Matrícula en círculo infantil

Actualizado el: 22 agosto, 2022 por Cubatramite

Los círculos infantiles se crearon como instituciones educativas para garantizar el cuidado de los hijos menores, con edades comprendidas entre los 12 meses y los 6 años, de las madres cubanas trabajadoras.

La vida de los niños en los círculos infantiles se rige por los requerimientos de un horario de vida que contempla la satisfacción de las necesidades básicas (alimentación, aseo y sueño), así como por el horario docente, que contempla las diversas actividades pedagógicas que propician su desarrollo integral.

Estos centros cuentan, además, con servicio de atención médica (una enfermera) y otras especialidades (logopedas, instructores de arte), así como un manual de alimentación que responde a las necesidades nutricionales de estas edades.


Índice de contenidos:

Requisitos

Para el otorgamiento y la permanencia de matrícula del menor en los círculos infantiles, constituye un requisito indispensable que la madre sea estudiante o trabajadora, independientemente del sector de la economía donde labore y de su lugar de residencia; además pueden ser beneficiados los padres o tutores que cumplan igual condición, siempre que ejerzan la guarda y cuidado del menor.

Para ello la madre, padre o tutor que cumplan igual condición deben presentar:

  1. Planilla de solicitud de matrícula en círculo infantil. Debe estar firmada y acuñada por el personal autorizado a controlar la actividad laboral en el organismo o entidad si es trabajador del sector estatal o, por la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social, en el caso del sector no estatal, o por el Director o Decano de la Facultad en el caso de las madres estudiantes.
  2. Carné de identidad de la madre, padre o tutor.
  3. Tarjeta del menor.
  4. Carta que avale la situación laboral del solicitante con la firma del responsable que está autorizado a registrar y controlar la actividad laboral en las entidades u organismos, tanto en el sector estatal como en el no estatal. Debe estar acuñada.
  5. Si la madre está amparada por la Seguridad Social, la documentación debe estar avalada en la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social .

Costos

$40.00 pesos cubanos por la matrícula y cuota mensual en Círculos Infantiles (con las bonificaciones aprobadas a las madres a partir del segundo hijo).


Dónde presentar el trámite

Presencial en la Dirección Municipal de Educación del lugar de residencia del interesado.

Todas las solicitudes se asientan, con tinta, en el Registro de Solicitudes y Otorgamiento de Matrículas a Círculos Infantiles, de la Dirección Municipal de Educación.


Horarios de atención

De lunes a viernes: de 8:00 am a 4:00 pm.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Cuál es la vigencia de la solicitud para matricular a un menor en un círculo infantil?

La carta de solicitud de círculos infantiles tiene un período de validez de un (1) año. Transcurrido este período y no concedido el ingreso, el interesado debe presentar nuevamente la solicitud en la propia Dirección Municipal de Educación donde previamente inició el trámite.

2.- ¿Qué factores se tienen en consideración para el otorgamiento de círculos infantiles a los interesados?

De acuerdo con las capacidades disponibles se prioriza a:

  • Madres con dos (2) hijos o más.
  • Madres que van a tener su segundo hijo.
  • Madres que cuidan adultos mayores o personas con discapacidad.
  • Madres que presenten determinados problemas sociales. En estos casos los trámites para el otorgamiento de matrículas los realiza el funcionario designado por la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social en coordinación con la metodóloga municipal de Educación.

Y siempre que existan capacidades se tendrán en consideración a:

  • Madres sordas que no trabajen, con hijos oyentes, teniendo en cuenta las posibilidades que brinda la institución para la comunicación. En estos casos las solicitudes de matrícula son acreditadas por la Asociación Nacional de Sordos.
  • Madres con discapacidad que no trabajen son evaluadas casuísticamente dentro de las prioridades y se consulta el parecer de las asociaciones de personas con discapacidad.

Además, de forma excepcional, se otorgan matrículas en los círculos infantiles de zonas rurales:

  • A los hijos de madres que no tienen vínculo laboral, donde existan capacidades que no se utilizan por falta de demanda y donde no existan solicitudes de madres trabajadoras.

