Importación de menaje de casa a Cuba

Actualizado el: 28 noviembre, 2023 por Cubatramite

El menaje de casa es el conjunto de enseres domésticos, sin carácter de efectos personales, que podrán importar a Cuba quienes decidan reasentarse en el país o residir permanente o temporalmente en el mismo.

Tendrán derecho a importar su menaje de casa a Cuba: 

  • Extranjeros que adquieran su residencia permanente en Cuba.
  • Extranjeros no residentes permanentes en el territorio nacional, que adquieran en propie­dad o arrienden viviendas o apartamentos, en las inmobiliarias autoriza­das. 
  • Cubanos residentes permanentes en el territorio nacional, a su regreso definitivo después de haber salido a trabajar o estudiar en el extranjero, en función o misión oficial, por un período de dos (2) años o más.
  • Cubanos emigrados que soliciten la residencia permanente (repatriación) en Cuba.
  • Cubanos con permiso de residencia en el extranjero (PRE), en caso de que cancelen dicho permiso y regresen a residir permanentemente en Cuba, siempre que la permanencia en el extranjero haya sido por dos (2) años o más.
  • Funcionarios del servicio exterior de la República de Cuba, con la correspondiente franqui­cia expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Cualquier otra persona amparada en las disposiciones legales que se dicten por algún organismo competente.

Índice de contenidos:

Requisitos

En el exterior

Paso 1: Contactar con las agencias de carga transitarias y corresponsales de Cuba en el exterior, ubicadas en el país donde se encuentra y ha residido hasta la fecha el ciudadano cubano o extranjero interesado en realizar el envío de menaje de casa.

Paso 2: Informar tipo de productos, medidas y peso, para solicitar una cotización.

Además, se debe informar los datos generales y de contacto de la persona que realizará la importación:

  • Nombre y apellidos (tal como aparecen en su carné de identidad o pasaporte).
  • Dirección del domicilio en Cuba.
  • Dirección del domicilio de residencia en el exterior.
  • Número de carné de identidad y/o pasaporte.

Paso 3: Una vez que el cliente apruebe las condiciones y tarifas para el envío de menaje de casa a Cuba, se procederá a firmar un Contrato con la Agencia y se realizará el pago del servicio, tal como se acuerde por las partes.

Paso 4: La agencia de carga transitaria y/o corresponsal de Cuba en el exterior elegida, recogerá la carga en el domicilio del cliente y le hará entrega de los siguientes documentos:

  • Documento de transporte internacional (Conocimiento de Embarque o Guía Aérea).
  • Lista de empaque. (Se exigirá la traducción al idioma español si la lista de empaque se presenta en otro idioma).

IMPORTANTE: Una vez formalizado el menaje, para ejercer el derecho a la importación se dispone de un término de 6 meses contados a partir de la fecha de entrada a Cuba o de otorgada la residencia. 

En Cuba

A la persona con derecho al menaje de casa le corresponde tramitar la importación una vez que sea notificado que su menaje ya se encuentra en Cuba, presentando la siguiente documentación:

  1. Documento de identidad (Pasaporte o carné de identidad).
  2. Documento de transporte (Conocimiento de Embarque o Guía Aérea). 
  3. Lista de empaque, en idioma español, que debe contener: el número y la descripción del contenido de cada caja o bulto; cantidades, marca, modelo y número de serie de los artículos eléctricos y electrónicos; valor de los productos y valor total.

Además, los siguientes documentos, según proceda:

  1. Permisos y liberaciones de las autoridades (organismos) competentes cuando contengan artículos sujetos a dichos requisitos. 
  2. Franquicia diplomática expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. Contrato de adquisición o de arrendamiento certificado por la inmobiliaria.
  4. Certificación del organismo por cuenta del cual el interesado viajó al extranjero en función de trabajo, estudio o en misión oficial, si fuera el caso. Los portadores de la Carta de Fin de Misión deberán presentarla, por única vez, en el momento del despacho de su menaje de casa.
  5. Documento que acredite la residencia permanente, si fuera el caso. 

IMPORTANTE: Cuando la persona con derecho a importar a Cuba un menaje de casa no pueda estar presente para el despacho, podrá solicitar por escrito, al jefe de la Aduana de Despacho, una autorización excepcional para un apoderado.


Costos

En el exterior

El costo de la importación que determine la agencia transitaria y corresponsal, radicada en el exterior, que estará determinado por el tamaño del contenedor y/o los artículos a enviar según tamaño o peso, así como si el cliente requiere algún tipo de embalaje específico.

En Cuba

La importación del menaje de casa se encuentra exenta de pago de los derechos aduanales.

