Constitución de núcleos y adquisición de libreta de abastecimiento de forma excepcional

Actualizado el: 14 octubre, 2022 por Cubatramite

La constitución de núcleos de forma excepcional para la adquisición de la canasta familiar normada, aprobada en la Resolución 96 del 2021 por la titular del Ministerio de Comercio Interior, ha sido necesaria en función de la disminución máxima de los trámites que impliquen movilidad, debido a la situación higiénico-sanitaria existente en Cuba como consecuencia de la pandemia de COVID-19, que ha limitado el traslado de las personas e imposibilitado a muchos consumidores de adquirir en sus lugares de origen los productos de la canasta familiar normada.

Esta disposición autoriza de manera excepcional a los consumidores que se encuentran en alguno de siguientes supuestos:

  1. No mantienen dirección actualizada en la provincia o municipio donde residen, y reciben la canasta familiar normada por el lugar de origen.
  2. No cuentan con el certificado de habitable de la vivienda donde residen. (Se encuentran en trámites de legalidad de la vivienda donde residen).
  3. Nunca antes han sido censados o repatriados.

Requisitos

Para la constitución de núcleos de forma excepcional de quienes no mantienen su dirección actualizada en la provincia donde viven o no cuentan con el certificado de habitable de la vivienda donde residen

  1. Completar la solicitud de núcleo excepcional (modelo de solicitud de la libreta de abastecimiento excepcional) con la siguiente información:
    • Nombre(s) y apellidos del solicitante, tal como aparecen en el carné de identidad.
    • Dirección del lugar de origen, número de la oficina de origen, bodega y núcleo donde están censados y consignados en la libreta de abastecimiento.
    • Nombre(s) y apellidos de otras personas a incluir y que conformarán el núcleo (si corresponde), según aparecen consignados en sus carné de identidad o tarjetas de menor.
    • Dirección del lugar de residencia actual.
  2. Presentar impreso el modelo M-6 (Movimiento de consumidores Baja-Alta), de baja de la oficina de origen.

Para la constitución de núcleos de forma excepcional de las personas que nunca antes han sido censadas o son repatriadas

  1. Completar la Declaración Personal de Consumidor no Censado, con la siguiente información:
    • Nombre(s) y apellidos del solicitante.
    • Número de carné de identidad.
    • Nombre(s) y apellidos de las personas que conforman el núcleo.
    • Dirección del lugar de residencia actual.

Costos

No aparece descrito.


Dónde presentar el trámite

En la Oficina del Registro de Consumidores Oficoda, que le corresponda.


Horarios de atención

  • Lunes, martes y jueves: de 8:00 am a 4:00 pm.
  • Miércoles y viernes: de 8:00 am a 7:00 pm.
  • Sábados no laborables: de 8:00 a 12:00 m.

Tiempos de resolución

Para la constitución de núcleos de forma excepcional de quienes no mantienen su dirección actualizada en la provincia donde viven o no cuentan con el certificado de habitable de la vivienda donde residen

Se emite la libreta de abastecimiento excepcional de inmediato, una vez que se ha presentado la solicitud y aportado los datos y documentación exigidos.

Para la constitución de núcleos de forma excepcional de las personas que nunca antes han sido censadas o son repatriadas

Se realiza un proceso de verificación que tiene un tiempo máximo de resolución de 5 días, para la emisión de la libreta excepcional de abastecimiento, de cumplirse los requisitos.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿Dónde se tramita el modelo de movimiento de consumidores de Alta-Baja M-6?

El modelo M-6 (Movimiento de consumidores Baja-Alta) puede tramitarse de las siguientes formas:

  • A solicitud, por la persona interesada, en la oficina de origen.
  • A solicitud de otra persona (familiar que forma parte del núcleo en la provincia de origen) mayor de 18 años.
  • A través de la Oficina de Registro de Consumidores ORC donde se está solicitando el trámite. (Esto es posible exclusivamente en las ORC informatizadas).

Este modelo puede ser enviado por vía digital a la oficina receptora o presentado en copia dura. De realizarse el trámite por la oficina receptora (donde se está realizando el trámite), el término no puede exceder los cinco (5) días hábiles.

2.- ¿El núcleo constituido de manera excepcional recibirá una libreta de abastecimiento?

Sí. La Oficina de Registro de Consumidores, una vez que los interesados hayan cumplido los requisitos establecidos para cada caso y les constituya un núcleo de manera excepcional, les otorgará vales pilotos para la adquisición de todos los productos de la canasta familiar normada, que incluye cárnicos, huevos, leche, aseo e higiene; y una libreta de abastecimiento excepcional, que tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, ambos marcados con la palabra COVID. Vencido este término, la libreta de abastecimiento quedará sin efectos.

