínimos equivalentes a tres (3) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).

8.- Al presentar toda la documentación que se exige, ¿automáticamente me otorgan la visa?

No. El cumplimiento y presentación de la totalidad de los requisitos y documentación no tiene por consecuencia el otorgamiento automático de la visa.

Además, la Autoridad de Visas tendrá la potestad para solicitar documentación adicional y realizar entrevistas en los casos en que lo estime conveniente.

9.- ¿Dónde puedo consultar el estado de mi solicitud de visa para viajar a Colombia?

Para consultar el estado de su solicitud de visa usted debe ingresar a: Estado de Solicitud.

Una vez que haya ingresado a la página deberá completar los campos que aparecen. Debe incluir:

  • Tipo de documento.
  • Número de documento.
  • Nacionalidad.
  • Número de registro de la solicitud: el que le fue asignado al completar el Formulario de Solicitud de Visa.

10.- Una vez que me ha sido otorgada la visa, ¿la admisión a Colombia es segura?

No. La visa autoriza el ingreso de su titular a Colombia, pero si la autoridad de control migratorio considera alguna causal de inadmisión o rechazo podrá negar el ingreso.

Se exceptúan de no ser admitidos los portadores de Visa de Visitante (V) para Tránsito Aeroportuario, considerando que la misma es exclusiva para la llegada y la permanencia en las zonas de tránsito internacional de los aeropuertos con operación internacional y no se consideran como un ingreso al territorio nacional en términos migratorios.

11.- Mi solicitud de visa ha sido inadmitida, ¿me devuelven la documentación que he presentado en el Consulado?

Sí. La visa podrá ser inadmitida cuando la Autoridad de Visas e Inmigración decide no autorizar una expedición de visa porque la solicitud ha sido presentada de forma incompleta. En este supuesto se le indica al solicitante los requisitos que deberá incluir, se le devuelve la documentación que ya ha presentado y se radica la solicitud hasta tanto el interesado pueda presentar una nueva solicitud.

12.- ¿Los documentos a presentar deberán estar legalizados?

Todos aquellos documentos oficiales emitidos en Cuba deberán estar legalizados, excepto las certificaciones o extractos bancarios, pasaporte, cartas de solicitud, boletos, reservas de hotel.

13.- ¿Cuáles son los requisitos de ingreso a Colombia por los extranjeros no residentes, como medida para evitar la propagación de la COVID-19?

El Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Transporte han dispuesto que desde el 14 de diciembre de 2021 los extranjeros no residentes en Colombia (mayores de 18 años) al momento de ingresar al país deban presentar:

  • Carné de vacunación donde se evidencie el esquema de vacunación contra la COVID-19, completo al menos 14 días antes de la fecha de entrada al país.
  • En caso de que no se tenga el esquema completo de vacunación o que no cumpla los 14 días de haber terminado el esquema, podrá ingresar al país presentando una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor a 72 horas antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada.
  • Completar el formulario Check-Mig de Migración Colombia. Se debe realizar 72 horas antes de su vuelo y hasta una hora antes del cierre del mismo, para facilitar la atención en el Puesto de Control Migratorio.

IMPORTANTE: Los viajeros que no hayan iniciado un esquema de vacunación no podrán ingresar a Colombia.

14.- ¿Las vacunas cubanas contra la COVID-19 están autorizadas en Colombia?

No. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) de Colombia aún no ha autorizado las vacunas del Instituto Finlay contra la COVID-19.

Las vacunas autorizadas por Colombia son aquellas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud y que podrán ser consultadas en el sitio web de la Organización Panamericana de la Salud.

Las vacunas del Instituto Finlay contra COVID-19 no han sido autorizadas por la OMS, la Agencia Europea de Medicamentos [EMA], la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de Argentina, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) de Brasil, Health Canadá, el Instituto de Salud Pública (ISP) de Chile, la Administración de Medicamentos y Alimentos de EEUU, y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de México.

A la fecha solamente han sido autorizadas por Irán, con quien Cuba ha firmado un Acuerdo para realizar ensayos clínicos y producir la vacuna Soberana 02.

Ver información actualizada en el siguiente enlace: Vacunas del Instituto Finlay contra COVID-19.

15.- ¿El Consulado de Colombia en La Habana está emitiendo Visados de Tránsito Aeroportuario?

El pasado 15 de febrero de 2022 el Consulado de Colombia en Cuba informó que, en correspondencia con las capacidades de tramitación consular, no se aceptarán nuevas solicitudes de Visados de Tránsito hasta que sean respondidos, según proceda, los mensajes de solicitud que han sido recibidos hasta las 24:00 horas del viernes 11 de febrero de 2022.

Las personas que enviaron sus mensajes de solicitud antes de las 24:00 horas del viernes 11 de febrero de 2022 y aún no disponen de cita consular recibirán respuesta gradualmente según proceda.

Además, aseguran que este proceso de respuestas o citaciones podrá dilatarse por varios meses.

Los interesados en Visas de Tránsito Aeroportuario que no cuenten con cita consular, ni hicieron su solicitud de cita por el correo institucional antes reseñado, con anterioridad a las 24:00 horas del viernes 11 de febrero de 2022, deberán esperar nueva información, lo cual podría demorar varios meses.

16.- ¿Dónde puedo obtener más información o aclarar dudas sobre el trámite de visados en el Consulado de Colombia en La Habana?

  • Dirección: Calle 14 No. 515 e/ 5ª y 7ª avenidas, Miramar – La Habana, Cuba.
  • Teléfonos 7204 1246 / 7204 1247 / 7204 1249 / 7204 7741
  • Facebook: ConsuladodecubaenColombia.
  • Sitio web: Embajada de Colombia en Cuba.
  • Para más información de trámites y servicios: escriba a Ayuda de la Cancillería de Colombia.


Referencia

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