Prórroga de estancia en Cuba para extranjeros y cubanos residentes en el exterior

Actualizado el: 2 noviembre, 2022 por Cubatramite

La prórroga de estancia en Cuba para extranjeros y cubanos residentes en el exterior es el trámite mediante el cual se autoriza la extensión de la estancia en Cuba a las personas naturales extranjeras y cubanas residentes permanentes en el exterior, por interés propio o de un organismo.

En el caso de los extranjeros que viajen a Cuba con una visa de turista podrán permanecer en el territorio nacional hasta por 90 días, pero si la intención es permanecer por más tiempo, deberán tramitar una extensión del visado por 90 días más, para un total de 180 días.


Requisitos

  1. Pasaporte.
  2. Visa o Tarjeta de entrada a Cuba.
  3. Póliza de seguro médico.
  4. Reservación hotelera o registro de alojamiento en viviendas particulares.
  5. Boleto de avión con la nueva fecha de salida.
  6. En aquellos casos en que se alojen en viviendas no acogidas al Decreto Ley 171, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.
  7. Sellos del timbre por el valor correspondiente a cada mes de extensión de la estancia, conforme a lo establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Costos

En las Oficinas de trámites del Ministerio del Interior

  • Por la prórroga de estancia en la República de Cuba: $625.00 pesos cubanos (por cada mes de la extensión de la estancia) en sellos del timbre, como impuesto que grava los documentos.

En las Oficinas de Consultoría Jurídica Internacional 

  • Para prórroga de estancia de extranjeros en Cuba, por el cobro del servicio: $3500 pesos cubanos.
  • Para prórroga de estancia en Cuba de cubanos residentes en el exterior, por el cobro del servicio: $750 pesos cubanos.
  • Sellos del timbre, como impuesto que grava los documentos, por la prórroga de estancia en la República de Cuba: $625.00 pesos cubanos (por cada mes de la extensión de la estancia).

Dónde presentar el trámite

La prórroga de estancia en Cuba para extranjeros y cubanos residentes en el exterior, debe tramitarse en:

Para más información puede contactar:

  • Llamando al: 18808

Enviando un correo electrónico a: diieminintcuba@rem.cu


Horarios de atención

En las oficinas de trámites del Ministerio del Interior (Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba [DIIE])

  • Lunes, martes, miércoles y viernes: de 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábados: de 8:00 am a 12:00 m.

En las oficinas de Consultoría Jurídica Internacional

  • De lunes a viernes: de 8:00 am a 4:30 pm.

Tiempos de resolución

En el mismo día o en dependencia del nivel de decisión.


Más información

Preguntas frecuentes

1- ¿Cuál es la validez de la Visa de Turista?

La visa de turismo para viajar a Cuba:

  • Tiene una validez (para la entrada a Cuba) de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su expedición.
  • Es válida para entrar una sola vez al país.
  • Permite permanecer en el territorio nacional hasta 90 días.
  • Si desea prolongar su estancia por más tiempo, puede tramitar una prórroga por un período de 30 días más.

También te puede interesar:


Fundamento Legal

  • Leyes de Migración de Cuba. (Gaceta Oficial No. 44 Ordinaria de 2012).
  • Ley No. 113/2012 del Sistema Tributario del Ministerio de Finanzas y Precios.
  • Resolución No. 510/2020 de Ministerio de Justicia. Establece las tarifas para el cobro de los servicios jurídicos que se prestan a personas naturales extranjeras y cubanas residentes permanentes en el exterior, personas jurídicas que operan bajo la forma de sociedades mercantiles de capital totalmente extranjero y sus sucursales, y para la legalización de documentos que surten efectos fuera del territorio nacional. (Gaceta Oficial No. 77 Extraordinaria de 18 de diciembre de 2020).