3.- ¿A partir de que día se podrán adquirir los productos normados una vez adquirida la libreta de abastecimiento excepcional?

Los consumidores que han adquirido la libreta de abastecimiento excepcional podrán:

  • A las setenta y dos (72) horas posteriores a la emisión de la libreta, adquirir el pan normado por consumidor.
  • En el primer mes los productos se adquieren en la bodega piloto, excepto los cárnicos, huevos y leche, según corresponda, que se adquieren en el establecimiento minorista vinculado.
  • A partir del segundo mes, todos los productos se compran en la unidad minorista donde fue censado el consumidor.

4.- Al constituir un núcleo de manera excepcional, ¿se puede adquirir combustible para cocinar?

No. La libreta de abastecimiento excepcional no da derecho a adquirir los combustibles domésticos.

5.- Si resido en una misma provincia pero en distinto municipio, ¿se me permite realizar la constitución del núcleo de manera excepcional?

La constitución de núcleos de manera excepcional está aprobada para personas que no mantienen su dirección actualizada, ni cuentan con el certificado de habitable de la vivienda en la provincia o el municipio donde residen; excepto los que residen en La Habana, donde no se realizan los trámites intermunicipales, considerando que no existe restricción de movilidad intermunicipal como parte de la situación epidemiológica.

6.- ¿Cómo realizar el trámite de baja si la Oficoda de origen que me corresponde no está informatizada?

Considerando que no todas las Oficodas están informatizadas, ni cuentan con los recursos para recibir los documentos de manera digital, en estos casos lo que se recomienda es que una de las personas (mayor de 18 años) que forma parte del núcleo familiar, tramite en la provincia o municipio de origen la baja de su familiar y la envíe de manera digital a la persona que necesita darse alta en la provincia o municipio donde actualmente reside y donde desea causar alta excepcional.

El modelo M-6 (Movimiento de consumidores Baja-Alta) se debe presentar de forma impresa a la Oficina de Registro de Consumidores donde el consumidor va a causar alta.

7.- ¿Qué hacer si la información brindada por el Ministerio de Comercio Interior no coincide con la que me ofrecen en la Oficoda de mi localidad?

En ese caso, las trabajadoras de las Oficina del Registro de Consumidores deben comunicarse con la Oficina de Registro de Consumidores del Ministerio a través del teléfono 78690009 / 78683549 o a través del correo electrónico: zahidy.alvarez@mincin.gob.cu, para esclarecer el tema.

8.- ¿Al obtener la libreta de abastecimiento excepcional tendré derecho legal sobre la vivienda donde resido?

No. La libreta de abastecimiento no constituye un documento que avale la condición de legalidad o propiedad de la vivienda. La libreta de abastecimiento es solo un documento para adquirir productos normados.

Por tanto, quienes adquieran la libreta de abastecimiento excepcional, por encontrarse temporalmente viviendo alquilados o residiendo temporalmente, o sin poseer un certificado de habitable en una vivienda, tampoco obtendrían derecho de convivencia o legalidad sobre esta vivienda.

Asimismo, no permite un cambio de dirección.

La libreta de abastecimiento excepcional tendrá la dirección de la Oficina del Registro de Consumidores, y no la de la vivienda donde reside el solicitante.

9.- ¿Desde cuando existe la opción de obtener una libreta de abastecimiento excepcional?

En Cuba ha existido desde que se constituyó la libreta de abastecimiento, la libreta excepcional para casos de niños, embarazadas y personas mayores de 65 años que no poseían legalidad en el domicilio donde residían. Sin embargo la actual Resolución 96 de 2021 amplia, desde el 19 de julio del presente año, este grupo poblacional a consumidores que están impedidos de movilidad por las restricciones provocadas por la pandemia de la Covid-19, para personas que no mantienen su dirección actualizada, ni cuentan con el certificado de habitable de la vivienda en la provincia o el municipio donde residen actualmente.


Fundamento Legal

  • Resolución 96 del 2021 de Ministerio de Comercio Interior. Autoriza la constitución de un núcleo para los consumidores que se encuentren en determinados casos, a los efectos de otorgar una libreta de abastecimiento con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. (Gaceta Oficial No. 61 Extraordinaria de 2021).

