Cremación de cadáver o restos óseos

Actualizado el: 4 septiembre, 2022 por Cubatramite

El servicio de cremación de cadáver o restos óseos se ofrece al ciudadano cubano que en vida lo exprese mediante documento escrito y firmado por dos testigos.

En ausencia de un documento escrito, se solicita este servicio por decisión de los familiares o allegados al fallecido.                                           

Para que se cumpla con la cremación se hace necesaria la actuación médico-legal en los cuerpos de los fallecidos, con la práctica de la necropsia en aquellos casos en que esta no haya sido realizada y un perito lo considere oportuno, para la expedición de la boleta de autorización de cremación por la guardia de medicina legal.


Paso 1: Solicitud para cremación de cadáver o restos óseos

El servicio de cremación de un cuerpo debe solicitarse por los familiares, en la funeraria que le corresponda o se le asigne según el municipio donde haya ocurrido el fallecimiento; institución que tiene, entre otras funciones, la de tramitar la solicitud de cremación del cuerpo al Instituto de Medicina Legal y a las instancias correspondientes.

Los familiares del fallecido podrán elegir estar presentes en el crematorio para recoger las cenizas o pueden solicitar que se les haga entrega de estas en la funeraria.

La cremación de restos óseos debe solicitarse por los familiares directamente en el cementerio donde se inhumó el cadáver.


Requisitos

Para la cremación de cadáver, el familiar debe presentarse en la funeraria con:

  1. Certificado médico de defunción. Debe ser legible, sin tachaduras, con los nombres completos y escrito con tinta negra o azul.
  2. Carné de identidad del fallecido.

Para la cremación de restos óseos, el familiar debe solicitarlo donde se inhumó el cadáver.


Costos

  • Por el servicio de incineración de cadáveres y restos, que incluye recipiente para guardar las cenizas: se debe abonar $340 pesos cubanos.
  • Por el servicio de incineración de restos óseos exhumados, que incluye ánfora para guardar las cenizas: se debe abonar $115 pesos cubanos.

Este pago se realiza de manera anticipada en la funeraria o en el cementerio.


Dónde presentar el trámite

En la funeraria que corresponda o se asigne, según el municipio donde ha ocurrido el fallecimiento.

Una vez cumplidos los requisitos, la funeraria queda responsabilizada con el traslado del cadáver al crematorio.

Para la cremación de los restos óseos los familiares deben realizar la solicitud directamente en el cementerio donde se exhumaron dichos restos.


Horarios de atención

Las funerarias prestan servicios a la población las 24 horas.

Las oficinas en los cementerios prestan servicios de lunes a viernes en el horario comprendido de 7:00 am a 11:00 am y de 1:00 pm a 5:00 pm.


Tiempos de resolución

El trámite de cremación de cadáver se realiza antes de que se cumplan las 24 horas del fallecimiento de la persona.


Paso 2: Incineración de cadáver o restos óseos

En este proceso, los familiares, en caso de asistir personalmente al crematorio, presentan la documentación; de lo contrario, será el personal asignado por la funeraria quien lo presentará.


Requisitos

Para la cremación de un cadáver se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Presentar la solicitud de cremación.
  2. Haberse realizado el reconocimiento o la necropsia correspondiente.
  3. Entrega de la licencia correspondiente para proceder a la cremación de cadáveres, expedida por las oficinas del Registro Civil.
  4. Solicitud de cremación de la funeraria a medicina legal.
  5. Autorización de medicina legal.

Costos

El costo es el que se paga con anterioridad en la funeraria o el cementerio. (Ver Paso 1).


Dónde presentar el trámite

En el Crematorio.


Horarios de atención

Las 24 horas.


Tiempos de resolución

El proceso de cremación puede durar de dos (2) a tres (3) horas.

El tiempo promedio desde que se solicita el servicio de cremación de un cadáver, hasta su ejecución, es de doce (12) horas.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿En qué consiste el proceso de cremación de un cadáver?

El proceso de cremación de un cuerpo se lleva a cabo en un horno que trabaja a altas temperaturas (aproximadamente a unos 900 ºC) para lograr la desintegración total. Posteriormente, los restos que quedan son procesados en otro equipo (cremulador) que los reduce a cenizas.

Antes de iniciar el proceso de cremación, se revisa el cadáver para asegurarse de que no contenga ningún tipo de joyas. De poseerlas, estas mismas son entregadas a sus familiares.

