Tarifas para los Servicios Notariales en Cuba

Actualizado el: 24 septiembre, 2022 por Cubatramite

Tarifas de servicios notariales para personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional

Y para personas jurídicas estatales y no estatales constituidas al amparo de la legislación cubana, incluidas las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y para los contratos de asociación económica internacional, y otros sujetos debidamente autorizados

Actos notarialesTarifa en pesos cubanos
ESCRITURAS
Donación de bienes inmuebles incluidos los funerarios 300
Donación de bienes muebles 225
Cesión de uso de azotea para ampliar o edificar una vivienda 175
Liquidación de la comunidad matrimonial de bienes 175
Liquidación de copropiedad 175
Constitución de copropiedad 175
Cesión de participación en copropiedad en la comunidad matrimonial de bienes 125
Descripción de obra nueva de personas naturales 250
Descripción de obra nueva de personas jurídicas  
a) Hasta 5000  pesos del valor de la obra 2500
b) De 5001  pesos hasta 10 000 5000
c) De 10 001  pesos hasta 100 000 7500
d) Por cada 100 000  o fracción de incremento 200
Descripción de obra nueva de personas jurídicas no estatales sin fines de lucro 500
Ampliación de edificaciones  
a) Para personas naturales 100
b) Para personas jurídicas 2500
c) Para personas jurídicas no estatales sin fines de lucro 500
División o Unificación de viviendas 225
Segregación o refundición de terrenos  
a) Para personas naturales 175
b) Para personas jurídicas 2500
c) Para personas jurídicas no estatales sin fines de lucro 500
Aceptación de herencia y adjudicación de bienes 225
Cesión de derechos hereditarios o de la herencia a título gratuito 100
Renuncia a la herencia 100
Permutas  
a) De terreno; se cobra por cada objeto de la permuta 125
b) De viviendas; se cobra por cada objeto de la permuta 250
c) De vehículos; se cobra por cada objeto de la permuta 175
Constitución de formas asociativas sin fines de lucro 1200
Constitución  de  sociedades  mercantiles  de  capital  totalmente cubano 2100
Constitución de empresas mixtas o de capital totalmente extranjero debidamente autorizado, de acuerdo a su capital social 8000
Filiales de Empresas de capital totalmente extranjero6500
Modificación de escritura social y/o sus estatutos; elevación a público de acuerdos sociales:  
En empresa mixtas y de capital totalmente extranjero:  
a) Por la primera hoja   3000  
b) Por cada hoja o fracción de hoja adicional 100
En sociedades de capital totalmente cubano:    
a) Por la primera hoja   900  
b) Por cada hoja o fracción de hoja adicional 100
Escritura de fusión o transformación de sociedades:  
a) De empresa mixtas y de capital totalmente extranjero 5000
b) En sociedades de capital totalmente cubano 1500
Escritura de Disolución, extinción o liquidación de empresas mixtas y de capital totalmente extranjero 1500
Escritura de Disolución, extinción o liquidación de sociedades de capital totalmente cubano 500
Constitución de cooperativas no agropecuarias, otras formas de gestión no estatal que deriven en personas jurídicas 1200
a) Modificaciones estatutarias o elevación a público de acuerdos sociales 900
b) Extinción, disolución y liquidación de sociedades civiles, mercantiles, cooperativas no agropecuarias y otras formas asociativas sin fines de lucro 480
Contratos de Asociación Económica Internacional 5000
Modificación de Contrato de Asociación Económica Internacional 2500
Poderes  
a) General 75
b) Especial 90
c) Por su revocación 75
En todos los casos, si el poder se otorgó por más de un poderdante se cobrará por cada uno adicionalmente (con excepción de la comunidad matrimonial de bienes) 15
Matrimonio  
a) Por la formalización en la unidad notarial 75
b)  Por la formalización fuera de la unidad notarial 300
Autorización para obtención o actualización de pasaporte de menor de edad y viajes 60
Testamento  
a) Por el testamento y/o su revocación 100
b) Por cada legado u otras disposiciones 20
Divorcio 240
Modificación de convenciones de las relaciones paterno filiales 40
Otras escrituras de consentimiento o autorización 100
Contratos en los que medie precio, cantidad o su equivalente, con excepción de la constitución de sociedades mercantiles de capital cubano, se cobran de acuerdo a la siguiente escala:  
a) Hasta 10 000 320
De 10 001  a 50 000 400
De 50 001  a 100 000 600
De 100 001  a 150 000 1000
De 150 001  a 300 000 1250
De 300 001  a 500 000 1800
De 500 001  a 600 000 2100
De 600 001  a 700 000 2400
De 700 001  a 800 000 2700
De 800 001  a 900 000 3000
De 900 001  a 1 000 000 3300
b) A partir de 1 000 001  se incorpora la tarifa de 180  por cada 100 000  o fracción de incremento  
Otras escrituras 150
ACTAS
Protestos de letras, pagarés o cualquier documento de crédito  
a) Hasta 2000  pesos 300
b) De 2001  pesos hasta 5000  pesos 455
c) De 5001  pesos hasta 8000  pesos 600
d) De 8001  pesos hasta 12 000  pesos 750
e) De 12 0001  pesos hasta 15 000  pesos 900
f) Más de 15 001  pesos 1050
Subsanación de error u omisión   100  
a) Para personas jurídicas estatales   500  
b) Para personas jurídicas no estatales 250
Protocolización 50
a) Por cada hoja del documento que se protocoliza 50
Si el acta de protocolización es de documentos relacionados con cualquiera de las modalidades de la inversión extranjera:  
a)  Por el Acta   900  
b) Por cada hoja del documento que se protocoliza 80
Fe de existencia 60
Notoriedad   120  
c) Para personas jurídicas estatales   500  
d) Para personas jurídicas no estatales 250
Declaración Jurada 90
Declaratoria de Herederos  
a) Con representación letrada 150
b) Por derecho propio 350
Requerimiento 150
Presencia 150
Otros actos de jurisdicción voluntaria  
a) Por derecho propio 275
b) Con representación legal 75
Remodelación u otras acciones constructivas en edificación 100
Por otras actas 120
DOCUMENTOS NO PROTOCOLIZABLES
Testimonio por exhibición de cualquier documento 120
Por cada firma que se legitime en cada documento   30            
a) En documentos de empresas mixtas, de capital totalmente extranjero y contratos de Asociación Económica Internacional   100  
b) En documentos de sociedades mercantiles cubanas y otras personas jurídicas estatales y no estatales 80
Por cada documento que se coteje 30
Por cada libro que se habilite 30
Otros documentos no protocolizables 60
Por la expedición de copias de documentos matrices (se cobrará por cada hoja o fracción de esta) 30
BÚSQUEDA Y EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS
Por la búsqueda y exhibición de cualquier documento matriz se cobra por cada año de protocolo buscado 30
Por la expedición de copias de documentos matrices
(se cobrará por cada hoja o fracción de esta)
30
DILIGENCIAS FUERA DE LA SEDE
a) Durante el horario laborable se cobrará, adicionalmente, al servicio que se preste 30
b) En horas no laborables se cobrará adicionalmente 75
c) Si la persona es un adulto mayor, se encuentra hospitalizada o en un Hogar de Ancianos 50
Se exceptúan del cobro de la tarifa a que se refiere este punto los matrimonios, protestos de letra, pagaré o cualquier documento de crédito, actas de requerimiento y de presencia  

