Compra de bienes y artículos en la modalidad de pago a plazos

Actualizado el: 14 agosto, 2022 por Cubatramite

La venta minorista a plazos es una modalidad de pago de bienes duraderos y otros artículos cuyos precios superen los dos mil quinientos pesos ($2500 CUP), destinada a las personas naturales en Cuba, sin que para ello medie una entidad financiera.


Índice de contenidos:

Requisitos

Las personas naturales, para adquirir los artículos, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano cubano con domicilio permanentemente en el país.
  2. Residir en la provincia donde se solicite la venta a plazos.
  3. Tener más de 18 años de edad y capacidad legal y de pago para concertar obligaciones.
  4. Tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados.
  5. Haber cumplido o estar cumpliendo otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta.

Además, deberán presentar los siguientes documentos:

  1. Documento de identidad.
  2. Documentos que avalen los ingresos:
    • Certificación del salario devengado, emitida por el centro de trabajo.
    • Declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales, en el caso de los trabajadores por cuenta propia.
    • Certificación de los ingresos, emitida por la Dirección de Trabajo o filial del Instituto Nacional de Seguridad Social, de los pensionados o beneficiarios de la asistencia social.
    • Los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, deben presentar los datos personales y el compromiso de la persona que los asiste para el pago.
  3. Datos personales y certificación de la capacidad de pago de un fiador.

Costos

El costo del artículo o bien adquirido, más una tasa máxima de interés del 2.5% sobre el importe.


Dónde

En los establecimientos minoristas estales con la modalidad de ventas a plazos.


Horarios de atención

El horario establecido por cada establecimiento minorista.


Tiempos de resolución

El establecimiento minorista dispone de un término de hasta diez (10) días hábiles para verificar la documentación presentada, firmar un compromiso de tramitación de la solicitud e informar al cliente de su resultado.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Qué artículos o bienes se han previsto para la venta plazos?

La venta minorista a plazos se ha previsto para bienes duraderos y artículos, cuyos precios superen los dos mil quinientos pesos ($2500 CUP), entre los que se encuentran:

  • Muebles.
  • Colchones.
  • Bicicletas.
  • Equipos electrodomésticos.
  • Otros artículos.

2.- ¿Cómo se realiza la compra en la modalidad de pago a plazos en el establecimiento minorista?

Paso 1: Cumplimentar los requisitos y presentar la documentación que se exige.

Paso 2: La persona natural interesada en adquirir bienes o artículos mediante la modalidad de pago a plazos, se presenta en el establecimiento minorista que ofrezca a la venta estos artículos.

Paso 3: El establecimiento minorista dispone de un término de hasta diez (10) días hábiles para verificar la documentación presentada, firma un compromiso de tramitación de la solicitud e informa al cliente de su resultado.

Paso 4: El establecimiento minorista verifica la existencia del artículo solicitado o próximas entradas y procede a la firma del contrato con el cliente.

Paso 5: Para adquirir el artículo el cliente efectúa un pago inicial, negociable, no inferior al veinte por ciento (20%) del precio de venta del artículo, mediante pago electrónico o en efectivo.

3.- ¿Puede una persona no residente en Cuba asistir a un estudiante para el pago de la compra a plazos?

No. La persona que asiste al estudiante debe ser ciudadano cubano con domicilio permanente en el país, específicamente en la provincia donde se solicite la venta a plazos.

4.- ¿Puede una persona no residente en Cuba ser fiador de una persona natural para el pago de la compra a plazos?

No. La persona que avale a una persona natural debe ser ciudadana cubana con domicilio permanente en el país, específicamente en la provincia donde se solicite la venta a plazos.

5.- ¿Puede un trabajador estatal comprar a plazos con descuento por nómina?

Sí. La persona natural contratada en una entidad estatal, que reciba salario por nómina, puede acceder a la venta a plazos mediante el descuento por nómina, previo convenio del establecimiento minorista con el centro laboral.

6.- ¿Existe alguna tasa de interés sobre el importe de artículos o bienes adquiridos mediante la compra a plazos?

