Pasaporte cubano provisional

Actualizado el: 18 octubre, 2022 por Cubatramite

El pasaporte corriente provisional cubano brinda a los nacionales cubanos que se encuentran en el exterior la posibilidad de identificarse y trasladarse a otros países o retornar a Cuba, cuando por alguna razón se vean imposibilitados de solicitar, de forma presencial, el pasaporte provisto con soporte de identificación biométrica.

Los nacionales podrán solicitar el pasaporte corriente provisional ante las representaciones diplomáticas y consulares u otras oficinas en el exterior autorizadas al efecto, y se le otorgará previa consulta con la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior, según Artículo 25.1 del Decreto 330 de 2015.


Requisitos

  1. Llenar y enviar el formato digital de solicitud.
  2. Pasaporte anterior expedido después al 1 de julio de 2001.
  3. Fotocopia de su pasaporte vencido y el original. En su defecto, la certificación de nacimiento o prueba documental sobre la adquisición de la ciudadanía cubana.
  4. Escritura Pública de autorización formalizada ante notario, de los padres o representantes legales, en caso de menores de 18 años de edad o incapaces.
  5. Dos fotos a color tipo pasaporte de alta resolución con fondo claro, de frente, con rostro y cabeza descubiertos y sin espejuelos oscuros.
  6. Firma del solicitante. Solo en caso de los mayores de 16 años de edad.
  7. Fotocopia de su carné consular.
  8. Un sobre con suficientes sellos y su dirección para que le envíen el pasaporte de vuelta por correo certificado.
  9. Abonar el arancel consular estipulado para este servicio por medio de transferencia bancaria a la cuenta del consulado que le corresponda.

Costos

Abonar el arancel consular estipulado para los servicios que ofrecen los consulados de Cuba en el exterior.

  • El costo pasaporte temporal cubano por un (1) año es menor que el del pasaporte corriente por seis (6) años. Se recomienda contactar con el Consulado de Cuba en el exterior del país donde reside.
  • Costo por la verificación de solicitud de pasaporte en la DIIE: se aplica una tarifa de: 25,00 USD, 25,00 euros, o 20,00 USD en el caso de Estados Unidos.

Dónde presentar el trámite

Debe solicitarse en los Consulados de Cuba en el Exterior. La solicitud puede ser presentada, por correo ordinario.


Horarios de atención

De lunes a viernes: de 9:00 am a 1:00 pm.


Tiempos de resolución

El tiempo aproximado que demora el Centro Emisor de Pasaportes, en La Habana, en hacer llegar los pasaportes provisionales a los consulados de Cuba en el exterior, es de 2 meses.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Qué tiempo de vigencia posee el pasaporte corriente provisional cubano?

El pasaporte corriente provisional cubano expira en un (1) año a partir de su emisión o cuando su titular entre a Cuba, aunque no haya transcurrido el año de vigencia.

2.- ¿Puedo ingresar y salir de Cuba con un pasaporte corriente provisional cubano?

Los titulares de un pasaporte corriente provisional cubano que ingresen a Cuba, para salir del país están obligados a solicitar y obtener un pasaporte corriente, provisto con soporte de identificación biométrica.


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Fundamento Legal

  • Leyes de Migración de Cuba. (Gaceta Oficial No. 44 Ordinaria de 2012).
  • Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios.
  • Decreto No. 330/2015 de Consejo de Estado. Modifica el Decreto No. 26 “Reglamento de la Ley de Migración”. (Gaceta Oficial No. 29 Extraordinaria de 2015).
  • Resolución No. 328/2017 (con fecha 28 de diciembre de 2017). Se unificó en un solo texto legal todas las disposiciones relativas al Arancel Consular y los procedimientos para su aplicación. La presente Resolución entró en vigor el 1 de enero del año 2018.

Referencia

Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba. MINREX

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