1.- Los actos relacionados con las modalidades de inversión extranjera, como constitución de empresas mixtas, de capital totalmente extranjero, contratos de asociación económica internacional, compraventas de apartamentos en sociedades inmobiliarias, modificaciones estatutarias y elevación a público de acuerdos sociales que requieren autorización gubernamental para su formalización, se autorizan únicamente por los notarios de la Notaría Especial adscrita a la Unidad Presupuestada Registros Centrales y de Atención a la Inversión Extranjera, del Ministerio de Justicia y la Notaría del Bufete Internacional con sede en la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

2.- En la presente tarifa no están incluidos los impuestos sobre documentos u otros gravámenes establecidos.

3.- Esta tarifa se ha establecido suponiendo que cada documento contenga un solo acto o contrato, por lo que, en cada caso, de contener más de uno, se aplicará a cada cual la tarifa correspondiente.

4.- Todo acto que se realice en virtud de mandamiento judicial está exento de pago, así como toda copia de documentos que se solicite a instancia del Ministerio de Justicia o de las direcciones provinciales de Justicia o por mandamiento judicial de la Fiscalía General de la República.

5.- En casos excepcionales, la Directora General de Notarías y Registros Públicos del Ministerio de Justicia o el Director Provincial de Justicia, en su caso, pueden autorizar la gratuidad del servicio notarial.

6.- Están exentos del pago de esta tarifa todos los casos en que, mediante escritura, se hagan donaciones o cesiones de bienes o derechos a favor del Estado o de las organizaciones políticas, sociales o de masas por personas naturales o jurídicas.

7.- La aplicación de la tarifa establecida es de obligatorio cumplimiento por los Notarios y Notarios Archiveros de Protocolos Notariales, esto no puede ser alterado en forma alguna.

8.- Es de estricto cumplimiento hacer constar en las matrices de los documentos notariales y en las copias, el importe de la tarifa, agregando en las matrices el número de convenio de servicios jurídicos y el de radicación.

9.- Al momento de la autorización de escrituras y actas, se entrega, de oficio y exenta de pago, una copia a cada compareciente.

10.- El cobro del servicio notarial se efectúa al momento de la autorización de los documentos notariales, con excepción del matrimonio, que se cobra al momento de la solicitud.

11.- Cuando el servicio notarial se preste por extensión no se cobra la tarifa establecida para la diligencia fuera del local de la Notaría, sino solo el correspondiente al servicio de que se trate.

12.- Cuando se solicita por una misma persona la prestación de más de un servicio fuera del local de la notaría o cuando en el mismo lugar se preste el servicio a personas diferentes unidas por vínculo de parentesco, se cobra solo una vez la tarifa establecida por este concepto.

Tarifas de servicios notariales para personas naturales con residencia permanente en el exterior

Y a las extranjeras que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional, y a personas jurídicas extranjeras.

Acto notarialTarifa en pesos cubanos
ESCRITURAS
1. Liquidación de la comunidad matrimonial de bienes 2500
2. Liquidación de copropiedad 2500
3. Constitución de copropiedad 2500
4.  Cesión  o  venta  de  participación  en  copropiedad  o  en  la comunidad matrimonial de bienes 1250
5. Descripción de obra nueva  
a) De un valor de un 1 000 000 25 000
b) De un valor de 1 000 001 hasta 10 000 000 se cobrará por cada 1 000 000 o fracción de esta 25 000
c) A partir de un valor superior a 10 000,001, se cobrará por cada 1 000 000 o fracción de este 12 500
6. Ampliación, remodelación o reconstrucción de edificaciones De 2500 a 12 500 según la complejidad
7. Segregación o refundición de terrenos 2500 por cada refundición o segregación realizada