2.- ¿Cómo se puede tener la certeza de que el cadáver que se cremará es el familiar fallecido?

Los familiares que asisten al crematorio tienen la opción de que se les muestre el cuerpo del fallecido a través de un cristal, justo antes de entrar al incinerador.

3.- ¿Qué tiempo debe permanecer en la funeraria el cuerpo del fallecido, antes de ser llevado al crematorio?

Se exige que el cuerpo del fallecido permanezca en la funeraria como mínimo seis (6) horas.

4.- ¿Los familiares pueden elegir un ánfora distinta a la que se incluye en el precio por el servicio?

Si. Los familiares que deseen un ánfora con mejor calidad para depositar las cenizas, tienen la opción de adquirirla en la instalación del crematorio, según el precio establecido por la dirección de Finanzas y Precios.

5.- ¿Qué entidad se encarga de los restos, incineración y cenizas de extranjeros en Cuba?

La funeraria ubicada en Calzada y K, Vedado, Municipio Plaza de la Revolución, La Habana, es la encargada del traslado de restos y cenizas de extranjeros fallecidos en Cuba o de cubanos fallecidos que se desee trasladar al extranjero, según dispone el Artículo 83 de las Normas Técnicas de los Cementerios en Cuba.

“Cuando se trate de cenizas o restos que serán transportados al extranjero, la urna o caja metálica será colocada dentro de una caja de madera atornillada u otro”, queda dispuesto en el Artículo 87.


Fundamento Legal

  • Resolución 128 de 1992 de Ministerio de Salud Pública y de Ministerio de Economía y Planificación.
  • Resolución 325 de 2011 de Ministerio de Finanzas y Precios. Establece las tarifas por el servicio de traslado de fallecidos a todas las provincias, incluido el municipio especial Isla de la Juventud, por vía terrestre, aérea, o marítima. (Gaceta Oficial No. 33 Ordinaria de 2011).
  • Resolución 346 de 2020 de Ministerio de Finanzas y Precios. Aprueba los precios y tarifas minoristas en pesos cubanos (CUP) de productos y servicios. (Gaceta Oficial No. 71 Extraordinaria de 2020).
  • Normas Técnicas Cementerios en Cuba.
Este es un sitio no oficial cuyo objetivo es estrictamente informativo y de orientación, para que los usuarios tengan una pauta sobre los trámites que podrán realizar en y desde Cuba o en el exterior. La información proporcionada en este sitio web no constituye una asesoría legal, por lo que si necesitas realizar cualquier tipo de trámite o necesitas más ayuda de la que podemos facilitarte aquí, se te recomienda informarte adecuadamente en las entidades o instituciones oficiales que prestan estos servicios.
La información ha sido recopilada desde sitios oficiales, impresos u otros medios y es actualizada cuando se conoce que el trámite ha sido modificado. Si identificas que hay algún error, omisión, o deseas sugerirnos algún trámite que no haya sido publicado, agradecemos tu contribución, escribiéndonos a: @cubatramite.com (este correo no se encuentra habilitado para responder consultas).
Suponemos que estás de acuerdo en que si copias este texto elaborado a partir de una intensa búsqueda e investigación, harás mención que la fuente de donde lo has tomado es: Cubatramite.com, el cual se encuentra bajo una licencia de Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional de Creative Commons.

Si quieres recibir en tiempo real los trámites que se publiquen o sean actualizados, suscríbete a nuestro canal de Telegram Cubatrámite, o síguenos en Twitter @TrámitesenCuba, o en Facebook @Cubatrámite.


10 comentarios en «Cremación de cadáver o restos óseos»

  1. La cremación de cadáveres exhumados se hace en todas las provincias?
    Porq me comunique con el crematorio de Santa clara,provincia en la q resido,ye dijeron q aquí no se ha hecho no de hace.
    Es este caso,puedo hacer un traslado a otra provincia donde si lo hagan.gracias espero su respuesta lo más rápido posible

    • Hola Yaima,

      Para la cremación de restos óseos, la solicitud la debes realizar directamente en el cementerio donde se inhumó el cadáver, y no a título personal en el crematorio.

      Saludos

  2. Un cubano que reside en los EEUU y viaja a Cuba de visita y muere en Cuba. Donde se solicita la cremación del cadáver y en que crematorio se realiza la la incineración. Gracias.

    • Hola Ismael,

      La funeraria ubicada en Calzada y K, Vedado, La Habana es la que se ocupa del traslado de restos y cenizas de extranjeros fallecidos en territorio nacional o de cubanos que se deseen enviar al extranjero, según dispone Artículo 83 de las Normas Técnicas de los Cementerios en Cuba.