Se deberá abonar únicamente el impuesto que corresponda por concepto de servicios prestados por la Aduana General de la República de Cuba:

Despacho mercantil no comercial. Importe por cada operación de importación y exportación sin carácter comercial, con valor en aduana de: Unidad de Medida Tarifa
Hasta 1000 pesos cubanos (MN) U 50.00 MN
Superior a los 1000 y hasta 3000 pesos cubanos (MN) U 200.00 MN
Superior a los 3000 y hasta 5000 pesos cubanos (MN) U 300.00 MN
Superior a los 5000 y hasta 10000 pesos cubanos (MN) U 500.00 MN
Superior a los 10000 pesos cubanos (MN) U 800.00 MN

También, se deberán considerar otros costos en caso de hacer uso de otros servicios aduanales, a solicitud del cliente (usuario) como pudiesen ser: tránsito de mercancías, custodia de mercancías, entre otros. (Ver Servicios y Tarifas de la Aduana de Cuba).


Dónde presentar el trámite

Para el envío desde el exterior del menaje de casa: en las Agencias transitarias y corresponsales en el exterior autorizadas para el envío de cargas a Cuba.

Para el despacho del menaje de casa: en las Agencias transitarias de carga y despacho en Cuba.


Horarios de atención

Horario laboral.


Tiempos de resolución

Las agencias de carga y despacho en Cuba cuentan con aproximadamente quince (15) días para el despacho del menaje de casa, a partir de que se reciben los documentos y arriba la carga para ejecutar el servicio.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuáles son los artículos que se permite importar dentro del menaje de casa?

Los enseres domésticos se clasificarán teniendo en cuenta el listado de la Aduana de Cuba, considerando que los artículos permitidos a importar dentro del menaje de casa son:

  • Equipos electrónicos o electrodomésticos: televisores, refrigeradores, ventiladores, freezer, entre otros.
  • Artículos duraderos: máquinas de moler, picar, pelar, secador de cabellos, cafetera, molino de café, entre otros.  
  • Ollas eléctricas u otras ollas para la cocción de alimentos.
  • Cuchillería (cubiertos).
  • Cristalería.
  • Ropa de tocador o cocina: manteles, toallas, sábanas, cortinas de baño, entre otros. 
  • Adornos para el hogar.  
  • Juegos de sala, comedor, cuarto, terraza.
  • Colchón y otros similares.

2.- ¿Cuáles son las cantidades de artículos permitidos que se podrán importar dentro del menaje de casa?

Las cantidades de artículos permitidos que se podrán importar en un menaje de casa estarán en correspondencia con los espacios habitacionales de la vivienda a la cual estarán destinados.

En el caso de los equipos electrodomésticos y electrónicos, solo se admiten dos (2) de cada tipo, exentos de pago. 

3.- ¿Cuáles artículos no se encuentran permitidos para importar dentro del menaje de casa?

No se podrán importar en un menaje de casa aquellos artículos que no clasifican como menaje:

  • Bombas o motores. 
  • Alimentos.
  • Material de construcción o reparación de viviendas.
  • Accesorios y piezas de repuesto de cualquier tipo.
  • Herramientas.
  • Muebles sanitarios.
  • Cercas.
  • Pinturas.
  • Vehículos automotores, embarcaciones, aeronaves y sus partes, piezas y accesorios.
  • Cualquier otro artículo que no clasifique como enseres domésticos.

Tampoco se admiten:

  • Artículos sujetos a permiso o autorización de algún organismo competente para su importación y que no cumplan con dicho requisito.
  • Artículos que no estén comprendidos en la clasificación de menaje de casa.

4.- En el menaje de casa a Cuba, ¿se puede importar cocinas eléctricas y aires acondicionados?

Sí. La Resolución 273 del 6 de septiembre de 2021 de la Aduana General de la República de Cuba, teniendo en cuenta la política aprobada para el desarrollo perspectivo de las fuentes renovables y el uso racional de la energía, dejó sin efecto los requisitos técnicos que limitaban la importación no comercial por personas naturales de equipos electrodomésticos, permitiendo que se importen los siguientes:

ArtículosUMCantidadObservacionesValor
Cocina y hornillas eléctricas de vitrocerámica por inducción, de uno o más focos, con o sin horno. Unidad 2   50.00 MN
Acondicionadores de aire domésticos de cualquier tipo o modelo mayores de 1 tonelada (˃12 000 BTU) y hasta 2 toneladas (≤ 24 000 BTU). Unidad 1 Los equipos mayores de dos toneladas (≥ 24 000 BTU) podrán admitirse siempre que su importador acredite a satisfacción de la Aduana que el valor del equipo no excede de 1000 USD o su equivalente en otra moneda. 750.00 MN
Cocinas y hornillas eléctricas para uso doméstico de cualquier tipo o modelo, sin horno. Unidad 2   100.00 MN
Cocinas eléctricas para uso doméstico de cualquier tipo o modelo, con horno eléctrico. Unidad 1   850.00 MN
Hornos eléctricos para uso doméstico. Unidad 2   150.00 MN

5.- ¿Se puede enviar un menaje de casa desde un país diferente al de residencia de la persona que tiene el derecho a la importación?