8. Aceptación y adjudicación de herencia De 2500 a 6250
9. Permutas  
a)  De terreno 3750 por cada inmueble
b)  De viviendas 3750 por cada inmueble
c)  De vehículos 2500 por cada uno
10. Poderes  
a)  General 2500
b)  Especial 3750
c)  En ambos casos, si el poder fuera otorgado por más de un poderdante, se cobrará por cada uno adicionalmente 250
11. Por su revocación 1250
12. Formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos y extranjeros:    
a) Por la formalización dentro de la unidad notarial 13 125
b) Por la formalización fuera de la sede notarial:    
b.1) en horario laboral   2500
b.2) fuera del horario laboral   3750  
b.3) inmediatez (dentro de las 24 horas) 1875
13. Formalización de matrimonios entre ciudadanos extranjeros   7500      
a)  Entre ciudadanos extranjeros como parte de una oferta turística 10 000
14. Testamentos  
a)  Por el testamento y/o su revocación 3750
b)  Por cada legado u otras disposiciones 500
15. Divorcio 12 500
16. Modificación de convenciones 3750
17. Otras de Consentimiento 1250
18. Autorización para obtención o actualización de
pasaporte de menor de edad y viajes
1250
19. Reconocimiento de filiación 1250
20. Contratos en los que medie precio, cantidad o su equivalente, con excepción de la constitución de sociedades, se cobrarán acorde a la siguiente escala:  
Hasta 10 000 3750
De 10 001 a 50 000 5000
De 50 001 a 100 000 6250
De 100 001 a 150 000 7500
De 150 001 a 300 000 10 000
De 300 001 a 500 000 11 250
De 500 001 a 600 000 12 500
De 600 001 a 700 000 15 000
De 700 001 a 800 000 17 500
De 800 001 a 900 000 20 000
De 900 001 a 1 000 000 22 500
A partir de 1 000 000 se incorpora a la tarifa de $625 pesos cubanos por cada 100 000 de incremento en el precio, cantidad o su equivalente, y $125 pesos cubanos por cada 10 000 o fracción de incremento.  
21. Por otras escriturasDe 2500 a 12 500
ACTAS
22. Protestos de letras, pagarés o cualquier documento de crédito librado en pesos convertibles o en moneda libremente convertible   2500      
Hasta $2000 3750  
De $2001 hasta $5000 5000  
De $5001 hasta $8000 6250  
De $8001 hasta $12 000 7500  
De $12 001 hasta $15 000 8750  
Más de $15 001 8750
23. Subsanación de error u omisión 500
24. Protocolización 2500
a)  Por cada hoja o fracción del documento que se protocoliza 125
b)  Por la protocolización de los documentos para contraer matrimonio 2500
25. Fe de existencia 1250
26. Notoriedad 3750
27. Declaración Jurada 3000
28. Declaratoria de herederos 3750
29. Requerimiento 6250
30. Presencia 7500
31. Elevación a público de acuerdos sociales  
a)  Por la primera hoja 3750
b)  Por cada hoja o fracción adicional 250
32. Por otras actas De 1250 a 6250
DOCUMENTOS NO PROTOCOLIZABLES
33. Vigencia de ley 3750
34. Testimonio por exhibición de cualquier clase de documento  
a)  Por la primera hoja 1250
b)  Por cada hoja o fracción adicional 250
35. Por cada firme que se legitime en cada documento 1250
36. Por cada documento que se legalice  
a)  Hasta 5 hojas 500
b)  Por cada hoja o fracción de esta adicional 250
37. Por cada libro que se habilite 1250
38. Por la expedición de copias de documentos matrices, por cada hoja o fracción de esta 250
39. Otros documentos no protocolizables De 250 a 2500 según la complejidad
BÚSQUEDA Y EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS  
40. Por la búsqueda y exhibición de cualquier documento matriz 250
OTROS SERVICIOS NO ESPECIALIZADOS 250 a 6250
DILIGENCIAS  FUERA DE  HORA LABORABLE  O  DEL LOCAL DE  LA NOTARÍA
44. Actos fuera de la Notaría en horario laboral 2500
45. Actos fuera de la Notaria en horario no laboral y días no laborables 3750
46. Actos en la Notaria en días y horas no laborables 2500
Se exceptúan del cobro de la tarifa a que se refiere este punto los casos de protestos de letras, pagarés o cualquier documento de crédito, acta de requerimiento y de presencia  