      “Cuando se trate de cenizas o restos que serán transportados al extranjero, la urna o caja metálica será colocada dentro de una caja de madera atornillada u otro”, queda dispuesto en el Artículo 87.

      Saludos

    • Muchas gracias por su respuesta.
      Entonces para obtener el acta de defunción de un cubano que reside en EEUU y que murió en Cuba en un viaje de visita. ¿Hay algún registro civil especifico donde se pueda obtener el acta de defunción?
      Muchas gracias
      Un saludo,
      Ismael

    • Hola Ismael,

      Todas las defunciones deben ser inscritas en el Registro del Estado Civil correspondiente al país y lugar donde ocurra la defunción, antes de las 24 horas de ocurrido el fallecimiento de la persona, sea ésta: nacional, residente en el exterior o extranjero.

      Sin embargo, cuando se trate de inscripciones de defunción de extranjeros, una vez que se obtenga el certificado de defunción, las mismas deberán ser inscritas en los registros consulares, por sus familiares o cualquier persona que tenga conocimiento del fallecimiento del ciudadano extranjero.

      En Cuba las Funerarias son las encargadas de tramitar la inscripción de los fallecidos en el Registro Civil, antes de transcurrir las veinticuatro (24) horas posteriores al fallecimiento.

      Para solicitar el certificado de defunción podrías remitirte a cualquier Registro Civil o donde obre la inscripción. Te recomendamos dirigirte al Registro Civil Único de La Habana.

      No obstante, tienes la opción de solicitar el certificado de defunción online desde el sitio web del MINJUS. Esta opción está habilitada para los residentes de las provincias: Pinar del Río, Mayabeque, Villa Clara, Ciego de Ávila, Camagüey, Las Tunas, Holguín y Guantánamo. Las solicitudes pueden ser para su uso dentro del territorio nacional, como su uso en el exterior.

      Saludos

  3. Hola mi papá falleció recientemente y fue enterrado en el cementerio de Bayamo, Granma. Su última voluntad era que lo cremaran pero en Granma no hay crematorios y por la situación de la pandemia tampoco pudo ser trasladado a Holguín que según entiendo si existe crematorio.
    Tengo tres preguntas:
    Primera
    ¿Es posible cremar sus restos después de la exhumación mediante un traslado a otra provincia?
    Segunda
    De ser posible mi duda anterior ¿ Es obligatorio esperar los 2 años para poderle practicar la cremación a sus restos?
    Tercera
    ¿Con que tiempo de antelación es necesario solicitar este trámite previo a la exhumación?

    • Hola Mario Damián,

      Para la cremación del cuerpo de un fallecido, debe solicitarse por los familiares, en la funeraria donde es atendido, una vez que se ha emitido el certificado médico de defunción. La solicitud de traslado para otro municipio o provincia también debe ser solicitada en la funeraria.

      En el caso de la cremación de restos óseos deben solicitarse directamente en el cementerio donde se inhumó el cadáver. Y solo es posible cuando se cumpla el tiempo para la exhumación y el familiar es avisado. Los cementerios cuentan con un crematorio para restos óseos.

      Saludos

  4. Deseo saber los pasos a seguir desde el inicio en mi localidad en San José de las Lajas para cremar los restos óseos de un familiar y trasladarlo a los Estados Unidos. Ya conozco q la funeraria de Calzada y K se encarga de esto, pero me preocupan los pasos intermedios o hay q ir directo a esa entidad, y además los pormenores con salud pública, minrex y línea aérea, así como si alguien puede llevarlos en su equipaje de viajero. Muchas gracias por anticipado.

    • Hola Primitivo,

      El servicio de cremación debes solicitarlo como familiar en la funeraria que les corresponda para el velatorio. Sería la funeraria quien trámite el Instituto de Medicina Legal el servicio de cremación.

      Sin embargo, si tu intención es trasladar las cenizas al extranjero, debes comunicarte con la funeraria de Calzada y K, que es la encargada de estos trámites, para que te expliquen el procedimiento una vez que ya cuentas con las cenizas o si todo el proceso se realiza desde la propia entidad y el cadáver será enviado a esta instalación por la funeraria que te hayan asignado.

      Te recomendamos comunicarte con la funeraria de Calzada y K al teléfono: 78320561

      Saludos

Los comentarios están cerrados.