Referencia

Este es un sitio no oficial cuyo objetivo es estrictamente informativo y de orientación, para que los usuarios tengan una pauta sobre los trámites que podrán realizar en y desde Cuba o en el exterior. La información proporcionada en este sitio web no constituye una asesoría legal, por lo que si necesitas realizar cualquier tipo de trámite o necesitas más ayuda de la que podemos facilitarte aquí, se te recomienda informarte adecuadamente en las entidades o instituciones oficiales que prestan estos servicios.
La información ha sido recopilada desde sitios oficiales, impresos u otros medios y es actualizada cuando se conoce que el trámite ha sido modificado. Si identificas que hay algún error, omisión, o deseas sugerirnos algún trámite que no haya sido publicado, agradecemos tu contribución, escribiéndonos a: @cubatramite.com (este correo no se encuentra habilitado para responder consultas).
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12 comentarios en «Prórroga de estancia en Cuba para extranjeros y cubanos residentes en el exterior»

  1. Hola, hoy fui para prorrogar una carta de turista, y me pidieron una, suma de dinero suplementaria, en estampillas, en. un principio son 25 Cuc, y ahora me exigen 40 Cuc suplementarios, es normal, o es a la cara, de el cliente!!

  2. Hola tengo un amigo inglés k está interesado en saber si hay alguna posibilidad de extender su estadía en cuba x mas d 90 días

    • Hola Andry,

      Podría presentarse en la oficina de la Dirección de Inmigración y Extranjería de Cuba y plantear las razones por las que requiere permanecer en Cuba por más de 60 días (tiempo máximo permitido), para que le orienten sus opciones.

      Lo que muchos extranjeros hacen en esta situación es: viajar a un tercer país y regresar en el día o al siguiente.

      Saludos

  3. Buen día estimados,
    Primeramente agradezco su coolaboración en otras ocasiones donde he solicitado ayuda. Esta vez, me gustaría que me dijeran, en caso de saberlo, que tiempo podría estar mi esposa en Cuba, después de estar 90 días con visa familiar, o sea, la prórroga se extiende por 3 meses más o se valida hasta un año.
    Gracias

    • Hola Ariel,

      Los extranjeros que viajen como turistas a Cuba, podrán permanecer en el país 30 días, prorrogables por 30 días más.

      En el caso de familiares extranjeros que acompañen en su viaje a un ciudadano cubano, podrán solicitar en el consulado de Cuba en el país donde residan una visa A-2, que le permitirá permanecer por 90 días, prorrogables por 90 días más, para un total de 6 meses, previa solicitud a las autoridades migratorias.

      Saludos

    • Gracias por responder,
      En función de esto, quiero comentarles que nos notificaron en el consulado venezolano y lo validamos en inmigración, que la prórroga puede ser hasta 1 año. Creo que esto les servirá a otros que quizas tengan la misma interrogante de nosotros, gracias por esta web y el trabajo que hacen,
      saludos…

    • Hola Ariel,

      Muchas gracias a ti, por la aclaración que nos ofreces a partir de la información que te han confirmado.

      Saludos

  4. Hola,
    Mi esposo es ruso, tenemos matrimonio legalizado en Cuba, y vamos en diciembre por 38 días. Quería saber si necesito hacer la prórroga de visado, estando casados. Yo tengo residencia cubana, y nos quedaremos en casa de mis padres.
    Muchas gracias de antemano!

    • Hola Claudia,

      En tu caso como residente en el exterior por estar casada con extranjero y poseer esta condición migratoria, podràs permanecer en Cuba hasta 6 meses prorrogables hasta 12.

      En el caso de tu esposo, debe solicitar un visado A-2 que se otorga por 90 días, a los familiares extranjeros de cubanos que tengan Residencia en el Exterior (RE) cuyo motivo de viaje es visitar a sus familiares y residir en sus hogares.

      Otra opción es que el viaje como turista con una visa por 30 días y posteriormente solicite la prórroga si permanece por más tiempo, tal como se explica en el trámite: Prórroga de estancia en Cuba para extranjeros y cubanos residentes en el exterior.

      Te recomendamos ponerte en contacto con el Consulado de Cuba en Rusia.

      Saludos

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