1.- Las tarifas notariales aprobadas por la presente son para el uso de las unidades notariales pertenecientes a las Sociedades Civiles de Servicios Jurídicos que cuentan con el servicio notarial, y para la Notaría Especial de la Unidad Presupuestada Registros Centrales y de Atención a la Inversión Extranjera.

2.- Para la aplicación de las tarifas aquí consignadas se tienen en cuenta las reglas siguientes:

  • En las tarifas no están incluidos los impuestos sobre documentos u otros gravámenes establecidos.
  • Para el supuesto en que un mismo documento contenga más de un acto notarial, se le aplica la tarifa que se establece a cada uno de ellos.
  • Todo acto que se realice en virtud de mandamiento judicial será exento de pago, así como toda solicitud de copia de documento en cumplimiento de sus funciones por los Tribunales, la Fiscalía, o el Ministerio de Justicia.
  • Está igualmente exento del pago de la tarifa todo acto de donación o cesión de bienes o derechos a favor del Estado o de las organizaciones políticas, sociales o de masas, por personas naturales o jurídicas.
  • Al momento de la autorización de escrituras y actas se entrega, de oficio y exenta de pago, una copia a cada compareciente.

3.- Se pueden establecer tarifas superiores, en atención a la complejidad y condiciones en que se preste el servicio, las cuales se ajustan con el cliente.

4.- El cobro del servicio notarial se efectúa al momento de la autorización de los documentos notariales, con excepción del matrimonio, que se cobra al momento de la solicitud.