3.- ¿Cómo recibe la notificación la madre, padre o tutor a quien le fue asignada la matrícula en el círculo infantil?

Cuando concluya el otorgamiento de matrícula, se expone en un lugar visible de la Dirección Municipal de Educación, la relación de asignaciones con los datos siguientes: nombre del círculo infantil, nombre y apellidos del niño, año de vida, así como el nombre de la madre, padre o tutor.

Las boletas de otorgamiento se envían al círculo infantil correspondiente para que el director notifique a la madre, padre o tutor.

4.- Una vez otorgada la matrícula, ¿en qué tiempo debe presentarse el beneficiado con el menor en el círculo infantil asignado?

Cuando el director del círculo infantil que corresponda haya notificado a la madre, padre o tutor, el otorgamiento de matrícula de su hijo en el círculo infantil, este deberá presentarse con el menor en el centro dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que se le informó. De no presentarse, pierde el derecho.

La matrícula solo se hace efectiva en el círculo infantil asignado por la Comisión de Otorgamiento Municipal.

5.- ¿Qué otros requisitos se deben cumplir una vez que la matrícula del menor ha sido otorgada?

Para hacer efectiva la matrícula en el círculo infantil asignado, los beneficiados deben presentarse en la institución con los siguientes documentos:

  • Carné de Identidad de la madre, padre o tutor del menor.
  • Tarjeta del menor a matricular.
  • Historia clínica que acredita que la niña o el niño goza de buena salud y que está apto para incorporarse al círculo.
  • Dos (2) fotos tipo carné del menor .
  • Una foto tipo carné de la madre, padre o tutor.
  • Carta del centro de trabajo o de la entidad que autoriza el empleo y que acredita la situación laboral del beneficiario.

6.- ¿Qué organismos conforman la Comisión de Otorgamiento para la matrícula de un menor en el círculo infantil?

En todos los municipios donde exista círculo infantil funciona una Comisión de Otorgamiento, que preside de manera indelegable el Director Municipal de Educación, y la integran como miembros permanentes el jefe de Primera Infancia, el metodólogo encargado del otorgamiento y funcionarios designados de la Federación de Mujeres Cubanas, la Central de Trabajadores de Cuba y la Dirección de Trabajo y Seguridad Social.

En el caso de comunidades rurales, se invita a participar a una representación de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP).

A nivel provincial se crea una comisión presidida por el Director Provincial de Educación, con igual composición, que tiene carácter consultivo.

7.- ¿Cuáles razones son causa de revocación de la matrícula de círculo infantil?

En los casos en que la madre, padre o tutor beneficiario deje de ser trabajador se procede, por la dirección del círculo infantil donde se encuentre matriculado el menor, a revocar inmediatamente la matrícula, lo que se informa verbalmente a la madre, padre o tutor.

8.- ¿Cómo la dirección del círculo infantil verifica el estatus laboral de la madre, padre o tutor del menor matriculado?

  1. Las direcciones de los círculos infantiles entregan trimestralmente a las madres, padres o tutores del menor matriculado en la institución, la planilla “Control de actualización”, a fin de que consignen su situación laboral mediante aval firmado por los funcionarios autorizados de las entidades u organismos, tanto en el sector estatal como en el no estatal.
  2. La supervisora de matrícula y chequera del círculo infantil realiza la verificación en el centro de trabajo y comprueba si la madre, padre o tutor se encuentra laborando en el organismo o entidad (estatal o no) que informó en el aval.

9.- ¿Cuáles son las edades que se admiten para matrículas en círculos infantiles en Cuba?

Existen varios grupos, que se estructuran de la siguiente manera:

  • Parvulitos: de 12-14 meses a 2 y medio años (que sepan caminar).
  • Párvulos: de 2 y medio años a 4 años.
  • Preescolares: 4 y 5 años.

10.- ¿En qué mes o meses se hacen los otorgamientos para matrícula de círculos infantiles?

El proceso de otorgamiento de matrícula se realiza en los meses de mayo-junio, atendiendo al tránsito de los niños hacia otros años de vida y a la escuela primaria.