Referencia

Mincin

Este es un sitio no oficial cuyo objetivo es estrictamente informativo y de orientación, para que los usuarios tengan una pauta sobre los trámites que podrán realizar en y desde Cuba o en el exterior. La información proporcionada en este sitio web no constituye una asesoría legal, por lo que si necesitas realizar cualquier tipo de trámite o necesitas más ayuda de la que podemos facilitarte aquí, se te recomienda informarte adecuadamente en las entidades o instituciones oficiales que prestan estos servicios.
La información ha sido recopilada desde sitios oficiales, impresos u otros medios y es actualizada cuando se conoce que el trámite ha sido modificado. Si identificas que hay algún error, omisión, o deseas sugerirnos algún trámite que no haya sido publicado, agradecemos tu contribución, escribiéndonos a: @cubatramite.com (este correo no se encuentra habilitado para responder consultas).
Suponemos que estás de acuerdo en que si copias este texto elaborado a partir de una intensa búsqueda e investigación, harás mención que la fuente de donde lo has tomado es: Cubatramite.com, el cual se encuentra bajo una licencia de Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional de Creative Commons.

Si quieres recibir en tiempo real los trámites que se publiquen o sean actualizados, suscríbete a nuestro canal de Telegram Cubatrámite, o síguenos en Twitter @TrámitesenCuba, o en Facebook @Cubatrámite.


5 comentarios en «Constitución de núcleos y adquisición de libreta de abastecimiento de forma excepcional»

  1. heandado denuncia,quejas,llame a números de teléfonos,mande correo a zahidy,la k debemos decirle k no concuerda la oficoda con la palabra d ministra,pues no he visto resultado ni respuesta,cuando será????
    estoy en el segundo aspecto de los 3,fui con los documentos donde dice k llevo rato en proceso de desglose y ahora esta parado,y la administradora de la oficoda de la villa Panamericana me dijo k nones así como dice la ministra en la mesa redonda,que no se puede creer en todo lo que se dice en el televisor,hasta más,grave su conversación conmigo,mañana ya por última opción voy al MINCIN para que alla mismo me digan,porque nada de nada de respuesta,ahora con este módulo por libreta,y teniendo yo 2 menores d edad,mis hijos,más me hace falta,pero además,la ministra nos dio ahora esa opción mejor para nuestros casos.

  2. Soy residente en el municipio La lisa pero poseo en el Carné de Identidad la dirección que poseía anteriormente de una vivienda, que fue vendida en el municipio Marianao.
    Por problemas de la COVID, no se han podido concluir los trámites de legalización de la vivienda de mi hija, única residente en la vivienda, con su respectiva libreta de abastecimiento.
    En estos momentos no me encuentro inscrita en ningún núcleo y tengo la baja en mis manos.
    Pregunto, qué puedo hacer para inscribirme en el núcleo de mi hija???

    • Hola María Regla,

      Debes dirigirte a la Oficina del Registro de Consumidores, que te corresponda, para que te den alta de forma excepcional.

      Saludos

  3. Buenos dias, mi nombre es Dailys, resido en el municipio Centro Habana con direccion en el carnet del mismo municipio, me encuentro en el segundo aspecto de la resolucion (vivienda sin el habitable), estoy censada en el municipio de arroyo naranjo y por tanto no entro en el otorgamiento de la libreta excepcional pues no existe restriccion de movimiento en la capital, cosa que no dice la resolucion.
    en mi caso se me hace muy dificil mes tras mes ir hasta arroyo a buscar los mandados de 5 personas incluyendo un lactante, casi siempre pierdo los productos carnicos pues trabajo y todos los dias no puedo salir temprano para ir a buscarlos y cuando voy el fin de semana ya se vencieron. vivo comprando las cosas a sobre pecio por que tampoco tengo mucho tiempo de hacer cola, cosa que hacia los fines de semana para poder llevar la comida a mi casa.

    Ahora se me pone la situacion mas dificil, pues las tiendas me la ponen por libreta (idea muy Buena) pero me perjudica aun mas pues como no tengo libreta no puedo comprar y si voy a arroyo donde el nucleo es de 10 personas no puedo comprar pues mi direccion es de centro habana. en fin tengo que vivir del mercado negro donde los precios se disparan todos los dias y creanme esta cubana no puede no me alcanza el salario.
    se que como yo habemos unos cuantos. mi pregunta ¿ tendremos solucion? por que ya no se que hacer. adonde me puedo dirigir por favor ya mi situacion es insostenible. gracias

    • Hola Dailys,

      Te recomendamos comunicarte con la Oficina de Registro de Consumidores del Ministerio de Comercio Interior, a través del teléfono 78690009 / 78683549 o a través del correo electrónico: zahidy.alvarez@mincin.gob.cu, para que les comentes tu situación y puedan ofrecerte asesoría sobre tus opciones.

      Saludos

Los comentarios están cerrados.