Fundamento Legal

  • Resolución 52 de 2021 de Ministerio de Justicia. Actualiza las tarifas, en pesos cubanos, para la prestación de servicios notariales a personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional, a jurídicas estatales y no estatales constituidas al amparo de la legislación cubana, incluidas las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y para los contratos de asociación económica internacional, y a otros sujetos debidamente autorizados. Deroga la Resolución 517/2020. (Gaceta Oficial No. 17 Ordinaria de 2021).
  • Resolución 53 de 2021 de Ministerio de Justicia. Actualiza las tarifas para el cobro de los servicios notariales dirigidos a las personas naturales cubanas con residencia permanente en el exterior, a las extranjeras que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional y a personas jurídicas extranjeras, salvo  autorización en contrario de quien resuelve. Deroga la Resolución 518/2020. (Gaceta Oficial No. 17 Ordinaria de 2021).
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30 comentarios en «Tarifas para los Servicios Notariales en Cuba»

  1. En las nuevas tarifas de los servicios notarial cual sera el valor de la compra venta de vivienda o se quedara con la musma tarida?

    • Hola Mayeline,

      El costo del servicio notarial para la escritura de donación de vivienda es de $300 pesos cubanos y para permuta es de $250 pesos cubanos, para las personas naturales residentes en Cuba. Sin embargo, la tarifa para compraventa no aparece definida, en las nuevas tarifas de servicios notariales, establecidas durante el proceso de ordenamiento monetario.

      Saludos

    • Hola buenas noches. Que importe debo pagar al notario por la escritura de la compraventa de una vivienda?

    • Hola Mariela,

      Si consultas por la tarifa del servicio que ofrecen las notarias por la escritura notarial de divorcio, el mismo es de: $240 pesos cubanos.

      Como el divorcio puede obtenerse por Escritura Notarial de Divorcio o Certificación de Sentencia firme de Divorcio.

      Si el divorcio ya es firme y lo que requieres es una copia de la escritura, debes tramitarla en Notaria:

      Por la expedición de copias de documentos matrices notariales (se cobrará por cada hoja o fracción de esta): $30.00 pesos cubanos más un sello del timbre por valor de $5.00; a las personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional.
      Por la expedición de copias de documentos matrices notariales (se cobrará por cada hoja o fracción de esta): $250.00 pesos cubanos más un sello del timbre por valor de $125.00; a las personas naturales con residencia permanente en el exterior y extranjeros que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional.

      Pero si lo que requieres en una copia de la sentencia de divorcio, la misma se solicita ya sea ante el Tribunal Municipal que dictó la sentencia o en el Registro Civil donde se encuentra registrado el matrimonio que fue disuelto, para lo cual te harán la entrega del certificado de matrimonio con la anotación marginal de divorcio.

      -Por la expedición del certificado de matrimonio con anotación marginal de divorcio: sello del timbre por valor de $5.00; a las personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional
      -Por la expedición del certificado de matrimonio con anotación marginal de divorcio: sello del timbre por valor de $125.00; a las personas naturales con residencia permanente en el exterior y extranjeros que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional.

      Si el tramite lo realizas en Consultoría Jurídica Internacional: Para la obtención de la certificación de sentencias de divorcio la tarifa es de: $3750 pesos cubanos por el cobro de los servicios jurídicos que se prestan a personas naturales extranjeras y cubanas residentes permanentes en el exterior. Además del sello correspondiente.

      Saludos

    • Hola Teresita,

      En la Resolución 130 de 1998 de Ministerio de Justicia, de 10 diciembre de 1998, en la que se establecían las tarifas notariales, se definía que en el acto notarial para las escrituras de:

      1.- Donación o Compraventa de Viviendas, su costo era de $35 CUP
      2.- Donación o compraventa de terrenos o solares yermos, a un costo de $25 CUP
      3.- Donación o compraventa de vehículos u otros bienes, a un costo de $20 CUP

      Sin embargo, en las actuales tarifas notariales publicadas en la Resolución 517 de 2020 de Ministerio de Justicia, en la que se aprobaron las nuevas tarifas en pesos cubanos, establecidas en el proceso de ordenamiento monetario, para la prestación de servicios notariales a personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional; en cuanto a las escrituras lo que se puede leer es lo siguiente

      1.- Donación de bienes inmuebles incluidos los funerarios, a un costo de $300 CUP
      2.- Donación de bienes muebles, a un costo de $225 CUP

      Y como podrás comprar el término “Compraventa” empleado con anterioridad ha desaparecido.

      Por tanto, desconocemos si el empleo de “Donación” que con anterioridad era exclusivo cuando “el contrato de donación una persona a expensas de su patrimonio, transmite gratuitamente a quien la acepta, la propiedad de un bien.” en la actualidad abarque, también “la escritura de compraventa”.