Sí. Se establece una tasa máxima de interés de 2.5%, sobre el importe del artículo o bien adquirido en la modalidad de pago a plazos.

7.- ¿Qué acuerdos se establecen en el contrato entre el establecimiento minorista y el cliente que adquiere el bien o artículo?

En el contrato se establecen el importe de la compra, la tasa de recargo, la forma de pago, las cuotas, los plazos de pago y las consecuencias del incumplimiento, así como la solución de conflictos, obligaciones, términos y condiciones de ambas partes.

8.- ¿Cómo se establecen los pagos que debe realizar el cliente para la compra a plazos?

El cliente deberá efectuar un pago inicial (negociable) que no podrá ser inferior al veinte por ciento (20%) del precio de venta del artículo, mediante el pago electrónico o en efectivo.

Para abonar el importe restante, el cliente dispondrá de los plazos que pacte con el establecimiento minorista, siempre en el término de hasta un (1) año, contado a partir de la compra del artículo y la firma del contrato.

9.- Al comprar un artículo o bien a plazos, ¿el cliente recibe el certificado de garantía?

Sí. En el acto de la compra el cliente recibe el vale de venta y el certificado de garantía, pero hasta tanto este no haya abonado el importe total, el establecimiento minorista no le otorga el certificado de propiedad, si corresponde.

10.- En caso de que el cliente incumpla los pagos pactados, ¿cómo procederá el establecimiento minorista?

El cliente, de no poder efectuar los pagos según los plazos pactados, puede renegociarlos con el establecimiento minorista.

El establecimiento minorista, en el término de siete (7) días hábiles previos a la culminación del plazo pactado para cada pago, emite un aviso al cliente por la vía de comunicación acordada en el contrato.

De incumplir el cliente los términos establecidos en el contrato y la renegociación de los plazos de pago, el establecimiento minorista está facultado para retirar el bien, sin devolución del efectivo abonado hasta la fecha.

11.- ¿Quiénes están implicados en la renegociación de los plazos pactados para el pago del bien o artículo?

Para la renegociación, que se constituye en un suplemento (anexo) del contrato, participan el cliente, el establecimiento minorista y se compromete también al fiador.

12.- Si el cliente que ha realizado una compra en la modalidad de pago a plazos ya no posee el artículo o el bien adquirido y deja de pagar, ¿cómo se procede?

De no existir el bien y el cliente no realiza los pagos pactados o renegociados, y de no asumir la responsabilidad el fiador, se acude a la vía judicial.

13.- Los artículos o bienes que han sido decomisados por incumplimiento de pago, ¿qué destino tendrán?

El establecimiento minorista pondrá los artículos o bienes recuperados por incumplimiento de pago, a la la venta por liquidación, en un establecimiento seleccionado para estos efectos.


Fundamento Legal


Referencia

MINCIN

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5 comentarios en «Compra de bienes y artículos en la modalidad de pago a plazos»

    • Hola Claudia,

      No existe un listado de los establecimientos minoristas con la modalidad de ventas a plazos, pero debemos suponer que sean todos aquellos que ofrecen productos cuyos precios superen los 2500 pesos cubanos, entre los que se encuentran: muebles, colchones, bicicletas, equipos electrodomésticos, entre otros artículos.

      Saludos

  1. Era hora de que se autorizara hacer uso de crédito para adquirir medios de valor, así cómo también se pueden hacer casas para que exista la posibilidad de rentarlas y se alvia las situaciones de la convivencia en família con mil gente en casa de nuestros padres ya que no existe otra vía para vivir independiente

    • Hola María Isabel,

      Actualmente, no existe un listado de cuáles serían los establecimientos minoristas que permitirán la venta a plazos, pero suponemos que sean todos aquellos que ofrezcan productos, como son: muebles, colchones, bicicletas, equipos electrodomésticos, entre otros cuyos precios superen los $2,500 pesos cubanos; una vez que las tiendas en moneda nacional sean abastecidas.

      Saludos

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