No. El menaje de casa debe ser embarcado hacia Cuba desde el mismo país de donde procede la persona que tiene el derecho.

6.- ¿El despacho del menaje de casa se podrá realizar en varias entregas?

No. El despacho del menaje de casa se hace como una unidad indivisible. No se autoriza el despacho del menaje de forma fraccionada.

7.- En caso de que una persona con derecho al envío de un menaje de casa incluya artículos que no esté permitido importar como menaje, ¿cómo procede la Aduana de Cuba?

Los artículos que no clasifiquen como importación dentro de un menaje de casa, así como aquellos artículos cuya importación esté sujeta a permisos de organismos en Cuba, aun cuando clasifiquen dentro de los comprendidos en el menaje de casa, en caso de no presentarse la autorización para su importación, serán retenidos y deberán ser reembarcados en un plazo no mayor de treinta (30) días. De no ser reembarcados, la Aduana de Cuba declarará de oficio el abandono legal.

Sin embargo, para los artículos cuya importación esté sujeta a permisos de organismos en Cuba podrá tramitarse la autorización requerida durante el plazo en el que lo mismos sean retenidos (30 días). En caso de no obtener la autorización estos artículos deberán ser reembarcados.  

No obstante, de manera excepcional, la Aduana de Cuba podrá permitir que los artículos que no clasifiquen como menaje sean contemplados como envío sin carácter comercial, excepto aquellos que requieran la autorización de un organismo y en ese supuesto tendrán que cumplir los límites que expresamente se autoricen y estarán sujetos al pago de los aranceles correspondientes.  

No se autorizará el reembarque de los artículos no permitidos a las personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional. 

8.- ¿Cuántas veces una persona natural podrá realizar la importación a Cuba de un menaje de casa?

El menaje de casa podrá realizarse por una única vez y se dispone de un término de seis (6) meses contados a partir de que se cumplan algunos de los siguientes criterios:

  • Que le sea otorgada la residencia permanente en Cuba. Válido para cubanos o extranjeros que adquieran o readquieran su residencia permanente en el país.
  • Después de concluida cada misión, al haber salido a estudiar o trabajar en el extranjero en misión oficial. Válido para cubanos con residencia permanente en Cuba, entre los que se incluyen los funcionarios del servicio exterior.
  • Que cancelen el permiso de residencia en el exterior (PRE). Válido para cubanos que posean permiso de residencia en el exterior por haber estado unidos en matrimonio con un extranjero.

Los extranjeros no residentes permanentes en el territorio nacional que adquieran en propie­dad o arrienden viviendas o apartamentos, en las inmobiliarias autoriza­das, podrán hacer uso del derecho de importar el menaje de casa, siempre que el con­trato de propiedad o arrendamiento se encuentre vigente y no hayan ejercido ese derecho con anterioridad.

9.- El derecho a importar a Cuba un menaje de casa, ¿es válido para cada miembro de la familia?

No. Cuando la persona que hace uso del derecho al menaje de casa está acompañada de su familia, se autoriza solamente un menaje para el núcleo familiar.

La entidad que emite la certificación debe hacer constar dicho particular mediante la relación de personas en el núcleo familiar, edad y grado de parentesco o consanguinidad.

10.- En el caso de los colaboradores cubanos en misión en el exterior, ¿cuándo deben presentar la Carta de Fin de Misión?

Según explica una nota publicada por la Aduana de Cuba:

 “El despacho aduanero del menaje de casa al que tienen derecho los colaboradores cubanos que permanecen en misión por dos años o más en el extranjero se realiza a partir de lo establecido en el artículo 4, inciso g) de la Resolución 122-09, del Jefe de la Aduana General de la República”.

“En estos casos, el Jefe del Organismo por el cual realizaron la misión entrega al colaborador, por una sola vez, una Carta de Fin de Misión como constancia de ello”.