      De ser así suponemos que el costo por la transmisión: compraventa de un vehículo podría ser el de $225 CUP, al ser considerado un bien mueble.

      Saludos

  2. Buenos días. Necesito saber cómo se obtiene un Poder General o Especial de una persona que se encuentra discapacitada y no puede concurrir a la Notaría así como los costos. Gracias por su atención.

    • Hola Ada Raquel,

      Las Notarías en Cuba ofrecen el servicio fuera de la unidad notarial y el costo por este servicio para personas naturales es de $50 pesos cubanos, más el costo del trámite a realizar.

      Saludos

  3. buenos dias, me gustaria saber si para los actos de compraventas se ha variado algo del valor referencial, y de los impuestos sobres los mismos, o que es lo que ha variado en todo este proceso, gracias

  4. Mi vivienda era vinculada, en el mes de diciembre abone al banco la cifra que debía y se me entrego la propiedad de la misma, me indicaron que tenía 60 días para inscribirla en el registro de propiedad, pero para eso debía abonar el 4% del valor total de la vivienda que me tenía que personar en un bufete colectivo para que me dieran un papel para presentarme en el banco y pagar esa cuantía, cuando fui al bufete me dijeron que tenía que hacer un contrato y que ese contrato tenía un valor de 300 pesos, me gustaría conocer si este es el valor real del contrato ya que eso es más del 4% que debo pagar al banco para poder inscribir la vivienda en el registro de propiedad.
    Saludos

    • Hola Ariel,

      El servicio que ofrecen los abogados en los bufetes colectivos no es gratis, pero es opcional, que les contrates.

      Puedes realizar el trámite de inscripción personalmente, así como rellenar por ti mismo el modelo DJ-05 – Declaración Jurada para Impuestos sobre Transmisión de Bienes y Herencias, para el pago del impuesto en el banco, si consideras que no requieres ayuda para ello.

      Saludos

  5. Hola,necesito saber si en cuba los notarios,abogados pueden hacer una acta de declaracion jurada para parejas de echo?para tramites de viaje a canada,canada exige una declaracion jurada de novios!se puede hacer?gracias y saludos.

    • Hola Karen,

      ¿No es posible que la declaración jurada que tienes que presentar es la siguiente: Declaration of Common Law Union IMM 5409?

      La podrás encontrar en el siguiente enlace: INM-5409e.pdf; o en imm5409e.pdf

      O puedes revisar: https://www.canada.ca/, desde donde pondrás descargar los formularios necesarios.

      Debes tener en cuenta que para probar la unión de hecho a los efectos de ingreso a Canadá, requerirás presentar pruebas, que podrían ser:

      – Evidencias de que comparten gastos del hogar, como podrán ser facturas de electricidad, agua, gas, teléfono, etc, a nombre de cada uno, con la misma dirección del domicilio.
      – Cuenta bancaria de propiedad conjunta de ambas partes.
      – Documentos de ambos que muestren la misma dirección de domicilio
      – Cualquier otro documento que demuestre que han estado viviendo juntos.

      Saludos

  6. Buenas tardes, para realizar el trámite de permuta que se debe presentar en notaría además de la propiedad, y cuanto es el costo del trámite??? Gracias.

  7. Hola,
    Mi pregunta es la siguiente:
    En el caso que de fallecimiento del propietario de una vivienda y tenga documentos de declaraciòn de heredero con testamento legal, si el beneficiario decide vender la propiedad y esta se prefiere ponerla a nombre de dos propietarios que compren la propiedad ¿ cuales serìan los tràmites a realizar y cuanto es el costo total?
    Gracias.

    • Hola Yordanis,

      El trámite por compraventa es el mismo, solo que en este caso la propiedad pasaría a una copropiedad.

      Saludos

  8. Hola. Quisiera saber los tramites q tengo q hacer para q los hijos de mi abuela hagan dejación de la vivienda para q pueda ser vendida y cuanto cuesta él trámite

  9. Buenas tardes, tengo que hacer una autentificacion de firma de un documento que luego enviare al minrex para que sea legalizado. ¿Cuanto me sale dicha autentificacion? Yo ya tengo el documento armado con la legislacion extranjera pertinente aunque debe ser obviamente gestionado por un notario. muchas gracias

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