El otorgamiento de matrícula a los niños de segundo año de vida se realiza todos los meses, para los nacidos en el mes en curso o que hayan cumplido once (11) meses de edad y que caminen; excepcionalmente puede asignarse a los nacidos en meses anteriores.

11.- ¿Cómo se establece el pago de la cuota para los círculos infantiles?

La cuota de pago para los círculos infantiles se realiza de acuerdo con lo regulado por el Ministerio de Finanzas y Precios y para establecer el pago:

  • La madre, padre o tutor reconocido que trabaja en el sector estatal presenta el documento “Datos generales y económicos del beneficiario”, en el que se tiene en cuenta solo el salario de la madre, padre o tutor.
  • La madre, padre o tutor perteneciente al sector no estatal, presenta la certificación de los ingresos que devenga (documento oficial), si la tiene; de lo contrario, el pago se establece según la tarifa máxima.
  • Las estudiantes presentan el documento “Datos generales y económicos del beneficiario”, elaborado por el padre del niño, madre o padre de la estudiante, o cualquier otro familiar que respalde el pago de la cuota, con el fin de aplicar la tarifa establecida.

12.- ¿Cuáles son las bonificaciones reguladas para las madres de menores matriculados en el círculo infantil?

Las bonificaciones en el pago de la cuota mensual, que están reguladas para las madres con menores en círculos infantiles, son como se describe a continuación:

  1. Para las madres con 2 niños se reduce en un 50% la tarifa vigente para los dos.
  2. Para las madres con más de 2 niños se reduce en un 50% la tarifa vigente para los dos (2) primeros y se elimina el pago por estos servicios a partir del tercero.
  3. Para las madres con partos múltiples de más de 2 niños se establece la exoneración del pago

13.- ¿Cómo es el procedimiento para el registro y otorgamiento de matrículas en los círculos infantiles en Cuba?

Una vez presentada la solicitud de matrícula, el funcionario que la recepciona asienta los datos en el “Registro de solicitudes y otorgamiento de matrículas a círculos infantiles” y anota en la planilla la fecha y el número de entrada del documento.

El solicitante recibe una constancia de recepción de la solicitud, con un número, no equivalente a un escalafón sino al orden de recepción de la solicitud. Asimismo se le informa sobre los períodos de otorgamiento y las vías establecidas para la divulgación de los resultados.

14.- ¿Cuáles son las obligaciones de las madres que no sean trabajadoras una vez que se les ha otorgado el círculo infantil para su hijo?

Las madres que no sean trabajadoras a cuyos hijos se les haya otorgado matrícula en el círculo infantil, deberán incorporarse al trabajo en el plazo de tres (3) meses; de no hacerlo, perderán el derecho a mantener la matrícula.

15.- Las madres de hijos con necesidades educativas especiales, ¿pueden optar por la matrícula de estos en los círculos infantiles?

Sí. En estos casos a los hijos que presenten necesidades educativas especiales se les otorgará matrícula siempre que las características de estos garanticen su seguridad y la de los demás niños que asisten al círculo infantil.

Para el otorgamiento del círculo infantil a hijos con necesidades educativas especiales, se tendrá en consideración el aval emitido por el Centro de Diagnóstico y Orientación correspondiente y la certificación del médico.

Cuando se requiera y sea posible, se ubicará un personal especializado de apoyo para la atención de niños que presenten necesidades educativas especiales matriculados en círculos infantiles.

16.- ¿Cuál es el tratamiento para las personas o tutores a cargo de un hijo de madre en condición de privación de libertad?

Las madres en condición de privación de libertad mantienen el derecho a la matrícula si la persona a cargo del hijo se encuentra limitada para trabajar. En caso de que la persona no tenga limitaciones y no esté incorporada al trabajo, deberá incorporarse al trabajo en el plazo de tres (3) meses; de no hacerlo, perderá el derecho a mantener la matrícula.

17.- ¿Es obligatorio que los menores caminen al ingresar al círculo infantil?

Sí. Los menores al ingresar al círculo infantil deben saber caminar.

Si al momento de realizar la matrícula se comprueba que el menor no logra la marcha independiente, se retira la matrícula y la madre quedará a la espera de otro otorgamiento, siempre y cuando se cumpla que el menor camine.