“En ocasiones colaboradores cubanos que tienen previsto importar menajes de casa, han entregado la referida Carta al momento de su arribo definitivo al país por confusión o para no realizar el pago de derechos de aduanas de los efectos electrodomésticos y otros que traen consigo como equipaje acompañado. Al hacerlo y entregar la Carta de Fin de Misión, pierden el derecho a importar exentos de pago el embarque del menaje de casa que han realizado”.

“La Aduana General de la República recaba la atención de los colaboradores cubanos a los efectos de que tengan en cuenta lo anterior en el momento de su arribo definitivo al país, sufraguen el arancel correspondiente a su importación como pasajeros y mantengan su Carta de Fin de Misión para exonerar el pago de sus menajes de casa”.

11.- Las personas con residencia temporal en Cuba que hayan importado un menaje de casa, ¿podrán reembarcarlo?

Sí. Las personas naturales con residencia temporal, una vez concluida su estancia en el país y previo el cumplimiento de las formalidades establecidas, tendrán derecho al reembarque (o exportación) del menaje de casa.

12.- ¿El menaje de casa se considera dentro de la importación no comercial permitida dentro del año calendario?

No. Además del menaje de casa, usted podrá realizar su importación a Cuba permitida dentro del año calendario (año natural).

13.- ¿Cuál es la diferencia entre el despacho de viajeros y el despacho mercantil comercial y no comercial?

El despacho mercantil comercial y no comercial: es la revisión que efectúa la Aduana sobre las Declaraciones de Mercancías o Declaraciones de Aduana que presenten los importadores y exportadores, personas naturales o jurídicas, o sus representantes; se aplica al valor total consignado en Aduana de las mercancías en las declaraciones presentadas. Cuando se requiera una rectificación se aplica la tarifa correspondiente al nuevo valor de aduana.

  • El usuario está obligado al pago antes del LEVANTE. Para las entidades con convenio de pago se admite que efectúen este con la misma periodicidad que los derechos de Aduana.
  • Dentro de este servicio se encuentra incluido el despacho del equipaje no acompañado, de los envíos remitidos por cualquiera de las vías, además de los menajes de casas, las franquicias y otros.
  • La exención de los derechos de Aduana no exime del pago de los servicios por despacho mercantil comercial y no comercial.

Mientras que el despacho de viajeros: es el servicio que presta la Aduana durante la entrada de viajeros al país por vía aérea o marítima, en los lugares habilitados para ello, en relación con los trámites para el despacho de su equipaje acompañado.

  • A la entrada al país, se aplica la tarifa solamente a los viajeros que están obligados al pago de arancel no comercial; cuando de forma excepcional se autoriza el despacho por el viajero del menaje de casa, se cobra la tarifa establecida para el despacho de viajeros del equipaje acompañado.
  • Esta tarifa también se aplica a los tripulantes.

14.- ¿Dónde obtener más información o realizar una consulta relacionada con la Aduana de Cuba?

Para tramitar y realizar consultas, quejas, reclamaciones y denuncias de manera presencial podrán dirigirse a la Unidad de Atención a la Población que está ubicada en las instalaciones del Órgano Central de la Aduana General de la República.

  • Dirección: Calle 6 y calle 39, Plaza de la Revolución, La Habana, CP 10400.

El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 am a 12 m y de 1:00 pm a 4:00 pm.

Para realizar consultas, quejas, reclamaciones y denuncias por la vía no presencial:


Fundamento Legal


Referencia

Aduana de Cuba

Este es un sitio no oficial cuyo objetivo es estrictamente informativo y de orientación, para que los usuarios tengan una pauta sobre los trámites que podrán realizar en y desde Cuba o en el exterior. La información proporcionada en este sitio web no constituye una asesoría legal, por lo que si necesitas realizar cualquier tipo de trámite o necesitas más ayuda de la que podemos facilitarte aquí, se te recomienda informarte adecuadamente en las entidades o instituciones oficiales que prestan estos servicios.
La información ha sido recopilada desde sitios oficiales, impresos u otros medios y es actualizada cuando se conoce que el trámite ha sido modificado. Si identificas que hay algún error, omisión, o deseas sugerirnos algún trámite que no haya sido publicado, agradecemos tu contribución, escribiéndonos a: @cubatramite.com (este correo no se encuentra habilitado para responder consultas).
Suponemos que estás de acuerdo en que si copias este texto elaborado a partir de una intensa búsqueda e investigación, harás mención que la fuente de donde lo has tomado es: Cubatramite.com, el cual se encuentra bajo una licencia de Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional de Creative Commons.

Si quieres recibir en tiempo real los trámites que se publiquen o sean actualizados, suscríbete a nuestro canal de Telegram Cubatrámite, o síguenos en Twitter @TrámitesenCuba, o en Facebook @Cubatrámite.