Registro de vehículos en Cuba: Solicitud de baja registral de vehículos

Actualizado el: 15 marzo, 2024 por Cubatramite

La solicitud de baja registral de vehículos pertenecientes a las personas naturales o jurídicas, la realiza el propietario, poseedor legal o representante, o las autoridades competentes.


Requisitos

Para Baja del vehículo por solicitud propia

  1. Carné de identidad o pasaporte del propietario, poseedor o representante legal.
  2. Escritura Pública de Poder Especial en caso de los representantes o apoderados.
  3. Documento de solicitud de baja y declaración jurada donde se reflejará el destino final que se dará al vehículo, al que se le anexarán los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamiento o fotos impresas, por parte del propietario o poseedor legal.
  4. Sello timbrado con un importe $5.00 pesos.

Para Baja Técnica del vehículo

  1. Carné de identidad o pasaporte del propietario, poseedor o representante legal.
  2. Escritura Pública de Poder Especial en caso de los representantes o apoderados.
  3. Documento de solicitud de baja técnica, donde se declara el destino final que se dará al vehículo, anexará los datos de sus elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamiento o fotos impresas, por parte del propietario o poseedor legal.
  4. Documento y/o póliza de la Empresa de Seguro Estatal Nacional (ESEN), para el caso de los aseguradosdonde se reflejará el destino final que se dará al vehículo, se anexará certificación de los elementos registrales (motor, serie y/o chasis) con levantamientos o fotos impresas, por parte de la ESEN.
  5. Sello timbrado con un importe $5,00 pesos.

Para Baja del vehículo por robo o hurto

  1. Carné de identidad o pasaporte del propietario, poseedor o representante legal.
  2. Escritura Pública de Poder Especial en caso de los representantes o apoderados.
  3. Escrito de solicitud de baja, dirigido al Jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos del Ministerio del Interior, en La Habana, y a los Jefes de Trámites de los Órganos Provinciales y del municipio especial Isla de la Juventud, en los demás territorios del país. En el caso de las personas jurídicas, el documento debe estar firmado por el máximo nivel de dirección de la entidad.
  4. Copia del comprobante de la denuncia radicada y de la notificación de archivo de la Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria, después de haber trascurrido dos años naturales desde la radicación de la denuncia y su circulación operativa en el Sistema de Vehículos Circulados, y que el vehículo no haya sido habido.
  5. Documento y/o póliza de la Empresa de Seguro Estatal Nacional (ESEN), para el caso de los asegurados.
  6. Sello timbrado con un importe $5,00 pesos.

Costos

Para las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional, entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, y organizaciones y asociaciones.

  • Por baja del vehículo: $5.00 pesos cubanos en sellos del timbre como impuesto que grava los documentos.

Para las personas naturales no residentes permanentes en el territorio nacional, sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional.

  • Por baja del vehículo: $125.00 pesos cubanos en sellos del timbre como impuesto que grava los documentos.

Dónde presentar el trámite

Presencial enOficinas de Registro de Vehículos de la Dirección Nacional de Tránsito, pertenecientes al Ministerio del Interior, específicamente la que corresponda al domicilio del propietario del vehículo.


Horarios de atención

La Habana

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Teléfonos Oficina Registro de vehículos: 7794 3838 / 7690 0750 / 7206 9142 / 7690 0751

Pinar del Río

  • Lunes y miércoles: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados alternos: 8:00 am a 12:00 m.

Matanzas y Guantánamo

  • Lunes y miércoles: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Artemisa y Mayabeque

  • Lunes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y jueves: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Camaguey, Cienfuegos, Ciego de Ávila, Santa Clara, Sancti Spíritus

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Las Tunas

  • Lunes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Holguín

  • Lunes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves: 8:00 am a 12:00 m.

Granma

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Jueves: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados alternos: 8:00 am a 12:00 m.

Santiago de Cuba

  • Lunes, miércoles, viernes y sábados laborables: 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y jueves: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados no laborables: 8:00 am a 12:00 m.

Isla de la Juventud

  • Lunes, martes, miércoles, jueves y viernes: 8:00 am a 5:00 pm.
  • Sábados: 8:00 am a 12:00 m.

Tiempos de resolución

En un término de 7 días, en caso de hurto o robo del vehículo, el Jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículos del Ministerio del Interior, en La Habana, y los Jefes de Trámites de los Órganos Provinciales y del municipio especial Isla de la Juventud, en el resto del país, chequean que los comprobantes aportados en la solicitud cumplan los requisitos, estén confeccionados en los modelos establecidos y que el vehículo esté circulado, luego de lo cual comunican a los Jefes de los Centros Territoriales de Trámites la autorización para tramitar la baja, remitiendo toda la documentación.

Las solicitudes que reciban los Jefes de los Centros Territoriales de Trámites se tramitan durante los tres (3) días hábiles posteriores a su recepción para posteriormente estos emitan el documento que acredita la baja registral del vehículo.


Preguntas frecuentes

1.- ¿Si se le da baja a un vehículo por robo o hurto en el Registro de Vehículos, el vehículo dejará de estar circulado para ser habido?

No. A los vehículos dados de baja en el Registro de Vehículos por robo o hurto, se les mantendrá activa su circulación en el Sistema de Vehículos Circulados, hasta que sean habidos.

2.- En caso de aparecer un vehículo robado o hurtado al que se le ha dado baja en el Registro de Vehículos, ¿qué procede?

Los vehículos habidos en fecha posterior al trámite de baja registral se entregan por el órgano actuante:

  • Al propietario, poseedor legal o representante, cuando pertenezcan a personas naturales o jurídicas no estatales, y no hayan sido repuestos por la Empresa de Seguros Nacionales.
  • A la Empresa de Atención a Equipos, del Ministerio de Industrias, cuando pertenezcan a personas jurídicas estatales; así como los casos que hayan sido repuestos por la Empresa de Seguros Nacionales a personas naturales o jurídicas no estatales.

Fundamento Legal


Referencia

Ministerio del Interior de Cuba

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2 comentarios en «Registro de vehículos en Cuba: Solicitud de baja registral de vehículos»

  1. Hola.Soy propietario de una moto q me fué hurtada en el año 2013 a pocos días de el cambio de chapa de con modelo actual.procedí a denunciar el delito a la unidad punto 30de la capital cito en municipio HV donde ocurrieron también los hechos.7 años ya de dicho delito.las autoridades no han podido encontrar nada.hay algún trámite legal que me permita el rearme del vehículo para volverlo a inspeccionar y legalmente ponerlo a sircular?

    • Hola Mario,

      Debes contemplar que la ley prohíbe la construcción de vehículos y, por tanto, su inscripción en el Registro, mediante el ensamblaje de partes y piezas nuevas o de uso, cualquiera que sea el título de adquisición de
      estas; según se describe en el artículo 229 de la Ley No. 109 del Código de Seguridad Vial.

      En tu caso si el vehículo no ha sido encontrado, solo podrás registrar un nuevo vehículo del que seas poseedor y para ello el trámite que te correspondería es el de inscripción inicial o alta de vehículo

      Saludos

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