18.- ¿Es obligatorio presentar la historia clínica del menor para matricular al círculo infantil?

Sí. Es obligatoria la presentación de la Historia Clínica del menor en la que se acredite que la niña o el niño goza de buena salud y que está apto para incorporarse al círculo infantil.

Para ello la madre, padre o tutor deberán realizarle el chequeo médico normado por el Reglamento de Salud de los círculos infantiles.

El plazo para la realización del chequeo médico es de diez (10) días hábiles. Una vez obtenido, deben presentarlo en el círculo infantil correspondiente.

19.- Si una madre, padre o tutor cambia de centro de trabajo o estudios antes de la matrícula del menor al círculo infantil, ¿cómo se procede?

Cuando a una madre, padre o tutor le es otorgarda la matrícula al circulo infantil, deberá presentar una carta del centro de trabajo, de estudio, o de la entidad donde conste su situación en ese momento.

Si el centro de trabajo o estudios no coincide con el que está registrado en la planilla de solicitud, la madre, padre o tutor deberán presentarse en el Municipio de Educación para actualizar su documentación.

Además, trimestralmente las direcciones de los círculos infantiles entregan a las madres, padres o tutores de los niños matriculados, la planilla “Control de Actualización”, a fin de que consignen su situación laboral o estudiantil.

Las planillas se firman por el personal autorizado a controlar la actividad laboral en su organismo o entidad si es trabajador del sector estatal, o del centro de estudios, o por la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social en los casos del sector no estatal o con situaciones sociales.

20.- ¿Qué derechos tienen los hijos matriculados en el círculo infantil a mantener la matrícula cuando la madre, padre o tutor haya emigrado de Cuba?

En el caso que la madre, padre o tutor viajen al exterior y por decisión personal no regresen al país, se determinará por la Comisión de Otorgamiento Municipal si se mantendrá el derecho a la matrícula o no del menor, en dependencia de la situación en que haya quedado el niño, la demanda existente en el territorio y el desempeño laboral activo de la persona que mantendrá la guarda y el cuidado.

21.- ¿Cómo se procede con las matrículas de hijos en el caso de las trabajadoras que queden disponibles del centro laboral?

En el caso de las trabajadoras que queden disponibles de su centro laboral, mantienen su derecho al círculo infantil por un plazo de hasta seis (6) meses, presentando a la dirección del círculo infantil la notificación recibida de su centro laboral.

El pago del primer mes se hará por la cuantía en que lo venían realizando, independientemente de que no reciban salario alguno.

A partir del segundo mes y hasta el sexto, abonarán el cincuenta (50 %) por ciento de la cuota.

Si se vence el plazo de seis (6) meses y no se incorporan al trabajo, perderán el derecho a la matrícula.

22.- ¿Cuál es el horario de funcionamiento de los círculos infantiles en Cuba?

Los círculos infantiles funcionan desde las 6:00 am hasta las 7:00 pm.

23. – De no estar de acuerdo con el proceso de otorgamiento realizado para la matrícula en círculos infantiles, ¿dónde se podrá reclamar?

Las reclamaciones sobre el proceso de otorgamiento se presentan ante las comisiones de otorgamiento municipal y provincial, según corresponda, y para su análisis las comisiones tienen un plazo de treinta (30) días hábiles.

En caso de inconformidad con las conclusiones ofrecidas por la comisión correspondiente, los interesados pueden presentar reclamación a la Dirección de Educación Primera Infancia o a la Oficina de Atención a la Población del Ministerio de Educación.

24.- ¿En caso de dudas u otra consulta a dónde debo dirigirme?

Podrán escribir a atencion.poblacion@ y/o poblacion@.

La consulta o duda puede tardar en ser respondida hasta 30 días. Este término pudiese ampliarse por razones de complejidad de la consulta realizada.


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Fundamento Legal


Referencia

Ministerio de Educación

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4 comentarios en «Matrícula en círculo infantil»

  1. Necesito el documento oficial para entregar la solicitud del circulo infantil de mi nieta, yo trabajo en salud y la mam en Cubatur, saludos

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