Conversión de licencia de conducción especial militar a ordinaria

Actualizado el: 26 noviembre, 2022 por Cubatramite

Los poseedores de una licencia de conducción especial militar obtenida durante el cumplimiento del Servicio Militar Activo (SMA), a partir de la fecha de haber causado baja, podrán realizar la conversión de la misma a una licencia de conducción ordinaria.

La conversión de licencia de conducción especial militar a ordinaria se debe tramitar dentro del término de 90 días, siempre que se hayan cumplido las formalidades aprobadas para la desmovilización del SMA.


Requisitos

  1. Documento expedido por el jefe de la unidad militar o de un nivel jerárquico superior, que avale el período de cumplimiento en el Servicio Militar Activo (SMA).
  2. Licencia de conducción especial militar.
  3. Carné de identidad.
  4. Dos (2) fotos de 1 x 1 pulgada.
  5. Sellos del timbre por valor de $30.00 pesos cubanos.

Costos

$30.00 pesos cubanos en sellos del timbre, como impuesto que grava los documentos.


Dónde presentar el trámite

Presencial en: Las oficinas de trámites del Ministerio del Interior.


Horarios de atención

  • Lunes y miércoles: de 8:00 am a 7:00 pm.
  • Martes y viernes: de 8:00 am a 5:00 pm.
  • Jueves y sábado: de 8:00 am a 12:00 m.

Tiempos de resolución

De inmediato.


Más información

Preguntas frecuentes

1.- ¿A quiénes se les expide la licencia de conducción especial militar?

La licencia de conducción especial militar se expide únicamente a los miembros de las instituciones armadas, que se encuentran en el Servicio Militar Activo, a solicitud del jefe de la unidad o jefe de nivel jerárquico superior correspondiente.

2.- ¿A partir de qué edad puede otorgarse la licencia de conducción especial militar?

La licencia de conducción especial militar puede otorgarse a partir de los 17 años y la categoría “A-1”, puede otorgarse a partir de los 16 años de edad.


Fundamento Legal

Ley 109/2010 del Código de Seguridad Vial.


Referencia

Ministerio del Interior de Cuba

Este es un sitio no oficial cuyo objetivo es estrictamente informativo y de orientación, para que los usuarios tengan una pauta sobre los trámites que podrán realizar en y desde Cuba o en el exterior. La información proporcionada en este sitio web no constituye una asesoría legal, por lo que si necesitas realizar cualquier tipo de trámite o necesitas más ayuda de la que podemos facilitarte aquí, se te recomienda informarte adecuadamente en las entidades o instituciones oficiales que prestan estos servicios.
La información ha sido recopilada desde sitios oficiales, impresos u otros medios y es actualizada cuando se conoce que el trámite ha sido modificado. Si identificas que hay algún error, omisión, o deseas sugerirnos algún trámite que no haya sido publicado, agradecemos tu contribución, escribiéndonos a: @cubatramite.com (este correo no se encuentra habilitado para responder consultas).
Suponemos que estás de acuerdo en que si copias este texto elaborado a partir de una intensa búsqueda e investigación, harás mención que la fuente de donde lo has tomado es: Cubatramite.com, el cual se encuentra bajo una licencia de Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional de Creative Commons.

Si quieres recibir en tiempo real los trámites que se publiquen o sean actualizados, suscríbete a nuestro canal de Telegram Cubatrámite, o síguenos en Twitter @TrámitesenCuba, o en Facebook @Cubatrámite.


4 comentarios en «Conversión de licencia de conducción especial militar a ordinaria»

  1. Al terminar mi servicio militar fuy a renovar mi licencia de conducir, el oficial que me recibió y estaba al frente de ese proceso aquel día hace mas de 10 años me retuvo esta diciendo que mi licencia no se podía renovar y que no tenia validez. Ahora tengo un cargo en mi centro de trabajo y necesito de mi licencia.
    En qué pueden ayudarme a solucionar este problema?
    Gracias!!!!

    • Hola Ray,

      Si la licencia que posees fue adquirida durante el servicio militar, y cumples con todos los requisitos a presentar incluido el documento del mando de la unidad militar; sí puedes renovarla a licencia ordinaria, siempre que hagas el trámite dentro del término de 90 días de haberte desmovilizado.

      Saludos

  2. Si yo tengo una licencia de conducir con categoría C y A .y nececito solicitar la categoría B ..? Es necesario pasar la escuela de educación vial ???

    • Hola Yordanis,

      Para la obtención de la categoría C, se requieren 2 años de experiencia como mínimo en la categoría B, pero ya tienes la C, por lo tanto si la que deseas adquirir es la B, no tendrías que pasar el curso de la escuela de educación vial, pero sí deberás pasar el examen teórico y práctico que evalúa el conocimiento que tienes de las reglas del tránsito, habilidad mecánica y la destreza en la conducción del tipo de vehículo que ampara la categoría de licencia de conducción, por la que estás aspirando: Categoría B.

      Te recomendamos leer: Obtención de una nueva categoría de Licencia de Conducción.

      Si tienes alguna otra duda puedes comunicarte al número telefónico 18806.

      Saludos

Los comentarios están cerrados.